;

Autor Tema: juicio oral  (Leído 1263 veces)

0 Usuarios y 1 Visitante están viendo este tema.

Desconectado JavierSalamanca4

  • Usuario Junior
  • *
  • Mensajes: 5
  • Registro: 22/08/16
  • www.uned-derecho.com
juicio oral
« en: 22 de Agosto de 2016, 19:55:01 pm »
Hola a todos,

Estoy empezando a estudiar derecho en la UNED y parece que tengo que ponerlo en práctica antes de lo que pensaba :)

mi casera me ha demandado, y estoy citado a un juicio oral que tendré en unos meses, ya que el consideraba que le correspondía una indemnización por contrato incumplido. Decidí dejar el piso a los 9 meses de contrato, basándome en que podía hacerlo desde los 6 meses, e indemnizar con la parte proporcional del contrato (1año), pero ella dice que el contrato es de 3 años, ya que pone que podría renovarse hasta 3 años.... de forma que no acepté que recuperase la fianza de la Comunidad de Madrid, ya que se la iba a quedar, y firmamos el documento de resolución como no conforme.  Ya que estaba... me ha pedido la indemnización, y dinero porque se enfadó y decía que había algo roto y estaba sucio, un clásico ( todo estaba perfecto perfecto).

Como podría plantear la vista oral? podría llevar testigos (me llegó hace tiempo la notificación y no pude hacerlo en los 15 días, ni designar abogado)?

Ese mismo día tengo un examen de la UNED, podría aplazar el juicio oral?

mil mi gracias a quién pueda ayudarme, que espero poder hacerlo yo pronto según avance con más asignaturas :)



Desconectado tgil49

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 672
  • Registro: 11/11/10
  • Derrogacion de la Ley de Violencia de Género!!
Re:juicio oral
« Respuesta #1 en: 22 de Agosto de 2016, 22:40:55 pm »
Has contestado a la demanda? .
Tomás

Desconectado abogado M

  • Licenciados
  • *
  • Mensajes: 2872
  • Registro: 25/05/10
Re:juicio oral
« Respuesta #2 en: 23 de Agosto de 2016, 00:23:21 am »
   Supongo que el contrato es posterior a la última modificación de la ley. ¿Pusísteis algo sobre ese tema de la indemnización en el contrato? Ten en cuenta que la ley dice "podrán", no "deberán", y además hay que tener en cuenta que solo una pequeña parte de la LAU tiene carácter imperativo, el resto es dispositivo.

   El argumento ese de que el contrato es de tres años yo lo veo muy endeble en el caso de que el contrato sea de un año prorrogable hasta tres.
Puigdemont, Forcadell, Trapero...¡TODOS A LA CÁRCEL!

Desconectado JavierSalamanca4

  • Usuario Junior
  • *
  • Mensajes: 5
  • Registro: 22/08/16
  • www.uned-derecho.com
Re:juicio oral
« Respuesta #3 en: 23 de Agosto de 2016, 01:08:09 am »
No, no contesté a la demanda, pero entiendo que estoy obligado a asistir no?

Si, el contrato es con la última ley de arrendamientos urbanos. Se indica en una clausula que el contrato acaba al cumplirse una anualidad, y que se puede renovar hasta 3 años. y en otra clausula, dice que una vez pasados los 3 años, se podrá renovar por una anualidad más, pero yo entiendo que en todo momento el contrato era de un año, y tengo que indemnizar solo por 3 meses, no por 2 años y 3 meses.... y que recuerde no dice nada de la indemnización, con lo que entiendo que nos iríamos a lo que dice la LAU verdad?

Me pide la indemnización, daños por el piso y además costas... en juicio oral no habría costas según tengo entendido no... o si?
lo siento pero estoy bastante perdido, tengo ya ganas de estudiar esa parte :)

gracias

Desconectado tgil49

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 672
  • Registro: 11/11/10
  • Derrogacion de la Ley de Violencia de Género!!
Re:juicio oral
« Respuesta #4 en: 24 de Agosto de 2016, 15:35:43 pm »
Búscate un abogado a  la mayor rapidez posible, tienes un problema procesal serio, estás en rebeldía  segun la LEC y aún teniendo razon vas a perder el juicio.

Salvo mejor opinión.

Tomás

Desconectado JavierSalamanca4

  • Usuario Junior
  • *
  • Mensajes: 5
  • Registro: 22/08/16
  • www.uned-derecho.com
Re:juicio oral
« Respuesta #5 en: 24 de Agosto de 2016, 18:36:35 pm »
He estado mirando y veo que la ley cambió en octubre y justo mi demanda es anterior. Tan solo me indicaba que tenía que indicar si quería designar un abogado en 15 días, pero no decía nada mas....

