Buenas noches
Os pongo a continuación las respuestas que he confeccionado de las preguntas de la segunda semana del primer parcial del curso pasado
EXAMEN FEBRERO 2016 – SEGUNDA SEMANA
1.- ¿Qué funciones cumple el Consejo de Política Fiscal y Financiera de las Comunidades autónomas?
Según establece el artículo 3 de LOFC, El Consejo de Política Fiscal y Financiera de las Comunidades Autónomas, como órgano de coordinación del Estado y las Comunidades Autónomas en materia fiscal y financiera, entenderá de las siguientes materias:
- Coordina la política presupuestaria de las CCAA con la del Estado.
- Emite informes y adopta acuerdos previstos en la Ley Orgánica complementaria de la Ley General de Estabilidad Presupuestaria.
- El estudio y valoración de los criterios de distribución de los recursos del Fondo de Compensación.
- El estudio, la elaboración, en su caso, y la revisión de los métodos utilizados para el cálculo de los costos de los servicios transferidos a las Comunidades Autónomas.
- La apreciación de las razones que justifiquen, en cada caso, la percepción por parte de las Comunidades Autónomas de las asignaciones presupuestarias, así como los criterios de equidad seguidos para su afectación.
- La coordinación de la política de endeudamiento.
- La coordinación de la política de inversiones públicas.
- En general, todo aspecto de la actividad financiera de las Comunidades Autónomas y de la Hacienda del Estado que, dada su naturaleza, precise de una actuación coordinada.
2.- ¿Puede el aprovechamiento especial del dominio público dar lugar al pago de un precio público? Justifique su respuesta. En caso de respuesta afirmativa, indique en qué casos puede suceder tal cosa.
No. El aprovechamiento especial del dominio público (utilización del dominio público) es uno de los presupuestos de hecho que establece el artículo 2.2.a de la LGT al definir la tasa. Estamos ante la prestación de una actividad administrativa, como es la utilización de un bien de dominio perteneciente al Estado, que necesariamente necesitará de una autorización del ente público y por la que tendrá que pagar una tasa el contribuyente.
Comentario tutor del foro en relación a diferencia entre tasa y precio público:
La utilización por un particular de los bienes que son de dominio público, o su aprovechamiento especial, requiere que los Entes públicos titulares de esos bienes demaniales concedan, con carácter previo, una autorización u otorguen una concesión. En consecuencia, si el particular quiere utilizar o aprovechar el dominio público tiene que obtener una autorización, pagando la oportuna tasa.
3.- ¿Puede la inspección declarar el fraude de ley (o conflicto en la aplicación normas) en el curso ordinario de un procedimiento de inspección, sin necesidad de recabar informes de otros órganos? Justifique su respuesta
No. Según establece el artículo 159 de LGT para que la inspección de los tributos pueda declarar el conflicto en la aplicación de la norma tributaria deberá emitirse previamente un informe favorable de la Comisión consultiva. Dicho informe de la Comisión consultiva vinculará al órgano de inspección sobre la declaración del conflicto en la aplicación de las normas.
4.- El IVA pretende gravar la manifestación económica demostrada por el consumo. Sin embargo, su hecho imponible está constituido fundamentalmente por las entregas de bienes y prestaciones de servicios realizadas por los empresarios o profesionales. Indique qué mecanismo jurídico utiliza la Ley para hacer llegar efectivamente el gravamen al consumidor y en qué consiste este mecanismo
Tal como indica su propia denominación, el IVA, comparando los valores iniciales y finales de los productos, grava el incremento de valor que experimentan los bienes y servicios como resultado de su paso por cada una de las fases del proceso productivo y de distribución hasta que llegan al consumidor final.
Los empresarios y profesionales repercuten sobre los adquirentes de los bienes o servicios la cantidad resultante de aplicar el tipo impositivo y pueden, a su vez, deducir el IVA pagado en la adquisición de bienes y servicios que incorporen a su actividad empresarial o profesional. Ello facilita el control del cumplimiento tributario, pues los empresarios tendrán así gran interés en exigir la factura de sus compras para acreditar sus deducciones.
5.- Definición de Contribuyente
El contribuyente se define en el art.36 de la LGT como el sujeto pasivo que realiza el hecho imponible. Es por tanto el titular de la capacidad económica manifestada por el hecho imponible.
6.- La Administración podrá exigir que se constituyan ciertas garantías en caso de aplazamiento o fraccionamiento del pago de la deuda tributaria. ¿De qué garantías se tratan?
Por regla general, la garantía consistirá en un aval solidario prestado por una entidad de crédito o una sociedad de garantía reciproca; o en un certificado de seguro de caución. Previa la justificación de la imposibilidad de obtener estas garantías, la LGT cita expresamente en el art.82 (aunque no de modo excluyente) la hipoteca, la prenda y la fianza personal y solidaria u otra que se estime suficiente.
