Si es Derecho común y no recoge nada especial, a falta de testamento toda la herencia pasa a la madre, así lo recoge el CC en su artículo 937. "En el caso de que viva uno solo de los padres éste sucederá al hijo en toda su herencia".
Pero si hace testamento, respetando la legítima de la madre. el 50 por ciento, sí que podría dejar a hermanos o sobrinos, o a cualquier otro; posteriormente la herencia de la madre pasa a los hijos, o a los nietos por derecho de representación, con lo cual si le sobreviven, la herencia ira a ellos, supongo, salvo que la madre quiera hacer testamento respetando solo las legítimas.
Saludos