Dentro de lo que establezca la regulación de las CCAA y mediante procedimientos con publicidad y concurrencia...entiendo yo...
"...Las CCAA deberán regular el dº de iniciativa de los particulares, sean o no propietarios de los terrenos, en ejercicio de la libre empresa, para la actividad de ejecución de la urbanización cuando ésta no deba o no vaya a realizarse por la propia Admón. competente. La habilitación a particulares, para el desarrollo de esta actividad, deberá atribuirse mediante procedimientos con publicidad y concurrencia..."
Pero tampoco te lo aseguro, yo la verdad es que estoy memorizando sin más, y deseando perder de vista este Departamento.