3.- ¿Pueden tener las contestaciones a consultas tributarias efectos vinculantes respecto de personas distintas del consultante? En caso de respuesta afirmativa, indique en qué casos puede suceder lo indicado
Sí. Tal y como establece el artículo 89 de la Ley General Tributaria los órganos de la Administración tributaria encargados de la aplicación de los tributos deberán aplicar los criterios contenidos en las consultas tributarias escritas a cualquier obligado, siempre que exista identidad entre los hechos y circunstancias de dicho obligado y los que se incluyan en la contestación a la consulta.
Artículo 89 Efectos de las contestaciones a consultas tributarias escritas
1. La contestación a las consultas tributarias escritas tendrá efectos vinculantes, en los términos previstos en este artículo, para los órganos y entidades de la Administración tributaria encargados de la aplicación de los tributos en su relación con el consultante.
En tanto no se modifique la legislación o la jurisprudencia aplicable al caso, se aplicarán al consultante los criterios expresados en la contestación, siempre y cuando la consulta se hubiese formulado en el plazo al que se refiere el apartado 2 del artículo anterior y no se hubieran alterado las circunstancias, antecedentes y demás datos recogidos en el escrito de consulta.
Los órganos de la Administración tributaria encargados de la aplicación de los tributos deberán aplicar los criterios contenidos en las consultas tributarias escritas a cualquier obligado, siempre que exista identidad entre los hechos y circunstancias de dicho obligado y los que se incluyan en la contestación a la consulta.--------------------------------
Tampoco hay mucho que explicar, simplemente me resultó extraño ya que en los hots se dice que no, y el compañero parece estar en lo cierto, según la Ley citada.
Por cierto, cómo tenéis planteado el responder en el examen, no es espacio tasado, pero las respuestas que dan los ED son muy escuetas, se centran en dar una definición muy ajustada al enunciado sin divagar en cuestiones de relleno. ¿Veis correcto esta táctica o por el contrario pensáis que es mejor "vomitar" todo lo que se sabe y guarde más o menos relación?