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Autor Tema: Casos Derecho Romano  (Leído 13371 veces)

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Desconectado Alatriste

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Re:Casos Derecho Romano
« Respuesta #40 en: 17 de Abril de 2013, 19:51:56 pm »
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Madre mía, si yo sólo había añadido a los documentos de alf las instituciones y pensaba que ya estaba preparado para empollármelo y listo... Entonces lo que está colgado en alf no vale?

No es que no valga, mas vale eso que nada, pero que sea suficiente....creo que lo comentamos ya por aquí, son demasiado "escuetos". También esta puesta la teoria, pero igualmente a modo de resumen y es posible que con eso sea suficiente para un aprobado. Un caso bien resuelto, poniendo la teoria correspondiente y con todos los apartados recomendados (según sea el caso) puede desarrollarse entre una a tres o cuatro páginas (Los de la PEC nos ocupan dos y a veces les parece insuficientemente desarrollado) Así pues, en mi opinión saberselo tal cual estan puestos ya es saberse bastante, pero no lo suficiente para que te den los tres puntos, no obstante seran ellos quien corrijan y pongan su personal criterio
Un saludo


Desconectado violeta10

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Re:Casos Derecho Romano
« Respuesta #41 en: 17 de Abril de 2013, 20:41:26 pm »
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La solucion es 50/50 ya que Estico no es el inventor/descubridor/ solo lo desentierra y por tanto es la mitad para el propietario del fundo y la otra mitad para quien lo descubre /Cayo.

Otra cosa es que el descubridor hubiese sido Estico, aqui si sería 75/25 %. ;D


+1 según las reglas del tesoro, el 50% es para Cayo que es el descubridor.

Desconectado Rdb94

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Re:Casos Derecho Romano
« Respuesta #42 en: 18 de Abril de 2013, 09:13:22 am »
Yo creo que deberíamos poner las dos opciones, no cuesta memorizar esto, porque ambas son válidas. Cayo lo encuentra, y Estico lo desentierra y se lo da a sus dos dueños como si fuera él mismo el descubridor. Por lo que yo creo que deberíamos poner las dos opciones, es decir, ponemos que en un principio el tesoro se repartiría 75% Ticio y 25% Sempronio siempre y cuando Cayo no obligue a Ticio a devolverle y presentar el tesoro, ya que principalmente él es el inventor. Creo que es la opción más completa, ya que se dan ambos casos... Y lo que publican en Alf pues como que son capaces de no complicarse la vida y poner lo que les salga de ahí...
Nos exigimos más porque lo necesitamos, no porque nos guste.

Desconectado focalinda

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Re:Casos Derecho Romano
« Respuesta #43 en: 18 de Abril de 2013, 09:33:51 am »
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Yo creo que deberíamos poner las dos opciones, no cuesta memorizar esto, porque ambas son válidas. Cayo lo encuentra, y Estico lo desentierra y se lo da a sus dos dueños como si fuera él mismo el descubridor. Por lo que yo creo que deberíamos poner las dos opciones, es decir, ponemos que en un principio el tesoro se repartiría 75% Ticio y 25% Sempronio siempre y cuando Cayo no obligue a Ticio a devolverle y presentar el tesoro, ya que principalmente él es el inventor. Creo que es la opción más completa, ya que se dan ambos casos... Y lo que publican en Alf pues como que son capaces de no complicarse la vida y poner lo que les salga de ahí...

Cuando dices "ponemos que en un principio el tesoro se repartiría 75% Ticio y 25%",  Rdb94, esta es una respuesta jurisprudencial en un supuesto que claro que se puede poner, si cae en el examen yo la pondré pero como tal jurisprudencia, PERO NO ES LA RESPUESTA DEL CASO YA QUE LA RESPUESTA estricta del caso es 50/50 porque Cayo es el descubridor. Ean el supuesto de que Cayo no obligue a Ticio a devolverle y presentar el tesoro, se lo quedaria Ticio como propiestario del fundo, Estico, como esclavo, solo es una "cosa" instrumento omáquina si queremos, como si fuese una grua que lo desntierra, nada más, no lo descubre. Venga que al final de la mañana pasamos al siguiente caso. :) :) :) :) :)

Desconectado jorsano1984

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Re:Casos Derecho Romano
« Respuesta #44 en: 18 de Abril de 2013, 12:58:54 pm »
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Eso claro, si ponemos que Cayo pide tal acción... Al final que hacemos, ¿Cayo y Ticio 50-50%, o Ticio 75% y Sempronio 25% ?

