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Autor Tema: Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2016 / 2017)  (Leído 38535 veces)

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Desconectado Emiliet

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #200 en: 09 de Enero de 2017, 13:40:38 pm »
De pagar 800 a devolverme 50... Ever este año me haces la
Declaracion.


Desconectado Ever

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #201 en: 09 de Enero de 2017, 14:25:47 pm »
Es verdad, es mejor decir cómo se han consignado.

1. Yo he puesto rendimiento de trabajo 54.968,50 (los 48 mil y pico y 6.000 de la indemnización por traslado, que los he metido como irregulares). Reducción de 1.800 por los irregulares y los 2.205,98 de las cotizaciones a la seguridad social y los 11.045, 24 de la SS. Los 4.000 de gastos de locomoción y manutención, exentos.

2. Ganancia patrimonial, 100 €. Sin mas historias.

3. Una liada. Ganancia patrimonial por la diferencia entre el precio de compra y el de venta y deducción por reinversión por el importe del préstamo pendiente de amortizar y los 185.000 del nuevo piso (creo que puede deducírselos si reinvierte en el plazo de 2 años, aunque no estoy muy seguro de esto).

4. Rendimiento de capital mobiliario 80,50, sin mas.

5. UN MOVIDÓN. Tiene derecho a la deducción de la ley 19/2002 con el coeficiente incrementado, por haber realizado donaciones menores o iguales a la misma ONG durante los dos años anteriores: se deduce 75 € por los primeros 150 y por el resto el 32,5%, el límite de la base de la deducción es la base liquidable general. Había una casilla del programa PADRE para ello, la casilla H de la página 51 creo.

Así los he puesto yo.

Desconectado quecin

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #202 en: 09 de Enero de 2017, 17:41:30 pm »
Ever, estoy de acuerdo contigo, excepto en dos puntos.
En el 4. Entiendo que hay que declarar 100 euros y 19'5 de retenciones, al haber recibido 80'5 netos.
En cuanto a la donación, el incremento recurrente por donaciones anteriores, yo creo que no se puede marcar, porque en el 1013 se donó menos que en el 2012, y por lo tanto no se cumple la condición de ser superior que en el ejercicio anterior (2012).

Desconectado MORDEKAY

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #203 en: 09 de Enero de 2017, 19:34:14 pm »


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Desconectado dobleg

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #204 en: 09 de Enero de 2017, 20:30:39 pm »
Hola a tod@s, a mi esta asignatura se me ha atragantado, espero ir resolviendola poco a poco.
Para los que preguntan, se pueden llevar los Códigos marcados con Post-it, lo pone en las cabeceras de los exámenes.
Alguien sabe o tiene respuestas de exàmenes anteriores, aparte de los 4 de Calatayud.

Gracias, y ánimo !!!

Desconectado JESUSMNICOLAU

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #205 en: 12 de Enero de 2017, 08:36:54 am »
Una pregunta: si los únicos ingresos de una persona provienen del alquiler de una vivienda, y dichos ingresos quedan por debajo del límite personal, ¿existe la obligación de declarar?
Porque la cuota liquida estatal y autonómica sale a 0, al igual que el resultado de la declaración según el programa padre

Desconectado alisp

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #206 en: 12 de Enero de 2017, 10:12:25 am »
Hola compañeros de nuevo formulo mi solicitud de ayuda...me podeis decir que leyes son las que entran en el 1º cuatrimestre o donde encontrarlas??? gracias

Desconectado Fertrillop

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #207 en: 12 de Enero de 2017, 12:54:50 pm »
En la guia aparece....

a) Primera prueba presencial

Primera. – La materia objeto de examen será la siguiente:

• Bloque 1: Impuesto sobre la renta de las personas físicas (lecciones 3.ª y 4.ª).

• Bloque 2: Impuesto sobre sociedades (lección 5ª).

• Bloque 3: Impuestos sobre la renta de no residentes, sobre el patrimonio y sobre sucesiones y donaciones (lecciones 7.ª a 9.ª).

