Desde el desconocimiento, yo entiendo que una vez que Facebook pide el DNI para la verificación de una cuenta se supone que tal documento ya no les servirá para nada y lo eliminarán de forma segura
¡Todo lo contrario!, Facebook debe preservar esa documentación mientras dure la relación de servicio entre el usuario y la empresa (y durante algún tiempo más también).
El dictamen 5/2009 de 12 de junio de 2009, del Grupo de Trabajo “GT29”, entiende que Facebook es un servicio de la sociedad de la información, y eso en el caso español, queda bajo la órbita también de la LSSI.
Es decir, es perfectamente lícito pedir el DNI al aceptar los términos del contrato, y por otro lado, el deber de conservación de ciertos datos asociados a estas comunicaciones y contrataciones electrónicas también está contemplado:
No puedes ver los enlaces.
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LoginEs más, no sé hasta qué punto Facebook no está afectado por la Ley General de Telecomunicaciones (fue una polémica suscitada por el Caso Menéame.net).