Podria ir sin abogado y tener posibilidades según os he contado?

mil mil gracias!!!

Desconectado mnieves

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 10190
  • Registro: 12/10/11
  • La estima personal es la más alta condecoración
Re:juicio oral
« Respuesta #6 en: 24 de Agosto de 2016, 23:29:45 pm »
La rebeldía se produce cuando siendo notificado para juicio no se presente a la vista, en este caso, se encontrará en rebeldía, no en el supuesto que nos ocupa, que es el no contestar a la demanda, con lo cual, el único perjudicado va a ser él, que tendrá que afrontar el juicio oral sin pruebas documentales, sólo testificales, a menos que haya pedido antes de la vista y que se le haya concedido por ser importantes para la tramitación del acto del juicio y una resolución sobre el fondo del asunto.

Saludos

Desconectado JavierSalamanca4

  • Usuario Junior
  • *
  • Mensajes: 5
  • Registro: 22/08/16
  • www.uned-derecho.com
Re:juicio oral
« Respuesta #7 en: 25 de Agosto de 2016, 20:23:08 pm »
Hola,
siento molestaros pero, ¿sabéis si puedo llevar algún testigo al juicio oral notificándolo ahora?
en principio me daba 3 días para hacerlo una vez recibida la notificación (me la recogió otra persona, y por varios temas no llegó a mi hasta 10 días después... )
Al principio no lo consideré necesario, pero reclama varios desperfectos absurdos que un amigo vio que estaba todo correcto, y me gustaría llevarlo. Los videos y fotos se borraron al haberme robado el móvil... una lastima, y ya me fastidiaría que le diesen la razón por decir que estaba desordenado, que si sucio, marcas....

mil gracias!

Javi

Desconectado abogado M

  • Licenciados
  • *
  • Mensajes: 2872
  • Registro: 25/05/10
Re:juicio oral
« Respuesta #8 en: 26 de Agosto de 2016, 12:14:55 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Búscate un abogado a  la mayor rapidez posible, tienes un problema procesal serio, estás en rebeldía  segun la LEC y aún teniendo razon vas a perder el juicio.

Salvo mejor opinión.

Tomás

   ¿Puedes poner el artículo de la LEC en el que te basas para decir que está en rebeldía? ¿Y ya puesto el culo a los azotes, explícale a Javier en qué te basas para saber que va a perder el juicio aún teniendo razón.
Puigdemont, Forcadell, Trapero...¡TODOS A LA CÁRCEL!

Desconectado abogado M

  • Licenciados
  • *
  • Mensajes: 2872
  • Registro: 25/05/10
Re:juicio oral
« Respuesta #9 en: 26 de Agosto de 2016, 12:33:39 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
No, no contesté a la demanda, pero entiendo que estoy obligado a asistir no?

Si, el contrato es con la última ley de arrendamientos urbanos. Se indica en una clausula que el contrato acaba al cumplirse una anualidad, y que se puede renovar hasta 3 años. y en otra clausula, dice que una vez pasados los 3 años, se podrá renovar por una anualidad más, pero yo entiendo que en todo momento el contrato era de un año, y tengo que indemnizar solo por 3 meses, no por 2 años y 3 meses.... y que recuerde no dice nada de la indemnización, con lo que entiendo que nos iríamos a lo que dice la LAU verdad?

Me pide la indemnización, daños por el piso y además costas... en juicio oral no habría costas según tengo entendido no... o si?
lo siento pero estoy bastante perdido, tengo ya ganas de estudiar esa parte :)

gracias

   No. No estás obligado a asistir, pero te recomiendo que lo hagas porque de lo contrario puedes salir muy perjudicado. Lo de no contestar a la demanda no te pone en rebeldía como dice alguno por ahí; valiente tontería. Por cierto, dínos si el procedimiento es un verbal o un ordinario. Me consta que en muchos juzgados, saltándose la ley, meten estos asuntos en un verbal cuando son de poca cuantía, pero no se debe. Si lo han hecho así, con una excepción de procedimiento inadecuado lo tienes salvado de momento.

   Por otro lado, tu contrato es de un año, no de tres. En cuanto a la aplicación subsidiaria de la ley, si no habéis estipulado nada en el mismo sobre indemnización, ten en cuenta que la ley lo único que dice es que se puede hacer eso en el contrato, no que se debe. Es decir, si se pone en el contrato, hay que poner la que dice la ley; si no se pone ninguna en el contrato, no hay indemnización. Aunque esto podría entrar dentro de lo interpretable.

   Si los daños que alega son los que comentas, con eso el arrendador no va a ningún sitio. Y sí, puede haber condena en costas; para él, para tí o para los dos a la vez. Depende de quién pierda y de si lo hace por goleada.
Puigdemont, Forcadell, Trapero...¡TODOS A LA CÁRCEL!