Segunda. – La primera prueba presencial constará de seis preguntas de carácter práctico, de las cuales el alumno deberá contestar solamente cinco.

Tercera. – De estas seis preguntas, cinco versarán necesariamente sobre el contenido de los bloques 1 y 2 antes mencionados, y una podrá versar sobre el contenido del bloque 3 también indicado.

Desconectado KaMyCHiKo

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #208 en: 16 de Enero de 2017, 15:35:39 pm »
Hola compis,

Quería preguntar si alguno de vosotros podía hacerme el favor de colgar el Codigo de Legislación Tributaria, pero que no este actualizado, si no que lo hubiera descargado entre Julio y Octubre del 2016.

Es que aunque parezca mentira, nuestros politicos se han puesto a trabajar duramente entre noviembre y diciembre y han modificado montones de articulos de las leyes mas importantes del codigo de legislación tributaria, y desde No puedes ver los enlaces. Register or Login solo puedo descargarme el codigo actualizado a Enero de 2017.

Y ya el equipo docente ha avisado que solo se admitiran las actualizaciones que haya hasta el 1 de Septiembre del 2016, y he visto todas las posteriores y son bastantes.

Gracias de antemano.

Desconectado poniente

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #209 en: 16 de Enero de 2017, 18:48:37 pm »
Hola!
qué áreas han cambiado?? vaya tela...
en noticias jurídicas puedes ver toda la "historia" de cada ley, por ejemplo:
No puedes ver los enlaces. Register or Login

lo que no sé es cómo descargarlo que quede medianamente decente..

Desconectado KaMyCHiKo

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #210 en: 17 de Enero de 2017, 09:28:43 am »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Hola!
qué áreas han cambiado?? vaya tela...
en noticias jurídicas puedes ver toda la "historia" de cada ley, por ejemplo:
No puedes ver los enlaces. Register or Login

lo que no sé es cómo descargarlo que quede medianamente decente..

Ese es el tema, si no me equivoco en noticias juridicas vienen anotaciones debajo de cada ley, y los comentarios y anotaciones no estan permitidas, sería trabajo de chinos, ademas el profesor Gerardo recomendó en el foro que llevaramos las que públican en el BOE o el código Aranzadi, porque en mitad del examen los profesores que nos revisan no tienen ni idea de Tributario, podrían ser perfectamente de psicología o historia y pueden ponernos pegas a la hora de dejarnoslo usar si no ven claramente que es el código de legislación tributaria.

Respecto a los contenidos que cambian, por ejemplo la Ley del impuesto sobre sociedades ha cambiado 3 veces, 1 a finales de septiembre, 1 en noviembre y 1 en diciembre del 2016, la ley del Régimen Fiscal de las Cooperativas, que tambien corresponde al area de sociedades ha cambiado tambien en diciembre del 2016. Por suerte la ley del IRPF no ha cambiado desde 2015. En un principio esas son las mas importantes ya que estudiandote los capitulos del IRPF y Sociedades estarías preparado para responder 5 de 6 preguntas, y como te dejan escoger 5 de 6, te sobraría.

Pero es que la ley de sociedades con 3 cambios, ha cambiado un monton, y en especial la actualización de diciembre:

Cambios Ley de IS desde el 1 de Septiembre del 2016:
Art. 11
Art. 13
Art. 15
Art. 17
Art. 21
Art. 22
Art. 31
Art. 32
Art. 88
Disposicion Adicional Quinta
Disposicion adicional decimocuarta
Disposición adicional decimoquinta
Disposición transitoria trigésima sexta
(Basado en el propio BOE, si vais a la página que puse, y veis versiones anteriores de las normas, te salen cuando fueron modificadas)

Y el articulo mas pequeño ocupa media pagina, y el mas grande podrias meterlo muy ajustado en un folio por delante y por detras. Ademas ahí falta tambien ver los cambios de la Ley del Regimen Fiscal de cooperativas que no los he puesto.

