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Autor Tema: Post Oficial septiembre 2014 Derecho Civil III  (Leído 46615 veces)

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Re:Post Oficial septiembre 2014 Derecho Civil III
« Respuesta #200 en: 03 de Septiembre de 2014, 20:07:57 pm »
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oye y si anularan esa que queréis impugnar la cuenta seria entre 19 preguntas no?con 10 bien y 1 mal en cuanto se quedaría la cuenta?suponiendo que anulen 1

Hay más dudosas que la 2 en la que yo puse la B, está la 11 en la que puse A, la 14 puse A pero puede ser también la C, y la 12 que puse A pero puede s
puede ser la C por el tema de la jurisprudencia.

Las demás están claras a priori.


Desconectado ElGallo

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Re:Post Oficial septiembre 2014 Derecho Civil III
« Respuesta #201 en: 03 de Septiembre de 2014, 20:13:23 pm »
A mí lo que me escama de la pregunta de la finca hipotecada es que parece que el tercer poseedor (que no es ni deudor hipotecante ni deudor hipotecario) no puede enajenar la finca gravada. Y eso no es así ya que como propietario éste tiene libre disposición de la cosa. Por eso me inclino a pensar que la pregunta es impugnable porque ninguna de las opciones propuestas es correcta según el enunciado de la pregunta. ¿Qué pensáis?

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Re:Post Oficial septiembre 2014 Derecho Civil III
« Respuesta #202 en: 03 de Septiembre de 2014, 20:46:53 pm »
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A mí lo que me escama de la pregunta de la finca hipotecada es que parece que el tercer poseedor (que no es ni deudor hipotecante ni deudor hipotecario) no puede enajenar la finca gravada. Y eso no es así ya que como propietario éste tiene libre disposición de la cosa. Por eso me inclino a pensar que la pregunta es impugnable porque ninguna de las opciones propuestas es correcta según el enunciado de la pregunta. ¿Qué pensáis?

Yo puse la 11 A en principio parece la más correcta.
Las que he dicho junto con la 2 a saber qué pasa.....

Desconectado kko21

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Re:Post Oficial septiembre 2014 Derecho Civil III
« Respuesta #203 en: 03 de Septiembre de 2014, 20:48:28 pm »
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Hay más dudosas que la 2 en la que yo puse la B, está la 11 en la que puse A, la 14 puse A pero puede ser también la C, y la 12 que puse A pero puede s
puede ser la C por el tema de la jurisprudencia.

Las demás están claras a priori.

La 2 puse la C....estamos entre la A y la C, que son verdaderas las dos parece.

Desconectado crissc85

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Re:Post Oficial septiembre 2014 Derecho Civil III
« Respuesta #204 en: 03 de Septiembre de 2014, 20:49:51 pm »
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En relación con la pregunta 2 del tipo B, dice el manual respecto a la ``contribución a los gastos comunes´´ (literal):

``La cuota parte correspondiente a cada uno de los copropietarios será el baremo decisivo para determinar su contribución a las cargas en la comunidad (art.393).

  El tenor literal del art. 393.1 CC se refiere exclusivamente a ``las cargas´´, pero dicho término no tiene un significado técnico propiamente dicho. Hay que entenderlo pues referido a todo tipo de obligaciones que hayan de ser afrontadas por los comuneros, dada su condición de copropietarios (por ejemplo, gastos de conservación, administración y reparación; impuestos o tributos; importe de obras realizadas; etc).

  Por lo demás, para la distribución interna de la correspondiente deuda entre los comuneros, lo que indica el precepto es que ha de atenerse a la regla de la proporcionalidad de cuotas: a mayor cuota, mayor será el importe de las cargas que habrá de afrontar cada uno de los copropietarios´´ (pag. 53 del Compendio de Derechos reales).

Por tanto, ¿se debe atender a la regla de la proporcionalidad de cuotas sí o no, y esto no se puede entender como un prorrateo? No pretendo contradecir a quien haya contestado de otra forma, simplemente poner de manifiesto que, conforme al libro, tan válida es la respuesta a) a la pregunta 2 como pudiera ser la c), que parece ser la mayoritaría.

Yo por la mañana tuve la duda y releyendo la pregunta llegué a la conclusión de que si la respuesta es la c) estarías diciendo que "La contribución a los gastos en la copropiedad se hace a partes iguales...". Me da que los tiros van por ahí. La prorrata es un reparto proporcional si buscas en la RAE, por tanto desde mi punto de vista la respuesta correcta es la a).

Desconectado kko21

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Re:Post Oficial septiembre 2014 Derecho Civil III
« Respuesta #205 en: 03 de Septiembre de 2014, 21:38:03 pm »
Contribución a los gastos comunes

La cuota parte correspondiente a cada uno de los copropietarios será el baremo decisivo para determinar su contribución a las cargas en la comunidad (art. 393). El tenor literal del artículo 393.1 se refiere exclusivamente a «las cargas». Pero entendiendo por cargas todo tipo de obligaciones que hayan de ser afrontadas por los comuneros, dada su condición de copropietarios, como por ejemplo los gastos de conservación, administración y reparación; impuestos o tributos; importe de obras realizadas; etc.