Desconectado JavierSalamanca4

  • Usuario Junior
  • *
  • Mensajes: 5
  • Registro: 22/08/16
  • www.uned-derecho.com
Re:juicio oral
« Respuesta #10 en: 26 de Agosto de 2016, 19:15:52 pm »
muchas gracias!

es procedimiento verbal. pone en los antecedentes de hecho que se presenta demanda sobre juicio verbal, y la parte dispositiva que  se admite a trámite la demanda que se basará según las reglas previstas para juicio verbal.

En las costas veo que intenta adjudicármelas a mi por la mala fe con la que actuo... algo que esta fuera de duda, ya que en todos los mails se ve la buena fe. de echo he recopilado más mail de los que el puso en la demanda para que se vea todo...

me recomendáis que lo prepare con un abogado? a ver si voy a llegar y llevando razón se me comen entero por no saber como funciona... desconozco completamente como se lleva a cabo un juicio verbal de este tipo. :)

gracias de nuevo!

Desconectado tgil49

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 672
  • Registro: 11/11/10
  • Derrogacion de la Ley de Violencia de Género!!
Re:juicio oral
« Respuesta #11 en: 07 de Septiembre de 2016, 00:09:11 am »
Hola Javier,

Olvida mis post, pensaba que la demanda era posterior a la modificación de la lec 2015 y que te reclamaba rentas o posesión . Es que hace meses, que la lec  está en vigor.

Es  complicado opinar sin ver la demanda, consulta a un abogado de tu ciudad con la demanda delante,  te va a costar 60 euros y luego decides, contratar o no  un abogado para el juicio, te va a costar 500 euros, puede que menos.

si lo haces con tiempo todo sale más barato.

Si el poder lo haces ante el antiguo secretario es gratis
 
Es solo mi opinión
Tomás





Desconectado abogado M

  • Licenciados
  • *
  • Mensajes: 2872
  • Registro: 25/05/10
Re:juicio oral
« Respuesta #12 en: 07 de Septiembre de 2016, 19:28:53 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
He estado mirando y veo que la ley cambió en octubre y justo mi demanda es anterior.

   Esa modificación de octubre a la que te refieres debe ser  la de la LEC y no te afecta para nada.


No puedes ver los enlaces. Register or Login
es procedimiento verbal. pone en los antecedentes de hecho que se presenta demanda sobre juicio verbal, y la parte dispositiva que  se admite a trámite la demanda que se basará según las reglas previstas para juicio verbal.

   Yo insisto en que podrías plantear una excepción de procedimiento inadecuado. El procedimiento correspondiente es el ordinario, no el verbal.
Puigdemont, Forcadell, Trapero...¡TODOS A LA CÁRCEL!

Desconectado abogado M

  • Licenciados
  • *
  • Mensajes: 2872
  • Registro: 25/05/10
Re:juicio oral
« Respuesta #13 en: 07 de Septiembre de 2016, 19:46:36 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
He estado mirando y veo que la ley cambió en octubre y justo mi demanda es anterior. Tan solo me indicaba que tenía que indicar si quería designar un abogado en 15 días, pero no decía nada mas....

Podria ir sin abogado y tener posibilidades según os he contado?

mil mil gracias!!!
Puigdemont, Forcadell, Trapero...¡TODOS A LA CÁRCEL!

Desconectado abogado M

  • Licenciados
  • *
  • Mensajes: 2872
  • Registro: 25/05/10
Re:juicio oral
« Respuesta #14 en: 07 de Septiembre de 2016, 19:52:23 pm »
   Joé, tengo el ordenador turulato y se me ha pasado el tiempo para modificar el anterior post. No hay que hacerle caso literal. A ver si luego tengo tiempo de precisarlo.
Puigdemont, Forcadell, Trapero...¡TODOS A LA CÁRCEL!

Desconectado abogado M

  • Licenciados
  • *
  • Mensajes: 2872
  • Registro: 25/05/10
Re:juicio oral
« Respuesta #15 en: 08 de Septiembre de 2016, 12:35:03 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
   Esa modificación de octubre a la que te refieres debe ser  la de la LEC y no te afecta para nada.


   Yo insisto en que podrías plantear una excepción de procedimiento inadecuado. El procedimiento correspondiente es el ordinario, no el verbal.

   Si el meollo de la cuestión es la fianza, cabe sin duda la excepción de procedimiento inadecuado. ¿Te han devuelto la fianza íntegra? Aún si así fuera, dudo mucho de que la indemnización que pretende exigirte el arrendador entre dentro del concepto de "cantidades debidas" a estos efectos, por lo que también cabría la excepción.

   Eso es lo que quise puntualizar antes y no pude.
Puigdemont, Forcadell, Trapero...¡TODOS A LA CÁRCEL!