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Autor Tema: QUE CONTESTARIAIS A ESTA PREGUNTA?  (Leído 5479 veces)

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Desconectado yolin

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QUE CONTESTARIAIS A ESTA PREGUNTA?
« en: 22 de Septiembre de 2014, 19:23:39 pm »
 :'(

 Cuál sería la contestación correcta a esta pregunta o la más correcta, unos decimos que la A, otros que la C... una ayudita razonada si puede ser ;)

Una disposición normativa es de Derecho público cuando regula:
a) Relaciones jurídica en las que existe un interés público.
b) Relaciones jurídicas entre particulares.
c) Relaciones jurídicas en las que interviene un ente público.

 :-[


Desconectado seyna

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Re:QUE CONTESTARIAIS A ESTA PREGUNTA?
« Respuesta #1 en: 22 de Septiembre de 2014, 19:30:37 pm »
Hola, como nadie se anima te voy a intentar responder ;), desde mi punto de vista es la respuesta c, ya que el derecho público se caracteriza por la intervención de una administración pública, por lo tanto, tenga o no interés la disposición va aparejada por la intervención del ente público; espero haberte ayudado.

Desconectado derechito_11

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Re:QUE CONTESTARIAIS A ESTA PREGUNTA?
« Respuesta #2 en: 22 de Septiembre de 2014, 19:30:43 pm »
La c, el derecho penal es publico, y hay delitos en los que no tiene interés e incluso es obligado denuncia del perjudicado.

Desconectado benitezroca

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Re:QUE CONTESTARIAIS A ESTA PREGUNTA?
« Respuesta #3 en: 22 de Septiembre de 2014, 19:34:57 pm »
yo también me decanto por la C)

Una disposición es de Derecho Público cuando regula las relaciones entre un ente público y un particular no¿? con independencia de que exista o no interés público.

Desconectado ElGallo

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Re:QUE CONTESTARIAIS A ESTA PREGUNTA?
« Respuesta #4 en: 22 de Septiembre de 2014, 19:40:43 pm »
La preguntita se las trae... Una disposición normativa que regula las relaciones jurídicas en las que interviene un ente público no siempre tiene por qué ser disciplina de Derecho Público. A bote pronto se me viene a la mente la regulación de las denominadas propiedades especiales por el Código Civil, norma estelar de Derecho Privado. O aquellas normas que se refieren a entes públicos cuando actúan con personalidad jurídica privada (bienes patrimoniales, v. g.)

Desconectado amatista

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Re:QUE CONTESTARIAIS A ESTA PREGUNTA?
« Respuesta #5 en: 22 de Septiembre de 2014, 22:18:43 pm »
la C porque es público por razón del órgano que dispone , nada que ver necesariamente con el interés. es para pillar si no lo tienes bien claro.

Desconectado golfo119

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Re:QUE CONTESTARIAIS A ESTA PREGUNTA?
« Respuesta #6 en: 23 de Septiembre de 2014, 07:39:38 am »
Como comento el compañero, los entes públicos también intervienen en relaciones de Derecho privado...

Salu2

Desconectado hektor7

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Re:QUE CONTESTARIAIS A ESTA PREGUNTA?
« Respuesta #7 en: 23 de Septiembre de 2014, 07:57:19 am »
Respecto a la C, un ente público (por ejemplo agencias públicas) pueden regular sus relaciones contractuales a través de derecho privado, por lo que la C considero que no siempre es cierta. Me dacantaría por la A, pero bueno, es mi opinión  :P

Desconectado lidia15378

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Re:QUE CONTESTARIAIS A ESTA PREGUNTA?
« Respuesta #8 en: 23 de Septiembre de 2014, 08:38:10 am »
Para mí la respuesta correcta es la C.

No se pregunta por qué derecho se rige un ente público, sino cuando una disposición normativa es de derecho público y a eso se responde con la C ¿qué tiene que ver que un ente público se pueda regir por derecho privado si eso no nos lo están preguntando?

Yo no veo que la pregunta tenga ningún doble sentido ni que esté incompleta.

En los exámenes de test hay que ceñirse a la pregunta y no buscar los 3 pies al gato.

No puedes ver los enlaces. Register or Login despues de mas de 10 años el reencuentro. Increíble.

Desconectado jaguado27

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Re:QUE CONTESTARIAIS A ESTA PREGUNTA?
« Respuesta #9 en: 23 de Septiembre de 2014, 09:47:11 am »
Lidia yo pensaba en la A, pero después de leer tu respuesta, lo veo claro que es la C.

Desconectado Aronera

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Re:QUE CONTESTARIAIS A ESTA PREGUNTA?
« Respuesta #10 en: 23 de Septiembre de 2014, 10:01:05 am »
para mi esta muy claro la C

Desconectado derechito_11

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Re:QUE CONTESTARIAIS A ESTA PREGUNTA?
« Respuesta #11 en: 23 de Septiembre de 2014, 10:11:20 am »
De hecho cuanto mas interés tiene un ente publico en un asunto, se "transforman" en entes de derecho privado para evitar el derecho publico, es la c.

