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Autor Tema: TRABAJO 2º PARCIAL  (Leído 18481 veces)

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Desconectado ARLICEN

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Re:TRABAJO 2º PARCIAL
« Respuesta #100 en: 30 de Mayo de 2015, 16:33:26 pm »
Enlace con el automatico en el 7 mensaje de este chat ,
yo mismo lo deje, despues de que Dangoro lo pusiese .Saludos


Desconectado jsoriguer1

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Re:TRABAJO 2º PARCIAL
« Respuesta #101 en: 30 de Mayo de 2015, 18:52:12 pm »
Son de Dangoro, funcionan bien con Firefox, aunque a mi con Chrome, también me a funcionado

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Desconectado dangoro

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Re:TRABAJO 2º PARCIAL
« Respuesta #102 en: 30 de Mayo de 2015, 23:37:54 pm »
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Son de Dangoro, funcionan bien con Firefox, aunque a mi con Chrome, también me a funcionado

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No valen para licenciatura. Los de derecho incluyen los bloques dos y tres del libro y los de Trabajo social es materia que no entra en licenciatura.

Desconectado jsoriguer1

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Re:TRABAJO 2º PARCIAL
« Respuesta #103 en: 31 de Mayo de 2015, 18:06:12 pm »
Gracias Dangoro, pero alguno si valdrá, pues como dices he visto algunos que no tocan, pero otros si.

Saludos

Desconectado INMA34

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Re:TRABAJO 2º PARCIAL
« Respuesta #104 en: 31 de Mayo de 2015, 18:30:12 pm »
El test ha estado tirao. pero claro, me equivoque en dos preguntas, lo de la legislación, que por no rizar el rizo elegí legislación a secas, nada de básica y lo de la inscripción del empresario es que ni lo leí....así que un 7... y yo pensando que era un 9  :'( :'(
La pregunta de desarrollo unas cuantas ideas sueltas y mal hiladas...
Pasito a pasito lo lograre, y todos seran testigos de mi triunfo... Quiero ser abogada!!

Desconectado kazaj

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Re:TRABAJO 2º PARCIAL
« Respuesta #105 en: 31 de Mayo de 2015, 21:19:53 pm »
Buenas noches, alguien podría mandarme los resúmenes para hacer el último repaso? Muchas gracias.

Mi correo es: kazaj_212@hotmail.com

Desconectado bramdom

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Re:TRABAJO 2º PARCIAL
« Respuesta #106 en: 31 de Mayo de 2015, 23:59:06 pm »
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El test ha estado tirao. pero claro, me equivoque en dos preguntas, lo de la legislación, que por no rizar el rizo elegí legislación a secas, nada de básica y lo de la inscripción del empresario es que ni lo leí....así que un 7... y yo pensando que era un 9  :'( :'(
La pregunta de desarrollo unas cuantas ideas sueltas y mal hiladas...

Un 7 porqué?? Cuantas has contestado?? Será un 6.....

Desconectado ejavier10

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Re:TRABAJO 2º PARCIAL
« Respuesta #107 en: 01 de Junio de 2015, 09:34:08 am »
Bueno,yo, como lo llevo fatal, voy a la segunda semana. A ver que pasa. El test me ha parecido asequible y respecto a la pregunta de desarrollo reitero la pregunta de un compañero ¿es necesario aprobar esa parte por separado?. Madre mía que nervios.....

Desconectado jsoriguer1

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Re:TRABAJO 2º PARCIAL
« Respuesta #108 en: 01 de Junio de 2015, 09:45:47 am »
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Gracias Dangoro, pero alguno si valdrá, pues como dices he visto algunos que no tocan, pero otros si.

Saludos


Dangoro, tu que dominas el tema, ¿podrías hacernos una selección de los test para los de Licenciatura?

Saludos y gracias

Desconectado ejavier10

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Re:TRABAJO 2º PARCIAL
« Respuesta #109 en: 01 de Junio de 2015, 09:47:03 am »
Ya lo he encontrado en unas "instrucciones examen ....."
CALIFICACION FINAL DE LA PRUEBA PRESENCIAL: Media aritmetica de las dos partes siempre que ambas se superen con un cinco........

Desconectado jsoriguer1

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Re:TRABAJO 2º PARCIAL
« Respuesta #110 en: 03 de Junio de 2015, 09:06:02 am »
Hay una pregunta de tests referente a los periodos de cotización/edad exigida, no creo que se tenga que memorizar, seguirá una cadencia que habra que estudiar.

Saludos

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Re:TRABAJO 2º PARCIAL
« Respuesta #111 en: 03 de Junio de 2015, 09:23:21 am »
Yo creo que esta pregunta cuando la hacen, se refiere al año en curso. El año pasado la hicieron sobre el 2014. En este examen de mayo, preguntaban por los periodos y edad en el 2015. Es mi opinión.
Suerte!
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Hay una pregunta de tests referente a los periodos de cotización/edad exigida, no creo que se tenga que memorizar, seguirá una cadencia que habra que estudiar.

