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Autor Tema: Post Oficial septiembre 2014 Derecho Mercantil II  (Leído 35260 veces)

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Desconectado mnieves

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Re:Post Oficial septiembre 2014 Derecho Mercantil II
« Respuesta #40 en: 30 de Julio de 2014, 12:51:03 pm »
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Entiendo que ya lo tienes claro, ¿no?

Es la palabra "aceptante" la que hace que el librado equivalga al firmante del pagaré. Si el librado no acepta, su posición no es equivalente al firmante del pagaré. De hecho, si no acepta, el librado queda fuera de toda relación cambiaria y contra él no habría ni acción de regreso ni acción directa.

Saludos

Gracias compañero; así lo acabé entendiendo. Las acciones sí que las tengo claras, no sé porqué me lié ahí, supongo que fue el tener mal las dos en el examen.  :)


Desconectado IUSMASOQUISTA

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Re:Post Oficial septiembre 2014 Derecho Mercantil II
« Respuesta #41 en: 05 de Agosto de 2014, 14:22:29 pm »
Atención pregunta:

Junio 2013   1ª semana   tipo de examen  A      
29a) El pago de los créditos con privilegio especial:
A Será siempre preferente, con cargo a los bienes o derechos afectos, tanto respecto de los créditos concursales como de la masa [p.559][/i]

Yo debo ser muy torpe, porque no localizo esta respuesta en la página citada DEL manual de este año, o no entiendo lo que dice el art. 155 1 y 2 LC.

¿Alguien me ilumina, plis?

Desconectado Pravias

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Re:Post Oficial septiembre 2014 Derecho Mercantil II
« Respuesta #42 en: 05 de Agosto de 2014, 16:46:16 pm »
Lo que quiere decir que los créditos con privilegio especial son preferentes, viene tanto en la página 559 que hace una referencia como 577 que habla de su pago
El pago de los créditos con privilegio especial será siempre preferente
con cargo a los bienes y derechos afectos (art. 155.1 LC), preferencia que
se ejerce tanto sobre los demás créditos concursales como incluso sobre
los créditos contra la masa
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Desconectado Pedro G.

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Re:Post Oficial septiembre 2014 Derecho Mercantil II
« Respuesta #43 en: 05 de Agosto de 2014, 16:51:37 pm »
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Atención pregunta:

Junio 2013   1ª semana   tipo de examen  A      
29a) El pago de los créditos con privilegio especial:
A Será siempre preferente, con cargo a los bienes o derechos afectos, tanto respecto de los créditos concursales como de la masa [p.559][/i]

Yo debo ser muy torpe, porque no localizo esta respuesta en la página citada DEL manual de este año, o no entiendo lo que dice el art. 155 1 y 2 LC.

¿Alguien me ilumina, plis?

La respuesta está en el Tema 53 del libro, apartado III.10.B El orden de pago, en el subapartado a).

En cuanto a la referencia que haces al art. 155.2 LC, la verdad es que no tiene relación con la pregunta. Del art. 155.1 LC se extrae la primera parte de la respuesta -"El pago de los créditos con privilegio especial se hará con cargo a los bienes y derechos afectos"-, y de art. 157 LC y el segundo párrafo del art. 154 LC se deduce que esa preferencia lo es, no sólo respecto del resto de créditos concursales, sino también respecto de los créditos contra la masa.

Saludos


Desconectado IUSMASOQUISTA

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Re:Post Oficial septiembre 2014 Derecho Mercantil II
« Respuesta #44 en: 05 de Agosto de 2014, 19:12:00 pm »
Gracias a ambos dos por la rápida respuesta.

Me he liado con las palabras "siempre preferentes, cuando se refieren a los créditos privilegiados. Es que no las veía por ninguna parte. Ahora me habéis hecho ver que había que deducirlas mezclando un par de artículos.

A lo mejor corresponde mejor esta pregunta al tema siguiente, como bien decís ambos.

El tenor de la Ley, tan claro como siempre ...