Desconectado pitu448

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Re:QUE CONTESTARIAIS A ESTA PREGUNTA?
« Respuesta #12 en: 23 de Septiembre de 2014, 10:26:13 am »
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:'(

 Cuál sería la contestación correcta a esta pregunta o la más correcta, unos decimos que la A, otros que la C... una ayudita razonada si puede ser ;)

Una disposición normativa es de Derecho público cuando regula:
a) Relaciones jurídica en las que existe un interés público.
b) Relaciones jurídicas entre particulares.
c) Relaciones jurídicas en las que interviene un ente público.

 :-[

Para mí esta clara que es la "A", voy a poner un ejemplo,  La Ley de Seguridad Vial, ¿es una disposición normativa de Derecho Público? pues si, regula el interés público en este caso, puede intervenir un ente público o solo particulares, si tu te saltas un semáforo, el ínterés de que no te lo saltes es público, y solo has intervenido tú.

Desconectado Iker014

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Re:QUE CONTESTARIAIS A ESTA PREGUNTA?
« Respuesta #13 en: 23 de Septiembre de 2014, 10:40:46 am »
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Para mí esta clara que es la "A", voy a poner un ejemplo,  La Ley de Seguridad Vial, ¿es una disposición normativa de Derecho Público? pues si, regula el interés público en este caso, puede intervenir un ente público o solo particulares, si tu te saltas un semáforo, el ínterés de que no te lo saltes es público, y solo has intervenido tú.

Para mi la c) es más correcta.

Hay que tener en cuenta la definición de Derecho público, cuales son sus rasgos identificativos. El Derecho público es el que regula las relaciones de las personas y entidades privadas con el poder público. Por ello, creo que la c) está más al concepto de Derecho público.
Quien pide justicia, pide que le den la razón.

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Re:QUE CONTESTARIAIS A ESTA PREGUNTA?
« Respuesta #14 en: 23 de Septiembre de 2014, 10:45:41 am »
Para mi es la A y creo que le están dando demasiadas vueltas. Las normas públicas, si mal no recuerdo, son las que tutelan un interés público. No por el mero hecho de que un ente público intervenga en una relación jurídica va a determinar que la norma reguladora de esa relación jurídica sea pública (que es lo que dice la respuesta C), ya que los entes públicos pueden intervenir en relaciones estrictamente privadas en las que la normativa aplicable también lo sea ( por ejemplo el arrendamiento de un local a un particular).


Desconectado mjv

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Re:QUE CONTESTARIAIS A ESTA PREGUNTA?
« Respuesta #15 en: 23 de Septiembre de 2014, 11:32:16 am »
Voto por la A.

No siempre que interviene un ente público se aplica el Derecho Público, pero sí se aplica siempre que se trate de un interés público (es lo que le diferencia del Derecho Privado).

Desconectado benitezroca

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Re:QUE CONTESTARIAIS A ESTA PREGUNTA?
« Respuesta #16 en: 23 de Septiembre de 2014, 12:32:35 pm »
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Para mí esta clara que es la "A", voy a poner un ejemplo,  La Ley de Seguridad Vial, ¿es una disposición normativa de Derecho Público? pues si, regula el interés público en este caso, puede intervenir un ente público o solo particulares, si tu te saltas un semáforo, el ínterés de que no te lo saltes es público, y solo has intervenido tú.

Esa ley, entiendo que es de Derecho Público no por que regule un interés público, sino porque no hay una relación de igual a igual.

El Estado impone + el ciudadano obedece = Norma de Derecho Público.

Desconectado cucoi

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Re:QUE CONTESTARIAIS A ESTA PREGUNTA?
« Respuesta #17 en: 23 de Septiembre de 2014, 12:55:58 pm »
Para mi es la A, por que puede haber interés publico, sin que intervenga un ente publico

Desconectado pitu448

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Re:QUE CONTESTARIAIS A ESTA PREGUNTA?
« Respuesta #18 en: 23 de Septiembre de 2014, 12:56:38 pm »
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Esa ley, entiendo que es de Derecho Público no por que regule un interés público, sino porque no hay una relación de igual a igual.

El Estado impone + el ciudadano obedece = Norma de Derecho Público.
Claro que hay un interés público, el Estado protege el interés público, si tu no te saltas el semáforo, el Estado te está protegiendo implicitamente, que es al fin y al cabo lo que interesa, puesto que si te lo saltas puedes provocar un accidente o lesión o daños materiales en tu persona o en terceras personas, bienes jurídicos protegidos como te he reseñado implícitamente por el Estado.

Desconectado benitezroca

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Re:QUE CONTESTARIAIS A ESTA PREGUNTA?
« Respuesta #19 en: 23 de Septiembre de 2014, 13:56:54 pm »
no digo que la regulación vial no tenga interés público, sino que la cuestión en ese momento es la posición de dominancia del ente público, por eso entiendo que es Derecho Público.


Por supuesto que se que la Seguridad Vial es en el interés de todos...