Vivero 56
La sociedad A...
1 Ha cedido unas patentes para la fabricación de luminarias a una filial portuguesa
A la pregunta será una prestación de servicio según el art 11 LIVA por la Socidad A
Art. 11 2 en particular se considerarán prestaciónes de servicios:
4º Las cesiones y concesiones de derechos de autor, licencias patentes...
y en base al art 69 esta prestación no se entenderá realizada en el territorio de aplicación del impuesto, toda vez que el destinatario tiene la condición de enpresario o profesional y no está establecido en este territorio. En consecuencia la prestación no estará sujeta al IVA,
Art 69 Uno
1º Cuando el destinatario sean un empresario o profesional que actúe como tal y radique en el citado territorio la sede de su actividad económica, o tenga en el mismo un establecimiento permanente o, en su defecto, el lugar de su domicilio o residencia habitual, siempre que se trate de servicios que tengan por destinatarios a dicha sede, establecimiento permanente, domicilio o residencia habitual, con independencia de donde se encuentre establecido el prestador de servicios y el lugar desde el que los preste
O sea el destinatario es un enpresario portugues y radica en Portugal y cumple los requisitos de la primera parte del apartado 1º
El que presta los servicios es un empresario (se supone) español y radica en España, y segun la parte final: con independencia de donde se encuentre establecido el prestador de servicios y el lugar desde el que los preste.
Así pues lo veo al reves que Vivero, seguro que estoy en error
saludos