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Autor Tema: Turno de Oficio  (Leído 3325 veces)

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Desconectado rocio123

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Turno de Oficio
« en: 11 de Mayo de 2010, 17:54:58 pm »

Antes que nada saludos a tod@s soy nueva en el foro. He intentado poner este mensaje en el apartado de licenciados pero no me deja; así que lopongo aquí a ver si algún licenciado colegiado me puede orientar.

Tengo intención de empezar a estudiar este año el Grado en Derecho  a través de la UNED; pero por situación personal (cobro una pensión del Estado) no podría trabajar en nada público. Indagando sobre la carrera, salidas y demás, he visto que es obligatorio colegiarse para ejercer y he indagado sobre el tema del Turno de Oficio. Según la conclusión que he sacado los abogados de oficios son aquellos abogados colegiados que deciden pertenecer en dicho colegio al Turno de Oficio. He leido la normativa y pone que es voluntario el apuntarse a dicho turno de oficio pero que podrá ser obligatorio si no se ocupan los puestos necesarios en alguna demarcacion territorial.

Si yo decidiese pertenecer al turno de oficio ¿se podría considerar una actividad pública y por tanto ser incompatible con mi pension publica?¿quien paga a los del turno de oficio, el ministerio de justicia directamente o el colegio? ¿puede obligarte el colegio a pertenecer al turno de oficio en algun momento o es solo voluntario?


A ver si alguien colegiado sabe responderme u orientarme. Saludos y gracias.


Desconectado amartin654

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Re: Turno de Oficio
« Respuesta #1 en: 11 de Mayo de 2010, 20:52:03 pm »
Buenas tardes, compañera Rocío. Yo también soy funcionario del Estado, aunque en activo, no cobro ninguna pensión, pero conozco bastante bien el tema, te explico:

Las pensiones que paga el Estado a sus funcionarios públicos integrados en el Régimen de Clases Pasivas del Estado pueden compatibilizarse con cualquier trabajo fuera del sector público, es decir, en el sector privado exclusivamente. Esto no ocurre con los trabajadores integrados en el Régimen General de la Seguridad Social, quienes tienen que optar obligatoriamente entre cobrar la pensión o seguir trabajando.

Pues bien, si cobras una pensión como funcionario del Estado, puedes trabajar al mismo tiempo en el sector privado sin problemas. Si eres licenciada en Derecho, o cuando lo seas, te puedes colegiar, y serías una profesional autónoma y en el sector privado. Y si cumples los duros requisitos del Colegio de Abogados de tu Provincia y consigues que te apunten al Turno de Oficio, seguirías trabajando en el sector privado como una profesional autónoma, sin problemas.

No sé si te he ayudado en algo.

Saludos cordiales de Álex desde Huelva.
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Desconectado fsalas

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Re: Turno de Oficio
« Respuesta #2 en: 12 de Mayo de 2010, 17:48:59 pm »
De momento no hay impedimento, pero he oido que están pensando en hacer incompatible ser funcionario con ser letrado del Turno de Oficio.
Normalmente, para pertenecer al turno (al día de hoy) hay que hacer una serie de cursos y llevar tres años colegiado, ten en cuenta que a tí además de estudiar el grado, para colegiarte como abogada te harán cursar el master en cuestión más las prácticas que serán obligatorias.