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Autor Tema: auto de cuantia  (Leído 859 veces)

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Desconectado okela3

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auto de cuantia
« en: 22 de Enero de 2015, 13:59:40 pm »
¿Podría alguien echarme una mano? La semana que viene tengo un juicio de faltas por un accidente de circulación ocurrido hace año y medio. El problema es que el tema esta prescrito porque el juzgado ha dejado pasar el tiempo antes de dirigir la acusación contra el conductor responsable del otro vehículo.
Mi intención no era conseguir una condena por imprudencia leve pero si que el seguro pagase una indemnización acorde con lo que pasó. Me han hablado del Auto de cuantía máxima, pero no se en que momento procesal puedo solicitarlo... Me supongo que en las cuestiones previas el abogado de la aseguradora pedirá la prescripción... ¿puedo en ese momento solicitar el auto, para que el juez se pronuncie y así poder tener un titulo a ejecutar con posterioridad? -Gracias anticipadas-.


Desconectado eruiz471

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Re:auto de cuantia
« Respuesta #1 en: 27 de Enero de 2015, 18:34:59 pm »
Que tal Okela, buenas tardes, mirate el art. 13 de la Ley de Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor (Ley 21/2007).
  En dicho artículo 13 se recoge un mandato dirigido al Juez penal en el que le obliga a dictar dicho Auto de Cuantía Máxima ANTES de acordar el archivo de la causa.
  Se trata de una resolución judicial en forma de Auto y que debe dictar el Juez penal (normalmente el Juez de instrucción, en un procedimiento de faltas de lesiones de tráfico), pero cuyo efecto es constituir un título ejecutivo recogido en la Ley de Enjuiciamiento Civil como uno de los títulos respecto de los cuales puede incoarse el correspondiente procedimiento ejecutivo civil.

   Saludos cordiales
!Athletic beti zurequin!

Desconectado okela3

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Re:auto de cuantia
« Respuesta #2 en: 28 de Enero de 2015, 14:51:12 pm »
Gracias por tu respuesta, el hecho es que el juicio ya lo celebré, el juez no le había prestado la debida atención al asunto y yo sabía que estaba más que prescrito.
Entonces mi duda era si en ese caso, tendría que ir a la vía civil desde cero o podría solicitar en la misma vista el auto de cuantía máxima... mi idea era que en caso de que se solicitase la prescripción por parte de la defensa y antes de que intentase que no hubiese vista, intentar yo que al menos, que esta se celebrase para que en el Auto de cuantía máxima quedase constancia de los hechos, del informe del forense, etc.
Al final, se ha celebrado la vista y todos (-creo yo-) hemos hecho como que no pasaba nada, por lo que ahora exceptuando que absuelvan al denunciado, no necesitaré dicho Auto.
Aunque gracias a tu respuesta, me queda claro que si fuera absuelto, al ser firme podré solicitar el Auto.
Muchas gracias