Saludos

Desconectado jsoriguer1

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Re:TRABAJO 2º PARCIAL
« Respuesta #112 en: 03 de Junio de 2015, 20:12:58 pm »
Idea muy razonable, ¿haver si ja vuelven a poner?

Desconectado jsoriguer1

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Re:TRABAJO 2º PARCIAL
« Respuesta #113 en: 04 de Junio de 2015, 13:55:35 pm »
Art.  43 LGSS dispone que el derecho al reconocimiento de las prestaciones prescribe a ños 5 años.

Y el Art. 44 de la misma Ley establece que el derecho al percibo de las prestaciones  a tanto alzado y por una sola vez caducará al año... Cuando se trate de prestaciones periódicas, el derecho al precibo caducará al año de su respectivo vencimiento.

Entiendo, pues, que un derecho a una prestación prescribe a los cinco años, siempre y cuando está no se interrumpa por las normas de CC, y una vez concedida, si no te pagan y no reclamas caduca al año, sin tener ningún recurso a efectuar.

¿no se si es así exactamente?

saludos

Desconectado jsoriguer1

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Re:TRABAJO 2º PARCIAL
« Respuesta #114 en: 04 de Junio de 2015, 20:01:14 pm »
¿Nadie opina?
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Art.  43 LGSS dispone que el derecho al reconocimiento de las prestaciones prescribe a ños 5 años.

Y el Art. 44 de la misma Ley establece que el derecho al percibo de las prestaciones  a tanto alzado y por una sola vez caducará al año... Cuando se trate de prestaciones periódicas, el derecho al precibo caducará al año de su respectivo vencimiento.

Entiendo, pues, que un derecho a una prestación prescribe a los cinco años, siempre y cuando está no se interrumpa por las normas de CC, y una vez concedida, si no te pagan y no reclamas caduca al año, sin tener ningún recurso a efectuar.

¿no se si es así exactamente?

saludos

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Re:TRABAJO 2º PARCIAL
« Respuesta #115 en: 04 de Junio de 2015, 23:50:42 pm »
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¿Nadie opina?

Es así compañero, es decir, el derecho a la prestación a favor del interesado cuando no se ha percibido por éste, tiene esos derechos de prescripción según los casos, ahora bien, la prescripción se interrumpe por esos motivos del CC y por los recogidos en la Ley 30, que aunque en este supuesto tiene supuesto tiene su propia regulación es de carácter supletorio, y muchos de ellos, iguales, con lo cual,

Si ha habido algo en la notificación de la prestación correspondiente con la que no esté de acuerdo el interesado, o no la ha recogido sencillamente, y no se preocupa de saber qué ha pasado, transcurridos esos plazos sin que éste realice acción alguna para interrumpir la prescripción, ésta lleva la anulación del derecho, es una prescripción extintiva.

Saludos y suerte

Desconectado ESLISON

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Re:TRABAJO 2º PARCIAL
« Respuesta #116 en: 09 de Junio de 2015, 10:20:28 am »
Art: 45 LGSS.

3. La obligción de reintegro del importe de las prestaciones indebidamente percibidas PRESCRIBIRAN A LOS CINCO AÑOS, contados a partir de la fecha de su cobro.

Por tanto, creo que la 4.- es la C...

Saludos desde Málaga.

Desconectado bramdom

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Re:TRABAJO 2º PARCIAL
« Respuesta #117 en: 09 de Junio de 2015, 16:00:58 pm »
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Art: 45 LGSS.

3. La obligción de reintegro del importe de las prestaciones indebidamente percibidas PRESCRIBIRAN A LOS CINCO AÑOS, contados a partir de la fecha de su cobro.

Por tanto, creo que la 4.- es la C...

Saludos desde Málaga.

Pues el Manual en su página 105 indica 4 años.
En fin.

Desconectado Falcone

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Re:TRABAJO 2º PARCIAL
« Respuesta #118 en: 09 de Junio de 2015, 16:36:08 pm »
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Pues el Manual en su página 105 indica 4 años.
En fin.

Creo recordar que esta pregunta ya cayó en un test de examen y dieron como correcta 4 años.
"quotquotNo hay calificaciones que mostrar"quotquot

Desconectado bramdom

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Re:TRABAJO 2º PARCIAL
« Respuesta #119 en: 09 de Junio de 2015, 18:27:17 pm »
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Creo recordar que esta pregunta ya cayó en un test de examen y dieron como correcta 4 años.

Adjunto el artículo 45 desde el BOE: aclarado, 4 años.


3. La obligación de reintegro del importe de las prestaciones indebidamente percibidas prescribirá a los cuatro años, contados a partir de la fecha de su cobro, o desde que fue posible ejercitar la acción para exigir su devolución, con independencia de la causa que originó la percepción indebida, incluidos los supuestos de revisión de las prestaciones por error imputable a la Entidad Gestora.