Yo creo que deberiamos poner 75 y 25 % y explicar de modo muy breve (el espacio tasado apremia) que tb otra solucion podria ser 50-50 % y explicar en un par de lineas el porque.

Desconectado jorsano1984

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Re:Casos Derecho Romano
« Respuesta #45 en: 18 de Abril de 2013, 13:03:33 pm »
¿Que opinais de hacer un documento redactado con la solucion explicada bien para solo tener que empollarla y vomitarla de cara al examen?.
Yo me brindo a hacer cualquier otra/s (esta no, ya que no he estado activo en el debate) y subirla via Dropbox para tener todos los casos.
Tb propongo crear un hilo para cada caso practico y asi agilizar un poco, que queda poco para el examen. Si os parece bien creo los otros 9 hilos correspondientes y pongo el enlace aqui para que sea accesible sin problemas.

Saludos y disculpad por tardar tanto en aparecer, pero tengo bastante lio

Desconectado Rdb94

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Re:Casos Derecho Romano
« Respuesta #46 en: 18 de Abril de 2013, 14:35:27 pm »
Pues ya la única vía que veo es que hagamos uno con el 75%-25% y otro con los dos supuestos y explicados brevemente... y ya que cada uno tire del que quiera... Porque aquí cada uno tiene su opinión, que hay que acabar cuanto antes.
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Desconectado Rdb94

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Re:Casos Derecho Romano
« Respuesta #47 en: 18 de Abril de 2013, 14:39:00 pm »
Las acciones las ponemos por orden ''cronológico'' o por las partes que intervienen o denuncian?
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Desconectado jorsano1984

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Re:Casos Derecho Romano
« Respuesta #48 en: 18 de Abril de 2013, 16:06:44 pm »
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Las acciones las ponemos por orden ''cronológico'' o por las partes que intervienen o denuncian?

Yo en el foro ALF he oido a un profesor ''recomendar'' ponerlas por el orden cronologico, ya que ''se ve mas claro, es mas sencillo y asi no hay opcion de equivocarse''

Desconectado Estefaniams

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Re:Casos Derecho Romano
« Respuesta #49 en: 18 de Abril de 2013, 16:45:09 pm »
Estoy de acuerdo con Jorsano en todo.

Alguien podría hacerse cargo de redactar las instituciones, acciones y demás que hemos dicho aquí. Luego que cada uno decida lo que pone en el examen.

Lo de los hilos aunque será un jaleo tener tantos hilos permite resolverlos con más velocidad porque a lo mejor hay gente que este caso lo ha finiquitado hace rato y algunos seguimos dándole vueltas.



Desconectado jorsano1984

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Re:Casos Derecho Romano
« Respuesta #50 en: 18 de Abril de 2013, 21:53:30 pm »
Pues creo los hilos y los pego en este post y en el hilo oficial de la asignatura para que sea accesible por todos y asi ir poniendonos manos a la obra.
Saludos

Desconectado jorsano1984

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Caso Romano 2: UNO COMPRA UN FUNDO CON AGUA Y LO VENDE SIN AGUA
« Respuesta #51 en: 18 de Abril de 2013, 21:55:12 pm »

Había tres predios (A, B y C), de distinto dueño (Ticio, Cayo y Sempronio), uno a continuación del otro. El dueño del predio inferior (Sempronio) había adquirido para este predio inferior, una servidumbre de aguas sobre el fundo superior (A), y conducía el agua a su campo a través del fundo intermedio (B), con consentimiento del propietario (Cayo) de éste.
El dueño del predio inferior (Sempronio) compró después el predio superior (A), y más tarde vendió a Mario el fundo inferior (C), al cual había conducido el agua.
Se preguntó si acaso el fundo inferior (C) habría perdido el derecho al agua, debido a que al haber pasado a ser los dos predios del mismo dueño, no habían podido tener entre ellos al servidumbre.

