Me uno sin saber porque, jijijijiji, menudo ladrillo el que se propone en los "libros" y eso que la temática me interesa. Si necesitan de mi colaboración cuenten con ello. Saludos 2016/2017.
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Para los nuevos, o que dudan en matricularse, os pongo un trozo del libro del año pasado, para que os empecéis a haceros una idea de lo que es esto. No se si el nuevo ha cambiado mucho, pero son los mismos autores. Tampoco quiero asustar gratuitamente, pero creo que es bueno que la gente esté informada y saque sus conclusiones, (del tipo"no empezar a estudiarla en diciembre"). Aunque reconozco que este trozo es de lo peor del libro (y lo pongo porque me entra la risa cuando lo leo), el resto del libro no es mucho mas sencillo.
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Login2. FUENTES DEL DERECHO VISIGODO
¿Cómo era el derecho godo antes de que comenzara a fijarse por escrito? El historiador Jordanes (s. V) nos ha transmitido la noticia de que gracias a las enseñanzas de Dicineo (s. I a. C.) los godos comenzaron a abandonar sus costumbres primitivas (barbáricos mores) y a regirse por leyes denominadas bellagines:
«Nam Ethicam eos erudiens, barbaricos mores ab eis conpescuit. Fysicam tradens, naturaliter propriis legibus vivere fecit, quas usque nunc conscriptas belagines nuncupant» (Getica 11,69). No sabemos si por «leyes», Jordanes entendía «normas escritas» pero, en todo caso, no tenemos pruebas de que existiera derecho godo escrito anterior al siglo V.
Por el contrario, sí disponemos de información sobre algunas instituciones del derecho consuetudinario godo (el launegildo, la faida o enemistad, la consideración del delincuente como lobo, etc.).
La fuente principal para el conocimiento del derecho godo del siglo IV es la Biblia del obispo Ulfilas. Una simple lectura deja patente los esfuerzos de Ulfilas para traducir del griego al gótico conceptos sociales y jurídicos judíos, griegos y romanos. Por ejemplo, al enfrentarse a la lectura de Timoteo 3,2: «sobrevendrán tiempos difíciles, porque habrá hombres ingratos», traduce el griego akháristos (ingrato) por el término launawargus que proviene de launa. En varias legislaciones germánicas aparece launegild o lohngeld (regalo de devolución, contradón). Ulfilas traduce el griego kênsos (tributo) como kaisara-gild o simplemente gild (p. ej. en Marcos 12,14 o Lucas 20,22 y en 14,12-14). También traduce apodidomi (devolver, restituir) como fragildan, verbo que tiene la acepción de «vengar» en Lucas 19,8; Romanos 11,35 y 12,19, lo que podemos relacionar con las composiciones (p. ej. el wergeld o precio del hombre), mencionadas ya por Tácito en Germania 21, que sustituían a la venganza de la sangre, o laun (don, gracia, premio, también en I Corintios 9,24) y de wargs (lobo), que origina el sugestivo verbo (ga)wargjan (condenar, es decir, convertir en lobo o enemigo, p. ej. II Corintios 7,3) o la sustantivación wargiPa (condenación) de extendido uso en las legislaciones germánicas con el significado de proscrito, enemigo, delincuente, condenado, etc. La Lex Salica 55,4 considera wargus, es decir, proscrito y expulsado del territorio a los profanadores de tumbas. También la Lex Ribuaria 85,2 denomina wargus al criminal fuera de la ley. Con el significado de condenado aparece wargida en Capitulare Saxonicum 4, de 28 de octubre del 797 (MGH, Legun Sectio II, Capitularia regum francorum, I, p. 71). Por tanto, para Ulfilas el akháristos es el enemigo del don, el devorador de dones o quien no devuelve el don recibido, en suma, el insociable. Recuérdese la consideración del delincuente como lobo reflejada en los antiguos derechos germánicos. También aparece en la Biblia de Ulfilas el concepto de enemistad (la faida de las legislaciones germánicas), por ejemplo en Juan 12,25 (fíaiP) o en Romanos 9,13 (fijaida).