El tema, es que se que hay compañeros en el foro (me he leido todo el hilo) que han descargado la legislacion en septiembre/octubre, cuando aun apenas habian modificado nada, ya que los cambios grandes vienen en noviembre y diciembre, en septiembre u octubre solo cambian 2 o 3 articulos y si hace falta hasta los modifico a mano con adobe acrobat, pero cambiar todos esos puede ser trabajo de chinos, si veo que no lo consigo como voy a la segunda semana con esta los cambiaré todos a mano... pero si algun alma caritativa de los que se lo descargaron entre julio-octubre lo tiene y lo cuelga, estaría muy agradecido.
(Desde julio no hubo cambios, es más el codigo Aranzadi no esta actualizado a Septiembre del 2016, si no a Julio del 2016)

Saludos Compañeros

Desconectado Saul Goodman

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #211 en: 17 de Enero de 2017, 09:57:49 am »
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Ese es el tema, si no me equivoco en noticias juridicas vienen anotaciones debajo de cada ley, y los comentarios y anotaciones no estan permitidas, sería trabajo de chinos, ademas el profesor Gerardo recomendó en el foro que llevaramos las que públican en el BOE o el código Aranzadi, porque en mitad del examen los profesores que nos revisan no tienen ni idea de Tributario, podrían ser perfectamente de psicología o historia y pueden ponernos pegas a la hora de dejarnoslo usar si no ven claramente que es el código de legislación tributaria.

Respecto a los contenidos que cambian, por ejemplo la Ley del impuesto sobre sociedades ha cambiado 3 veces, 1 a finales de septiembre, 1 en noviembre y 1 en diciembre del 2016, la ley del Régimen Fiscal de las Cooperativas, que tambien corresponde al area de sociedades ha cambiado tambien en diciembre del 2016. Por suerte la ley del IRPF no ha cambiado desde 2015. En un principio esas son las mas importantes ya que estudiandote los capitulos del IRPF y Sociedades estarías preparado para responder 5 de 6 preguntas, y como te dejan escoger 5 de 6, te sobraría.

Pero es que la ley de sociedades con 3 cambios, ha cambiado un monton, y en especial la actualización de diciembre:

Cambios Ley de IS desde el 1 de Septiembre del 2016:
Art. 11
Art. 13
Art. 15
Art. 17
Art. 21
Art. 22
Art. 31
Art. 32
Art. 88
Disposicion Adicional Quinta
Disposicion adicional decimocuarta
Disposición adicional decimoquinta
Disposición transitoria trigésima sexta
(Basado en el propio BOE, si vais a la página que puse, y veis versiones anteriores de las normas, te salen cuando fueron modificadas)

Y el articulo mas pequeño ocupa media pagina, y el mas grande podrias meterlo muy ajustado en un folio por delante y por detras. Ademas ahí falta tambien ver los cambios de la Ley del Regimen Fiscal de cooperativas que no los he puesto.

El tema, es que se que hay compañeros en el foro (me he leido todo el hilo) que han descargado la legislacion en septiembre/octubre, cuando aun apenas habian modificado nada, ya que los cambios grandes vienen en noviembre y diciembre, en septiembre u octubre solo cambian 2 o 3 articulos y si hace falta hasta los modifico a mano con adobe acrobat, pero cambiar todos esos puede ser trabajo de chinos, si veo que no lo consigo como voy a la segunda semana con esta los cambiaré todos a mano... pero si algun alma caritativa de los que se lo descargaron entre julio-octubre lo tiene y lo cuelga, estaría muy agradecido.
(Desde julio no hubo cambios, es más el codigo Aranzadi no esta actualizado a Septiembre del 2016, si no a Julio del 2016)

Saludos Compañeros

Hola compi

Me he quedado un poco pillado al leer tu post. Yo compré el código ya bien entrado el cuatrimestre, el Aranzadi actualizado a 2016, no sé si incorpora más o menos actualizaciones, no tengo tiempo de comprobarlo, me gasté los cincuenta y pico pepinos precisamente para no darle vueltas a las actualizaciones de las leyes y ahora al leerte me has generado alguna duda, aunque lo tengo más claro que el agua: yo responderé al examen apoyándome en el Código actualizado y espero no tener ningún problema y si me lo ponen me planto allí con el código y que me lo expliquen.