EXAMEN FEBRERO 2016 – SEGUNDA SEMANA
1.- ¿Qué funciones cumple el Consejo de Política Fiscal y Financiera de las Comunidades autónomas?
Según establece el artículo 3 de LOFC, El Consejo de Política Fiscal y Financiera de las Comunidades Autónomas, como órgano de coordinación del Estado y las Comunidades Autónomas en materia fiscal y financiera, entenderá de las siguientes materias:
- Coordina la política presupuestaria de las CCAA con la del Estado.
- Emite informes y adopta acuerdos previstos en la Ley Orgánica complementaria de la Ley General de Estabilidad Presupuestaria.
- El estudio y valoración de los criterios de distribución de los recursos del Fondo de Compensación.
- El estudio, la elaboración, en su caso, y la revisión de los métodos utilizados para el cálculo de los costos de los servicios transferidos a las Comunidades Autónomas.
- La apreciación de las razones que justifiquen, en cada caso, la percepción por parte de las Comunidades Autónomas de las asignaciones presupuestarias, así como los criterios de equidad seguidos para su afectación.
- La coordinación de la política de endeudamiento.
- La coordinación de la política de inversiones públicas.
- En general, todo aspecto de la actividad financiera de las Comunidades Autónomas y de la Hacienda del Estado que, dada su naturaleza, precise de una actuación coordinada.
2.- ¿Puede el aprovechamiento especial del dominio público dar lugar al pago de un precio público? Justifique su respuesta. En caso de respuesta afirmativa, indique en qué casos puede suceder tal cosa.
No. El aprovechamiento especial del dominio público (utilización del dominio público) es uno de los presupuestos de hecho que establece el artículo 2.2.a de la LGT al definir la tasa. Estamos ante la prestación de una actividad administrativa, como es la utilización de un bien de dominio perteneciente al Estado, que necesariamente necesitará de una autorización del ente público y por la que tendrá que pagar una tasa el contribuyente.
Comentario tutor del foro en relación a diferencia entre tasa y precio público:
La utilización por un particular de los bienes que son de dominio público, o su aprovechamiento especial, requiere que los Entes públicos titulares de esos bienes demaniales concedan, con carácter previo, una autorización u otorguen una concesión. En consecuencia, si el particular quiere utilizar o aprovechar el dominio público tiene que obtener una autorización, pagando la oportuna tasa.
3.- ¿Puede la inspección declarar el fraude de ley (o conflicto en la aplicación normas) en el curso ordinario de un procedimiento de inspección, sin necesidad de recabar informes de otros órganos? Justifique su respuesta
No. Según establece el artículo 159 de LGT para que la inspección de los tributos pueda declarar el conflicto en la aplicación de la norma tributaria deberá emitirse previamente un informe favorable de la Comisión consultiva. Dicho informe de la Comisión consultiva vinculará al órgano de inspección sobre la declaración del conflicto en la aplicación de las normas.
4.- El IVA pretende gravar la manifestación económica demostrada por el consumo. Sin embargo, su hecho imponible está constituido fundamentalmente por las entregas de bienes y prestaciones de servicios realizadas por los empresarios o profesionales. Indique qué mecanismo jurídico utiliza la Ley para hacer llegar efectivamente el gravamen al consumidor y en qué consiste este mecanismo
Tal como indica su propia denominación, el IVA, comparando los valores iniciales y finales de los productos, grava el incremento de valor que experimentan los bienes y servicios como resultado de su paso por cada una de las fases del proceso productivo y de distribución hasta que llegan al consumidor final.
Los empresarios y profesionales repercuten sobre los adquirentes de los bienes o servicios la cantidad resultante de aplicar el tipo impositivo y pueden, a su vez, deducir el IVA pagado en la adquisición de bienes y servicios que incorporen a su actividad empresarial o profesional. Ello facilita el control del cumplimiento tributario, pues los empresarios tendrán así gran interés en exigir la factura de sus compras para acreditar sus deducciones.
5.- Definición de Contribuyente
El contribuyente se define en el art.36 de la LGT como el sujeto pasivo que realiza el hecho imponible. Es por tanto el titular de la capacidad económica manifestada por el hecho imponible.
6.- La Administración podrá exigir que se constituyan ciertas garantías en caso de aplazamiento o fraccionamiento del pago de la deuda tributaria. ¿De qué garantías se tratan?
Por regla general, la garantía consistirá en un aval solidario prestado por una entidad de crédito o una sociedad de garantía reciproca; o en un certificado de seguro de caución. Previa la justificación de la imposibilidad de obtener estas garantías, la LGT cita expresamente en el art.82 (aunque no de modo excluyente) la hipoteca, la prenda y la fianza personal y solidaria u otra que se estime suficiente.