Hola, buenos días.
Alguien me puede ayudar, me queda para terminar la licenciatura la asignatura de Dcho del Trabajo, en enero saque un 4 y en junio un 2, ¿creéis que me la podrán compensar o me tengo que examinar de toda la asignatura en septiembre?.
Un saludo y gracias.
CONSIDÉRATE LICENCIADO SI CUMPLES CON LOS REQUISITOS DEL REGLAMENTO.
TIENES QUE ESTAR PENDIENTE DE QUE NO SE TE PASE EL PLAZO PARA PEDIR COMPENSACIÓN QUE SALDRÁ EN LA WEB DE LA UNED EN EL MES DE OCTUBRE.
ES LO QUE ME HAN MANIFESTADO EN SECRETARÍA 913986109
TEN PACIENCIA Y A ESPERAR.
MODIFICACIÓN DEL DEL TRIBUNAL DE COMPENSACIÓN (TÍTULOS DE LICENCIATURA, DIPLOMATURA E INGENIERÍA) (Consejo de Gobierno de 25 de junio de 2013)
Se modifica la redacción del artículo 3 quedando como sigue:
Artículo 3. Criterios de actuación
Podrán solicitar la compensación los alumnos de las titulaciones de Licenciatura, Diplomatura e Ingeniería del sistema anterior al dispuesto en el RD1393/2007, que cumplan las siguientes condiciones:
1. Que hayan cursado en la UNED al menos
el 40% de la carga lectiva o crediticia de la titulación o ciclo.
2. Que les quede por aprobar para terminar su titulación o finalizar el ciclo,
una sola asignatura.
3.Que se haya presentado al menos cuatro veces a la asignatura completa. Esto supone que para las asignaturas anuales, en cada curso académico, la presentación a las dos pruebas
(febrero y junio) cuenta como una vez, y la presentación en las pruebas de septiembre a la parte o partes pendientes, como otra.
4. Que haya obtenido al menos una vez una calificación media igual o superior a 4, o al menos 3 en dos de las convocatorias.
5.
En los planes en extinción los tribunales podrán flexibilizar las condiciones establecidas en los puntos anteriores, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 4 sobre limitaciones de la compensación. En todo caso, si la solicitud se refiere a
una asignatura extinguida y el estudiante se ha presentado
al menos a una convocatoria de dicha asignatura y ha obtenido una calificación
igual o superior a 3, será objeto de compensación.
6. Para incorporar al expediente del estudiante la resolución de compensación, con el fin de que pueda obtener el título, el estudiante deberá abonar a tasa específica que se determine en la orden de precios públicos para la UNED para el curso académico en el que se realice la compensación.
No puedes ver los enlaces.
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