 ;)

Desconectado antolianorivas

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Re:Post Oficial septiembre 2014 Derecho Mercantil II
« Respuesta #45 en: 14 de Agosto de 2014, 19:40:54 pm »
Una curiosidad, compañeros, no encuentro la etimología del término "cartáceo", ni su significado en ningún diccionario.

¿Sabéis alguno su significado?

Desconectado amatista

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Re:Post Oficial septiembre 2014 Derecho Mercantil II
« Respuesta #46 en: 14 de Agosto de 2014, 20:13:08 pm »
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Una curiosidad, compañeros, no encuentro la etimología del término "cartáceo", ni su significado en ningún diccionario.

¿Sabéis alguno su significado?

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Desconectado antolianorivas

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Re:Post Oficial septiembre 2014 Derecho Mercantil II
« Respuesta #47 en: 15 de Agosto de 2014, 00:22:09 am »
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Muchas gracias

Desconectado amatista

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Re:Post Oficial septiembre 2014 Derecho Mercantil II
« Respuesta #48 en: 15 de Agosto de 2014, 00:23:12 am »
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Muchas gracias

Espero te haya servido de ayuda.

Desconectado IUSMASOQUISTA

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Re:Post Oficial septiembre 2014 Derecho Mercantil II
« Respuesta #49 en: 15 de Agosto de 2014, 10:53:26 am »
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Una curiosidad, compañeros, no encuentro la etimología del término "cartáceo", ni su significado en ningún diccionario.

¿Sabéis alguno su significado?


Mándame tu correo y te adjunto la respuesta del ED con ejemplo acerca de la diferencia entre relación cartacea y causal.

elderechomepone@ono.com


Desconectado amatista

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Re:Post Oficial septiembre 2014 Derecho Mercantil II
« Respuesta #50 en: 15 de Agosto de 2014, 11:17:54 am »
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Mándame tu correo y te adjunto la respuesta del ED con ejemplo acerca de la diferencia entre relación cartacea y causal.

elderechomepone@ono.com

¿y sería posible que lo pusieras aquí para que los demás tb lo supiéramos??
ya veo que lo que yo puse, no tendrá nda que ver  :-\

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Re:Post Oficial septiembre 2014 Derecho Mercantil II
« Respuesta #51 en: 15 de Agosto de 2014, 12:14:28 pm »
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¿y sería posible que lo pusieras aquí para que los demás tb lo supiéramos??
ya veo que lo que yo puse, no tendrá nda que ver  :-\

Lo pondría aquí si se pudieran adjuntar archivos, por eso prefiero que me escribáis. El correo lo tenéis arriba, disponible para todo el mundo, como siempre.

Tu respuesta sí que tiene que ver, ese es el tenor literal de la palabra, pero a efectos de entender el epígrafe, creo que se entiende mejor en su contexto.

Desconectado IUSMASOQUISTA

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Re:Post Oficial septiembre 2014 Derecho Mercantil II
« Respuesta #52 en: 15 de Agosto de 2014, 12:16:33 pm »
Bueno, también podéis probar esto ...

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Obligaciones Fundamentales Y Obligaciones Cartáceas.

En  las  relaciones  mercantiles  (entre  las  personas) siempre  existe  negocio  jurídico,  llamado “negocio fundamental”, Ej. Compra-venta, etc. Negocio del que trae causa el título-valor, es decir,  el  título-valor  se  crea  en  base  a  un  negocio  jurídico  fundamental  o  principal.

Ej. Se compra un inmueble y posteriormente se firma la letra por el comprador.

Primero siempre tiene que existir el contrato (en este caso de compra-venta) y posteriormente se crea el título-valor. En el contrato de compra-venta el comprador es el deudor del vendedor porque éste tiene crédito a su favor y el deudor será el que paga la letra. Se crea esta letra por la existencia de un negocio juridico fundamental (contrato de compra-venta).

El negocio fundamental es el que subyace bajo la creación de la letra que debe ir acompañado de la traditio o entrega. En ese momento nace una obligación llamada “cartácea o cartular” porque es abstracta, independiente del negocio fundamental, el cual es la causa de que exista tal obligación.

