Corregidme si me equivoco, pero creo que en este hilo se están hablando de
dos cosas distintas. Tal como yo lo entiendo, a tenor de los correos que les han enviado desde Convalidaciones a algunos foreros, la cosa quedaría así:
a) Todo el que sea titulado en la rama de Ciencias Sociales y Jurídicas (véase licenciados en ADE, Economía, Psicología, Turismo, Publicidad, RR.LL., etcccccccccc) tiene automáticamente reconocidos todos los créditos de FB del Grado en Derecho (es decir, se le convalidan las 7 asignaturas FB de primer curso + las 3 asignaturas de FB de segundo curso, 60 créditos en total).
Para esto, el que no haya hecho el traslado de expediente al hacer la matrícula, tendrá que enviar fotocopia compulsada del título de licenciado + fotocopia compulsada de la certificación de notas de dicha licenciatura.
b) El que haya realizado en su anterior carrera, asignaturas que (por su contenido) sean parecidas o iguales a alguna asignatura OBLIGATORIA del Grado en Derecho, tendrá que enviar el programa de la asignatura que cursó (el programa del año en que cursó dicha asignatura) para que en Convalidaciones determinen si realmente merece la convalidación.
Si es así, yo he triunfado, porque me quitaría un curso completo de enmedio.