Para la distribución interna de la correspondiente deuda entre los comuneros, lo que indica el precepto es que ha de atenderse a la regla de proporcionalidad de cuotas: a mayor cuota, mayor será el importe de las «cargas» que habrá de afrontar cada uno de los copropietarios.



Leyendo esto en la pregunta 2 Tipo B  parecen tan buenas la A como la C sin duda.

Desconectado Picapleito

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Re:Post Oficial septiembre 2014 Derecho Civil III
« Respuesta #206 en: 03 de Septiembre de 2014, 22:18:07 pm »
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Subirían el acierto igual a 0,55 y el error a 0,22 como parece que hicieron en Febrero....pero es tan largo el post jajaj, a mi me suspendieron con 4,2 en la primera semana.

Hombre un 4,2 no te aprueban eso está claro,ni siquiera creo que con un 4,6 o 4,7,pero un 4,8 y 4,9 es prácticamente el 5.

Dios quiera porque no veas que faena.

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Re:Post Oficial septiembre 2014 Derecho Civil III
« Respuesta #207 en: 03 de Septiembre de 2014, 22:40:51 pm »
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Van a haber movidas como hubo en Febrero, estoy segurísimo de ello....

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133 hojas.

se podrían haber quedado como los demás civiles en lugar de innovar

Desconectado Picapleito

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Re:Post Oficial septiembre 2014 Derecho Civil III
« Respuesta #208 en: 03 de Septiembre de 2014, 23:02:19 pm »
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se podrían haber quedado como los demás civiles en lugar de innovar

Totalmente de acuerdo

Desconectado Natxo

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Re:Post Oficial septiembre 2014 Derecho Civil III
« Respuesta #209 en: 03 de Septiembre de 2014, 23:44:18 pm »
Buenas

Entonces las dudas están en la pregunta 2 y 12, verdad? Entiendo que la 11 queda clara, el deudor hipotecante, lejos de velar por el estado de la finca hipotecada, no puede evitar la enajenación de la misma.

Respecto a la pregunta número dos, en el examen dí por buena la a "Se hace a prorrata de la cuota parte que corresponde a cada partícipe", y luego con el manual vi que hubiera sido más apropiado la c "Se hace a aprtes iguales mientras no se demuestren diferentes cuotas de cada partícipe puesto que éstas se presumen iguales" .

En el manual dentro del apartado "Contribución a gastos comunes" dice que el art 393.1 se refiere exclusivamente a las cargas.. por lo demás, para la distribución interna de la correspondiente deuda entre comuneros, lo que indica el precepto es que ha de atenderse a la regla de proporcionalidad de cuotas: a mayor cuota, mayor será el importe de las "cargas" que habrá de afrontar cada uno de los copropietarios.  Y esto me llevó a responder la opción A.

Pero...Leyendo el manual vi en el apartado tercero del mismo capítulo , "Copropiedad por cuotas" que se presumirán iguales mientras no se pruebe lo contrario, y esto me llevo a dar la  A por error y decir que la correcta es la C.

Ahora ya tengo dudas, si nos centramos en la literalidad de la pregunta, nos llevaría al 4.5 del manual, y no se habla de partes iguales, sino de la regla de proporcionalidad.

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Respecto a la pregunta número 12, "Para nuestra JURISPRUDENCIA,

Desconectado kko21

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Re:Post Oficial septiembre 2014 Derecho Civil III
« Respuesta #210 en: 03 de Septiembre de 2014, 23:52:33 pm »
O sea, quedaria la 11 A y 12 C....y la 2 parece mas correcta
Entre comillas la C, pero A y C biien las dos... A ver que pasa

Desconectado Natxo

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Re:Post Oficial septiembre 2014 Derecho Civil III
« Respuesta #211 en: 03 de Septiembre de 2014, 23:57:12 pm »
(vaya... saltó solo...)

Bueno, respecto a la pregunta número 12, "Para nuestra JURISPRUDENCIA, la cesión de crédito hipotecario requiere...

El tema de inscribirlo en el Registro lo veo como una garantía del derecho frente a terceros, no como un requisito de exigido cumplimiento, por lo que la A, directamente la desprecié.

Así pues, es importante la notificación al deudor? Según el 149 de la Ley Hipotecaria, tras la modificación por la Ley 41/2007 suprime la obligación de transmitir al deudor, pero la STS 792/2009 considera necesario comunicar al deudor y si mis vagos recuerdos no me fallan, por JURISPRUDENCIA se entiende el conjunto de Sentencias de los Tribunales, por lo que sería la opción B.

Las dudas me llevaron a dar por buena la A, aunque ahora con la mente más en frío, creo que la correcta es la que marqué, la B, bien podían haber sustituido "Jurisprudencia" por "Ley Hipotecaría". Y no estaríamos en esta situación.

