Hola compi:
Según lo que yo entiendo de lo que es la vida buena,hay varias perspectivas:
En la situación hipotética Rawls llama "posición original", los individuos profesan
creencias o ideologías en condiciones de igualdad sobre lo que entienden por una vida buena,
que difieren unas de otras, no siendo posible que ninguna se imponga a las demás (porque están
en condiciones de igualdad) y es necesario establecer unos principios de justicia aceptados
por todos independientemente de su ideología particular.
Para el comunitarismo, la vida buena es algo relacionado con las virtudes éticas, íntimamente relacionado con el ideal de Justicia.
Para Habermars, el concepto implica hacerla no susceptible de apropiación por grupo alguno,ya que debe
entenderse no sólo desde el interior de una comunidad, sino desde el marco que permite la
convivencia entre comunidades.
En relación a la ética, la vida buena es algo inconcreto en principio, que el sujeto va delimitando seleccionando el bien real que mejor cuadre con su propia naturaleza. La justicia es la materialización de la vida buena en el ámbito institucional; al fin y al cabo la vida buena es el fin último que todos queremos lograr (pero claro, según donde hayas nacido y te hayas desarrollado, tu concepción será diferente).
En relación al derecho, se podría decir que el concepto es más frágil: se cambia el concepto vida buena por una serie de obligaciones y deberes.
Espero que te sirva un poco como orientación. Saludos y suerte!
Que tal, alguien me puede aclarar como se interpreta en este contexto la expresión "vida buena" ?
Puede que os pareza una chorrada pero no consigo conceptuar dicha expresión correctamente.
Un saludo.