Debates. => Debates jurídicos. => Mensaje iniciado por: rivermorpa en 28 de Octubre de 2009, 22:12:25 pm
-
soy estudiante de segundo curso y me ha surgido el siguiente tema:
Dos hermanos adquieren un inmueble por titulo de herencia. Después de mucho tiempo, están mal avenidos, digamos que sus relaciones no son buenas y uno de ellos pretende disolver la sociedad con la compra o la venta de la propiedad al otro hermano pero este se planta y no quiere ni comprar ni vender.
La primera solución es que el que quiere vender, le venda a un tercero. Pero quién compraría un 50% de un proindiviso? En principio nadie, a no ser que luego pudiera comprar el otro 50%.
Mi pregunta es la siguiente: existe alguna posibilidad de obligar al uno de los propietarios a comprar o vender al otro? o por el contrario están destinados a entenderse.
Información adicional: se trata de una vivienda de recreo que solían utilizar, cada uno de ellos , en fines de semana alternos, compartiendo los gastos y mantenimiento al 50%. De momento las visitas los fines de semana ha dejado de respetarse.
Gracias anticipadas por vuestras respuestas.
-
Mi pregunta es la siguiente: existe alguna posibilidad de obligar al uno de los propietarios a comprar o vender al otro?
No.
o por el contrario están destinados a entenderse.
Tampoco.
PD: para estos caso hace más de dos mil años que existe la actio comunii dividundo que idearon los romanos, y que en la actualidad se traduce en la acción de división de la cosa común. Demanda al juzgado de primera instancia pidiendo la división y asunto arreglado.
-
Pero de trata de un piso.
¿como se puede dividir?
¿quizas podria el juez decretar al subasta y repartir el dinero?
-
Pero de trata de un piso.
¿como se puede dividir?
Vendiéndolo y repartiendo el dinero.
¿quizas podria el juez decretar al subasta y repartir el dinero?
Exactamente es lo que hace.
-
Subasta publica o privada, según pacto entre partes o por avenencia
-
Si se llega a una subasta, van a salir perdiendo los dos (el valor en subasta puede ser ridículo), mi experiencia como "abogado consorte" (como abogado sólo tengo un mes de colegiación y por tanto nada de experiencia), es que en casos de "conflicto personal" de carácter civil (herencias, matrimonios, etc.), la labor de los abogados es fundamental para despersonalizar el conflicto y mirar de forma racional por el interés de cada parte, si la parte "plantada" se busca un abogado y negocian, van a llegar a una solución mucho mejor para ambas partes fuera del ámbito judicial.
-
Como dicen los gitanos (sin ánimo alguno de menospreciar a este colectivo, quede claro): "Pleitos tengas y los ganes". En estos casos, "vale más un mal acuerdo que un buen pleito".
-
El problema que yo veo aquí es que si una de las partes dice no, no y no, ni vendo ni divido, pues no sé cómo se puede llegar a un acuerdo extrajudicial. Lo mejor entonces es la fuerza bruta, al Juez y a subastar. Qué salen perdiendo, pues eso les pasa por cabezotas.
-
Está claro palangana, es que con estas cositas siempre pasa lo mismo. La pena es, como apuntan los compañeros, que en la vía judicial les va salir un poco caro. Ahora bien, cuando dice uno que no, y que no, pues lo que comentas, actio comunii dividundo al canto y San se acabó.
-
Un momento !!, la pena será para ellos que son los que saldrán perdiendo patrimonialmente, pero para los profesionales que lleven el caso no es ninguna pena, al contrario, cuantos más servicios y más tiempo, más retribuciones.
-
Hasta ahí, completamente de acuerdo.