Si Pravias, te entiendo perfectamente igual que a Faranaz, y no quiero polemizar sobre lo que cada uno ha puesto. Seguro que el ED dará como buena la opción vuestra. Pero mi queja es la inseguridad que se nos plantea en estos casos. Por supuesto que si explicas y fundamentas tus opiniones siempre que esten debidamente fundadas en derecho no habrá problema, pero yo voy un poco mas allá. Si contestas SI, estas diciendo que ante un olvido o un error de contabilización en un ejercicio, al siguiente lo meto en mi autoliquidación y punto, aquí no ha pasado nada, y ese no es el espiritu de la norma, sino lo contrario, precisamente lo que se enuncia en los arts. 19.1 y 19.3 LIS. Y le doy vueltas por que entiendo que al final, como te digo, daran como bueno el SI frente al NO que yo defiendo... pero....