Si el legislador cambia más estas leyes que de ropa interior, qué le vamos a hacer. Imagino que el ED no será tiquismiquis con este asunto.
Better call Saul !!

Desconectado poniente

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #212 en: 17 de Enero de 2017, 14:10:07 pm »
yo tampoco creo que sean tiquismiquis... pero es ese el problema del compañero, que lo quiere imprimir y no quiere el actual sino el "antiguo"...
La verdad es que yo lo compré porque me puse a hacer cuentas y eran una barbaridad de fotocopias... no sé como ayudar al compañero en ese caso la verdad....

Desconectado Saul Goodman

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #213 en: 17 de Enero de 2017, 15:48:02 pm »
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yo tampoco creo que sean tiquismiquis... pero es ese el problema del compañero, que lo quiere imprimir y no quiere el actual sino el "antiguo"...
La verdad es que yo lo compré porque me puse a hacer cuentas y eran una barbaridad de fotocopias... no sé como ayudar al compañero en ese caso la verdad....

Leí por encima al compañero. Ok, ahora lo pillo.

A mí sí se me ocurre una posible forma para echarle un cable. Al comprar el Aranzadi, el pack incluye el código físico y otro en formato digital, para ebook, si no recuerdo mal. Yo no hago uso de ese tipo de herramientas, ni lo descargué, tampoco sé si se puede imprimir o compartir ese archivo. Alguien que lo tenga y lo quiera compartir, que se lo pase a Kamichi! Xd
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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #214 en: 20 de Enero de 2017, 20:38:27 pm »
Entiendo este caso, pero la verdad los de los artículos 63, 65 y 66 me lo hubiera dejado, alguien puede darme alguna pista sobre en que casos debemos hacer referencia a esos artículos? Gracias

Una persona del cuerpo diplomático español ha estado destinada durante once meses del año en Sudáfrica. Precise el régimen tributario en la imposición directa de este hecho. [Febrero 2012]
En la solución de este supuesto haremos abstracción de lo que pueda establecer el Convenio de doble imposición que España ha firmado con Sudáfrica y nos limitaremos a aplicar la normativa doméstica.
El artículo 10 LIRPF califica como contribuyentes del IRPF a ciertas personas que tienen su residencia habitual en territorio extranjero. La persona del cuerpo diplomático español destinada en Sudáfrica tendrá la consideración de contribuyente del IRPF en virtud de la letra a) del apartado 1 de ese artículo, siempre que tenga la nacionalidad española. La excepción de la letra a) del apartado 2 de aquel artículo nunca le será aplicable, pues se refiere exclusivamente a personas que no sean funcionarios en activo ni titulares de cargo o empleo oficial (esto es, al personal administrativo, técnico o de servicios).
Al ser contribuyente con residencia en el extranjero, las escalas aplicables serán las previstas en los artículos 63.1 y 65 LIRPF, y los tipos de gravamen de la base liquidable del ahorro serán los previstos en el artículo 66.2 LIRPF.

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #215 en: 22 de Enero de 2017, 19:52:51 pm »
Los cambios legislativos, una vez empezado el curso, no son materia de examen, siempre ha sido así, ya que esto no es una oposición, y se debe dar cierta seguridad a los alumnos.
Por otra parte, con respecto a los códigos, siempre los he comprado (a diferencia de los manuales), me parece indispensable....las leyes en papel, tienen algunos inconvenientes, sobre todo el día del examen...prefiero ir seguro y sin contratiempos y, aunque cueste un dinero, creo que merece la pena...

