;

Autor Tema: Servidumbre de paso (impedimento)  (Leído 5315 veces)

0 Usuarios y 1 Visitante están viendo este tema.

Desconectado Sercanesp

  • Usuario activo
  • **
  • Mensajes: 63
  • Registro: 24/09/13
  • www.uned-derecho.com
Servidumbre de paso (impedimento)
« en: 30 de Junio de 2014, 20:18:28 pm »
El tema que propongo es sobre una "servidumbre de paso".
Se trata de una finca rústica que no tiene acceso al camino público más cercano.
Durante décadas los propietarios han accedido a la finca por un acceso que el anterior dueño de la finca sirviente tenía acordado con los propietarios de las fincas que quedaban detrás de esta. Nunca hubo problemas hasta que desde hace un año, un nuevo propietario decide que no deja pasar a nadie alegando que "en su propiedad hace lo que quiere" y "no se puede partir una finca por la mitad".
El caso es que, no aparece reflejada la servidumbre de paso en las escrituras, pero sí en los planos del SigPac, e, incluso los técnicos del Ayuntamiento han emitido informes favorables a los ahora impedidos a pasar, y se ha instado al propietario de la finca antes sirviente a respetar la regulación de esta figura en el Código Civil (art. 564), algo que ha negado. No contento con eso, el nuevo propietario, además de amenazar, ha trazado una zanja profunda, impidiendo definitivamente el paso.
La cuestión es ¿cómo resolver el conflicto? ¿Es posible obligar al propietario a respetar la servidumbre de paso sin necesidad de demandarle? ¿Se le podría expropiar el paso para evitar impedimentos posteriores?.
Un saludo.

Honeste vivere, alterum non laedere cuique suum tribuere

Desconectado abogado M

  • Licenciados
  • *
  • Mensajes: 2872
  • Registro: 25/05/10
Re:Servidumbre de paso (impedimento)
« Respuesta #1 en: 30 de Junio de 2014, 21:13:37 pm »
   No se puede expropiar pero sí se puede exigir la constitución de la servidumbre de paso y su inscripción en el registro corriendo gachupino soberbio con todos los gastos. Y por supuesto tiene que tapar la zanja que ha hecho.
Puigdemont, Forcadell, Trapero...¡TODOS A LA CÁRCEL!

Desconectado Sercanesp

  • Usuario activo
  • **
  • Mensajes: 63
  • Registro: 24/09/13
  • www.uned-derecho.com
Re:Servidumbre de paso (impedimento)
« Respuesta #2 en: 01 de Julio de 2014, 10:06:38 am »
Entiendo que si el propietario se negase a colaborar en la inscripción de la servidumbre de paso en el Registro, se le debería demandar por la vía civil ¿verdad? ¿o existiría otro procedimiento más pragmático y menos largo?
Honeste vivere, alterum non laedere cuique suum tribuere

Desconectado uc3malv

  • Usuario Junior
  • *
  • Mensajes: 8
  • Registro: 04/08/14
  • www.uned-derecho.com
Re:Servidumbre de paso (impedimento)
« Respuesta #3 en: 05 de Agosto de 2014, 00:44:11 am »
La cuestión que planteas Sercanesp es muy complicada...

En principio, la única manera de conseguir que el dueño del predio sirviente respete la servidumbre sería ejercitar una acción confesoria de servidumbre, ante el juzgado de primera instancia, a fin de que en virtud de sentencia se reconozca la existencia de tal servidumbre. Ahora bien, según lo que comentas, la servidumbre no se encuentra inscrita en el Registro de la Propiedad, ni en el folio de la finca sirviente ni de la dominante... Aunque sabemos que las inscripciones registrales tienen carácter meramente informativo frente a tercero, y no son por tanto constitutivas de derechos reales, se os plantearía un problema de prueba, pues no figura "título" que recoja la existencia de tal servidumbre, por lo que tendríais que demostrar la usucapión de la misma durante plazo ininterrumpido de 20 años.

Aún demostrando dicho uso permanente, nos planteas que hay entre medias un tercer adquirente... y es en este punto donde la inscripción registral tiene importancia capital. El nuevo propietario podría alegar la protección del tercero germánico frente a vuestra pretensión, conforme al art. 34 LH, pues adquirió de propietario con justo título y en principio, salvo que demostréis lo contrario (es la única salida que veo), de buena fe, con lo que no le son oponibles derechos reales no inscritos ni conocidos al tiempo de la compraventa de la finca.

El caso es complejo y sólo veo dos salidas: demostrar usucapión si nadie tiene título donde se refleje la existencia de la servidumbre, o destruir la presunción de buena fe del tercero adquirente que, si tiene un buen abogado, alegará de seguro en el posible pleito.

Desconectado uc3malv

  • Usuario Junior
  • *
  • Mensajes: 8
  • Registro: 04/08/14
  • www.uned-derecho.com
Re:Servidumbre de paso (impedimento)
« Respuesta #4 en: 05 de Agosto de 2014, 00:53:12 am »
Completo la respuesta. Todo lo anterior es válido para el caso en el que la servidumbre de paso sea, por así decirlo, una servidumbre "no necesaria", esto es, pactada entre los propietarios y existiendo entrada distinta a las fincas dominantes.

En el caso de que las fincas se encontrasen enclavadas de tal forma que no tuvieran acceso a camino público, la ley establece la obligación de la finca con acceso a vía pública a soportar servidumbre de las enclavadas, con indemnización para aquella. El procedimiento sería el mismo: acción confesoria ante el juzgado de primera instancia que corresponda.

Desconectado Sercanesp

  • Usuario activo
  • **
  • Mensajes: 63
  • Registro: 24/09/13
  • www.uned-derecho.com
Re:Servidumbre de paso (impedimento)
« Respuesta #5 en: 12 de Agosto de 2014, 15:54:11 pm »
Gracias por la respuesta. Una acción confesatoria ¿exactamente en qué consiste?
Honeste vivere, alterum non laedere cuique suum tribuere