Buenas a tod@s, he estado revisando con la nueva ley de modificación de la LOPJ (7/2015), y por el libro de introducción dcho procesal de 2014 he comprobado las siguientes modificaciones:
En la pag 52 en el inciso 10 hay que añadir un inciso.
En la pag 57 hay que modificar el apartado a), la comisión pérmanente pasa a tener presidente y 7 vocales, 4 de los nombrados por el turno judicial y otros 3 por juristas de reconocida competencia. Y añadir que la rotación anual de los vocales es previa propuesta del Presidente.
En la pag 58 modificar el apartado c) la comisión de asuntos económicos pasa a estar integrada por 3 vocales y además añadir que: la comisión de asuntos económicos deberá actuar con la asistencia de todo sus componentes (art 609,3).
En la misma pag en el apartado d) añadir después de: está compuesta por tres vocales... Designado de entre ellos a su Presidente (art 609,1).
Ahora sí creo que está bien corregido según la nueva ley que entra en vigor el 1 octubre.
Si veis fallos por favor decirlo