Para mi es la A y creo que le están dando demasiadas vueltas. Las normas públicas, si mal no recuerdo, son las que tutelan un interés público. No por el mero hecho de que un ente público intervenga en una relación jurídica va a determinar que la norma reguladora de esa relación jurídica sea pública (que es lo que dice la respuesta C), ya que los entes públicos pueden intervenir en relaciones estrictamente privadas en las que la normativa aplicable también lo sea ( por ejemplo el arrendamiento de un local a un particular).