Yo he hecho el exámen en Septiembre de Procesal I, en Sevilla, y en el examen usé La LEC y no me dijeron nada, a lo que ahora de Procesal II, si dios quiere, la que voy a utilizar es la LECrim. Creo que el hecho de pedir el Código de leyes procesales es porque en los casos prácticos, algunos no todos, las leyes aplicables mezclan arts. de la LEC y la LECrim, además bajo mi punto de vista es más cómodo y lógico utilizar el código o la Ley que estás estudiando... En introducción al Derecho Procesal bueno, pues es normal que sea el Código de Leyes Procesales, debido a que esa asignatura hace una exposición genérica de la materia y en el examen te puede caer tanto de las 2 leyes como de la constitución y si ya se tiene de Introducción pues a utilizarlo en las siguientes, pero como digo para mí es más cómodo y práctico utilizar la Ley que corresponda. Bueno es mi punto de vista, suerte a los que esperanos notas de Septiembre y para el nuevo curso...