Durante las décadas de los años sesenta y setenta del pasado siglo, se sucedieron diversos incidentes con perseguidos políticos en los países de Colombia, Ecuador y Perú. En esos años se fue gestando una práctica habitual entre esos Estados que consistía en facilitar la salida del país mediante un salvoconducto a las personas que hubieran conseguido asilo diplomático en las embajadas de alguno de esos Estados.
En junio de 1980 se celebró un acuerdo entre Colombia y Ecuador sobre el trato a extranjeros en su propio territorio. El acuerdo, entre otros extremos, contemplaba la obligación de facilitar un salvoconducto de salida del país a aquellas personas que hubieran conseguido asilo diplomático en la embajada del otro Estado parte en el acuerdo. Perú no tomó parte en el acuerdo.
Responda de forma razonada a las siguientes preguntas:
1.- ¿Puede existir algún tipo de obligación jurídica entre los Estados antes de la celebración del acuerdo? ¿Qué elementos necesitaría para poder ser exigida?
2.- ¿Qué efecto produce el acuerdo de 1980 sobre la práctica anterior de los Estados?
3.- ¿Existe alguna obligación para Perú?
Alguien se atreve?
Acabo de terminar de leer el tema 7 así que mis conocimientos son muy vagos, por tanto no hacerme mucho caso a lo que voy a responder. Lo hago por jugar más que nada
1-Podría darse una obligación consuetudinaria (nota mental, escribir esta palabra 100 veces porque la voy a redactar mal en el examen). Lo elementos necesarios para que se produzca una costumbre que creo que eran repetición en el tiempo de la conducta y que ambas partes la consideren una obligación (mirar apuntes para redactar esto bien). No estoy seguro, la repetición en el tiempo se dá claramente; pero no sé hasta que punto los Estados consideraban que era su obligación hacerlo.
2-Si aceptamos que lo anterior a 1980 era una costumbre asentada el tratado tendría un efecto declarativo, si consideramos que era una costumbre en vías de formación tendría un efecto cristalizador.
3-Si es una costumbre sí por derecho consuetudinario; pero no por el tratado.
REPITO: Sólo me he leído una vez los primeros 7 u 8 temas y además me he leído también uno de Civil II y estoy un poco "drogui" mentalmente así que no hacerme caso a nada de lo dicho xD