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@kko21, yo entiendo que la 11 es la A, aunque puse C.
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Para no llevarme sorpresas, doy las dos por malas y por los pelos estaría salvado, ahora, que si las anulan (y no bajan las notas) no estarían haciendo mal.

Un saludo


Desconectado Picapleito

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Re:Post Oficial septiembre 2014 Derecho Civil III
« Respuesta #212 en: 04 de Septiembre de 2014, 00:17:30 am »
La 12 del tipo B?porque la 12 del tipo b no hay duda q es la A esa ya es repetida de otro examen

Desconectado Natxo

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Re:Post Oficial septiembre 2014 Derecho Civil III
« Respuesta #213 en: 04 de Septiembre de 2014, 00:45:31 am »
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La 12 del tipo B?porque la 12 del tipo b no hay duda q es la A esa ya es repetida de otro examen

Preguntaron una parecida, 1ª PP de Febrero, "Para que la cesión del crédito hipotecario sea válida es necesario que:

El acreedor hipotecario notifique de la cesión... el citado art no lo establece
Que se haga en escritura pública y se inscriba en el Registro de la Propiedad -> Ok
Que el acreedor hipotecario notifique la cesión al deudor hipotecario a través de escritura pública -> falta la inscripción.

Pero es que en este caso habla de Jurisprudencia, no veo que sea la misma pregunta. He vuelto a repasar el manual y dice que tras la reforma introducida por la L 41/2007, la puesta en conocmimiento del deudor de la cesión realizada no puede en modo alguno considerarse en rigor un requisito propio de la validez de la operación de cesión hipotecaría. Hasta aquí todo claro, pero al hablar de Jurisprudencia y no de Ley Hipotecaria ya saltan las dudas.

Como el manual sigue explicando en su apartado segundo, respecto a la inscripción registral de la cesión, señala que el cesionario se subrogará en todos los derechos del cedente, aunque no haya inscrito a su favor la cesión. Como ha establecido reiteradamente el Tribunal Supremo: "... la omisión de los requisitos de forma establecidos en el art 149 LH no da lugar a la nulidad, como ya declaró la antigua jurisprudencia (mayo 1905).... sigue la orientación y consiguiente normativa, de que la inscripción es meramente declarativa, y en consecuencia, sólo robustece el título frente a terceros a los efectos de la fe pública registral, y por ello la inscripción no tiene valor constitutivo tratándose de cesión de créditos hipotecarios.

No se, lo de Jurisprudencia me chocó y recordé la Sentencia anteriormente mencionada.

En fin, yo la doy por mal contestada y veremos qué deciden, alguno va a presentar reclamación a esta o a la segunda?

Respecto al resto de preguntas, no hay duda, verdad?

Un saludo



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Re:Post Oficial septiembre 2014 Derecho Civil III
« Respuesta #214 en: 04 de Septiembre de 2014, 00:53:04 am »
Naxto yo también lo entendí así, los enunciados son diferentes y pensé que iban a pillar en esta. Yo dependo de la 2 y la 12 para aprobar o quedarme a las puertas.

Suerte!

Desconectado kko21

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Re:Post Oficial septiembre 2014 Derecho Civil III
« Respuesta #215 en: 04 de Septiembre de 2014, 12:06:45 pm »
TIPO B

1 C
2 ?¿ A o C
3 A
4 A
5 B
6 C
7 C
8 C
9 A
10 C
11 A
12 ?¿ A o C
13 A
14 C
15 C
16 C
17 B
18 B
19 B
20 B


Esto parece definitivo con las dudas de la 2 y la 12


Desconectado fsanzcaballero

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Re:Post Oficial septiembre 2014 Derecho Civil III
« Respuesta #216 en: 04 de Septiembre de 2014, 12:17:57 pm »
Pero entonces estais todos 100% seguros de que la pregunta de la fe pública registral no es fe pública registral?? ay dios mío la única pregunta que necesito para quitarme el muerto de asignatura. pfffff

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Re:Post Oficial septiembre 2014 Derecho Civil III
« Respuesta #217 en: 04 de Septiembre de 2014, 12:19:56 pm »
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Pero entonces estais todos 100% seguros de que la pregunta de la fe pública registral no es fe pública registral?? ay dios mío la única pregunta que necesito para quitarme el muerto de asignatura. pfffff

Esa está tal cual en el libro, es exactitud. Lo siento  :-[

Desconectado kko21

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Re:Post Oficial septiembre 2014 Derecho Civil III
« Respuesta #218 en: 04 de Septiembre de 2014, 12:24:37 pm »
Yo a la espera de la 2 y la 12 que son dudosísimas,(puse 2C y 12A), llevo sin contarlas 12 bien 3 mal y 3 en blanco...mal la 6 , la 14 y la 18, la famosa de la Fe Pública registral...

Desconectado Sof

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Re:Post Oficial septiembre 2014 Derecho Civil III
« Respuesta #219 en: 04 de Septiembre de 2014, 12:30:30 pm »
Gracias kko21 por las respuestas. Ahora toca esperar las plantillas oficiales, a ver si salen prontito.. Yo también puse la 2C y la 12A