Buenos dias,
Queria saber cuales son los tramites a efectuar para proceder a la cancelacion de un embargo.
Explico el caso, hubo un jucio civil entre persona A y persona B en el año 2012, al cabo de 4 años a la persona B le informan desde su banco que existe una anotacion de embargo en el registro de la propiedad sobre su finca por ese juicio. Persona B se acerca al juzgado y le informan que en el juicio fue condenado a pagar una suma dineraria, y que por ahora el expediente esta archivado a falta que el abogado de la contraparte inicie tramitacion que proceda (no se si subasta). Persona B no entiende porque su abogado nunca le informo de dicha sentencia.
La anotacion en el registro de la propiedad suma una cantidad determinada mas los intereses y costas.
La pregunta es, si el particular consigna la cantidad que se encuentra gravada con anotacion de embargo en la cuenta del juzgado, se cancela el embargo directamente y se elimina la anotacion en el registro??? O hay que hacer algun otro tramite??
Persona B desea hacerlo de forma particular, visto la desidia del abogado, desea que intervenga lo menos posible.