Hola buenos días.
Un amigo que tiene una casa rural, me ha comentado que hoy le han llamado dos menores (17 y 16 años) para reservar el establecimiento o una de sus habitaciones. Su pregunta es si puede alquilar o no a menores.
En principio el establecimiento hotelero no tiene reseñadas las condiciones en cuanto a la edad de acceder a los servicios.
Según los estipulado en el Código Civil, ya que creo que hay que remitirse a él, debido a que la legislación reguladora no hace referencia a este tema, el artículo 1263.1, dice que no pueden prestar consentimiento “Los menores no emancipados, salvo en aquellos contratos que las leyes les permitan realizar por sí mismos o con asistencia de sus representantes, y los relativos a bienes y servicios de la vida corriente propios de su edad de conformidad con los usos sociales.”
Mis preguntas:
*Bienes y servicios de la vida corriente ¿entran los hoteles?
* ¿Podría reservar aún siendo menor con el consentimiento firmado de los padres o tutores?
* ¿En ningún caso podría reservar?
* o no habría problema (legalmente y ajustándose a derecho) para poder reservar una habitación.
Muchas Gracias