El título-valor que se crea, produce el nacimiento de una obligación cartácea o cartular, que es diferente de la fundamental, pero de la que trae causa.
Salvo pacto en contrario, los títulos-valores se crean “pro solventi” (se utilizan para obtener un crédito, y pagarlo a posteriori), nunca se crea un título “pro soluto” (es el pago, pero el título-valor se crea para obtener crédito, aplazar los pagos y obtener dinero que no tenemos).

Ej. Cuando compramos una casa, nosotros no tenemos 200000 € pero  el banco nos facilita un crédito  a  través  de  letras  que  tenemos  que  firmar,
lo  que  estamos  haciendo  es  aplazar  o demorar el pago.

Existiendo la obligación fundamental y la cartácea, hasta que no se pague la cartácea no se ha pagado  la  fundamental,  pero  hasta  el  momento  del  vencimiento  de  la  cartácea  queda  la fundamental en suspenso.
Cuando  llegado  el  vencimiento  de  la  cartácea  no  se paga  y  se  cumple  el  requisito  del “protesto” (acta notarial declarando que no se ha pagado la letra), la obligación fundamental y la  cartácea  perviven  y  no  se  extinguen,  y  el  acreedor  puede  ejercitar,  o  bien  la  obligación derivada  de  la  cartácea,  llamada  Acción  Cambiaria  o  bien  realizar  la  derivada  de  la
fundamental, llamada Acción de Cumplimiento Contractual.

La relación cartacea se refiere a la relación cambiaria a través del pagare. Por otra parte, existe la relación subyacente, relación causal.
Ambas relaciones no se mezclan, lo cual es muy importante en relación a las acciones y  excepciones que se pueden oponer entre quienes participan en la letra de cambio y pagaré.



Desconectado antolianorivas

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Re:Post Oficial septiembre 2014 Derecho Mercantil II
« Respuesta #53 en: 15 de Agosto de 2014, 22:29:37 pm »
Muchas gracias compañero, acabo de leerlo y queda claro

Desconectado amatista

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Re:Post Oficial septiembre 2014 Derecho Mercantil II
« Respuesta #54 en: 15 de Agosto de 2014, 23:11:56 pm »
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Bueno, también podéis probar esto ...

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un millón de gracias Iusmasoquista.  :)

Desconectado marco.leon

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Re:Post Oficial septiembre 2014 Derecho Mercantil II
« Respuesta #55 en: 27 de Agosto de 2014, 18:54:55 pm »
Después de repasar el compendio de test y echarle un vistazo a los exámenes del segundo parcial; ¿Jodidos no? Las preguntas no parecen tan "elementales" como en el primer parcial o serán cosas mías. No me presenté al segundo parcial

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Re:Post Oficial septiembre 2014 Derecho Mercantil II
« Respuesta #56 en: 28 de Agosto de 2014, 10:09:16 am »
Tienes razon, lo cierto es que tambien la materia es mas complicada, de cualquier forma si fueron un poco retorcidos al elegir las preguntas

Desconectado blapresta1

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Re:Post Oficial septiembre 2014 Derecho Mercantil II
« Respuesta #57 en: 04 de Septiembre de 2014, 17:16:49 pm »
Alguien que haya hecho el examen de hoy 1pp modelo A,que las haya corregido???

Desconectado amatista

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Re:Post Oficial septiembre 2014 Derecho Mercantil II
« Respuesta #58 en: 04 de Septiembre de 2014, 18:07:00 pm »
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Alguien que haya hecho el examen de hoy 1pp modelo A,que las haya corregido???
el examen de licenciatura no es mañana viernes? ???

Desconectado marti_vf

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Re:Post Oficial septiembre 2014 Derecho Mercantil II
« Respuesta #59 en: 04 de Septiembre de 2014, 18:21:51 pm »
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el examen de licenciatura no es mañana viernes? ???

El examen de licenciatura 1PP es mañana a las 9 igual que el de grado