Desconectado jorsano1984

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Caso Romano 3: SERVIDUMBRE DE NO ELEVAR LA EDIFICACIÓN
« Respuesta #52 en: 18 de Abril de 2013, 21:56:34 pm »

Yo Cayo, tengo una casa que está gravada con la servidumbre de no poder elevar la edificación a favor de la casa de Lucio Ticio y a favor de la Casa de Publio Mevio. Pedí en precario a Ticio que me autorizase a elevarla y así la tuve durante el tiempo prescrito. ¿Adquiriré por usucapión la libertad de la servidumbre?.

Desconectado teufel

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Re:Caso Romano 3: SERVIDUMBRE DE NO ELEVAR LA EDIFICACIÓN
« Respuesta #53 en: 18 de Abril de 2013, 21:59:51 pm »
Juliano: Afirma que la libertad de servidumbre por usucapión solo se consigue con respecto a una sola servidumbre. Es decir, que si uno me remite la servidumbre, aún quedaré obligado al otro. Cayo, adquirirá por usucapión (Prescrito 2 años) la libertad de la servidumbre de la casa de Ticio. Pero la servidumbre de Plubio Mevio se sigue manteniendo.

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Caso Romano 4: LA CASA DE BAÑOS Y EL ESCLAVO PRINGADO
« Respuesta #54 en: 18 de Abril de 2013, 22:01:04 pm »

El arrendatario de una casa de baños a partir de las próximas calendas de julio pactó que el esclavo Eros quedara pignorado para el acreedor hasta el pago de los alquileres y antes de las calendas de julio, pignoró ese mismo esclavo a otro acreedor por una cantidad prestada. Se consultó a Juliano si el pretor debía proteger al arrendador contra el acreedor si reclamase al esclavo Eros.

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Caso Romano 5: EL COLONO HIPOTECA SUS APEROS Y GANADO
« Respuesta #55 en: 18 de Abril de 2013, 22:02:44 pm »

Si un colono (arrendatario) convino que los efectos introducidos y lo que naciese en la finca quedara en prenda, y antes de introducirlos hubiese dado la misma cosa en hipoteca a otro y luego los hubiera introducido en el fundo ¿quién será preferente, el arrendador o el otro acreedor?.

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Caso Romano 6: LAS CARTAS DEL BANQUERO QUE RECIBE UN DEPÓSITO DE DINERO
« Respuesta #56 en: 18 de Abril de 2013, 22:04:32 pm »

En la sociedad formada por dos banqueros uno de los socios, que también ejercía actividades comerciales o financieras por su cuenta, había logrado con ellas una ganancia. Se pregunta al jurista si debía considerarse de la sociedad, es decir de los dos socios o si por el contrario, pertenecía exclusivamente al socio que había obtenido la ganancia.

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Caso Romano 7: EL FUNDO QUE SE VENDIÓ DOS VECES
« Respuesta #57 en: 18 de Abril de 2013, 22:06:11 pm »

Si tú Cayo, hubieras comprado a Ticio un fundo propiedad de Sempronio, y te hubiese sido entregado, pero una vez pagado el precio, Ticio hubiese llegado a ser heredero de Sempronio, y hubiese entregado el mismo fundo a Mevio ¿De quien será el fundo¿ ¿Qué acciones se ejercitarán?

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Caso Romano 8: EL EDIL ARBITRARIO
« Respuesta #58 en: 18 de Abril de 2013, 22:07:43 pm »

Ticio, vendió unas camas a Cayo y convino que se las entregaría en su domicilio. No encontrándole dejó las camas a la puerta de la casa de Cayo. El edil mandó destruir las camas compradas que habían sido colocadas en la vía pública. ¿Quién sufrió la pérdida de las camas y qué acción ejercitará contra el edil?.

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Caso Romano 9: LA ESPAÑOLA CASADA CON EL ROMANO Y ABANDONADA
« Respuesta #59 en: 18 de Abril de 2013, 22:09:00 pm »

Un ciudadano romano, padre de familia, después de permanecer una larga temporada en España, y de haber contraído matrimonio con una española, regresó a Roma dejando en España a su mujer que se encontraba encinta. Al llegar a Roma contrajo de nuevo matrimonio, con una romana sin preocuparse de notificar a la española que quería divorciarse de ella. De la unión con la mujer española nació un hijo y otro de la unión con la romana. Muerto el romano sin testar, los peritos en derecho se plantean Ia cuestión de cual de los dos matrimonios será válido y si debe heredar el hijo de la española o de la romana.