Salu2


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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #216 en: 22 de Enero de 2017, 19:56:44 pm »
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Entiendo este caso, pero la verdad los de los artículos 63, 65 y 66 me lo hubiera dejado, alguien puede darme alguna pista sobre en que casos debemos hacer referencia a esos artículos? Gracias

Una persona del cuerpo diplomático español ha estado destinada durante once meses del año en Sudáfrica. Precise el régimen tributario en la imposición directa de este hecho. [Febrero 2012]
En la solución de este supuesto haremos abstracción de lo que pueda establecer el Convenio de doble imposición que España ha firmado con Sudáfrica y nos limitaremos a aplicar la normativa doméstica.
El artículo 10 LIRPF califica como contribuyentes del IRPF a ciertas personas que tienen su residencia habitual en territorio extranjero. La persona del cuerpo diplomático español destinada en Sudáfrica tendrá la consideración de contribuyente del IRPF en virtud de la letra a) del apartado 1 de ese artículo, siempre que tenga la nacionalidad española. La excepción de la letra a) del apartado 2 de aquel artículo nunca le será aplicable, pues se refiere exclusivamente a personas que no sean funcionarios en activo ni titulares de cargo o empleo oficial (esto es, al personal administrativo, técnico o de servicios).
Al ser contribuyente con residencia en el extranjero, las escalas aplicables serán las previstas en los artículos 63.1 y 65 LIRPF, y los tipos de gravamen de la base liquidable del ahorro serán los previstos en el artículo 66.2 LIRPF.
Elisa, tienes que recordar que cuando habla de españoles residentes en el extranjero, del artículo 10, tienes que traer a colación los artículos 63, 65 relativas a las escalas en caso de españoles residentes en el extranjero...
La mejor forma de acordarte es hacer muchos casos...la complejidad de esta asignatura es relacionar artículos, cuando habla del elemento extranjero, tienes que traer a colación algunos preceptos...si es más fácil, te puedes hacer recordatorios o esquemas

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #217 en: 22 de Enero de 2017, 21:11:24 pm »
Alguien sabe hasta qué punto es importante saberse la teoría habida cuenta de que se puede llevar el código. Me estoy viendo que estoy estudiando bastante la farragosa teoría para nada.

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #218 en: 22 de Enero de 2017, 22:01:30 pm »
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Alguien sabe hasta qué punto es importante saberse la teoría habida cuenta de que se puede llevar el código. Me estoy viendo que estoy estudiando bastante la farragosa teoría para nada.
Estudiar la teoría? para nada...tienes que entender la estructura y funcionamiento del impuesto pero sobre todo, saber manejar el código, donde está cada cosa, y por supuesto, creo que fundamental, realizar muchos casos prácticos,

Salu2

Desconectado Saul Goodman

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II primer parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #219 en: 26 de Enero de 2017, 20:35:17 pm »
Duda de última hora!, alguien que me eche un cable por favor.

TRIBUTACIÓN FAMILIAR

Mi duda es relativa a la tributación conjunta en caso de parejas de hecho con hijos comunes.

De los artículos 82 y 83 LIRPF  deduzco:

82.1 2 Sí se considera unidad familiar cuando no existe vínculo matrimonial (pareja de hecho)

83.2 La tributación conjunta debe abarcar a todos los miembros de la unidad familiar (padres no casados e hijos). Si uno de ellos presenta declaración individual, los restantes deberán utilizar el mismo régimen.

Pero lo que he encontrado por Internet, en la propia web AEAT y otras, contradice lo que yo deduzco de lis preceptos citados. Según esta información, en el caso de parejas de hecho con hijos:

- No se consideran unidad familiar a efectos IRPF

- Sólo pueden tributar conjuntamente uno de los padres (padre o madre) con los hijos que reúnan los requisitos. El otro padre deberá tributar de manera individual.


No sé si estoy interpretando mal la Ley o si se trata de una reciente modificación.

Gracias de antemano.
Better call Saul !!