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Autor Tema: Hilo Oficial Derecho Romano (2014 / 2015)  (Leído 92553 veces)

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Desconectado guer

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Re:Hilo Oficial Derecho Romano (2014 / 2015)
« Respuesta #320 en: 17 de Abril de 2015, 13:45:11 pm »
+ Aceptación de la herencia mediante pro herede gestio

El heredero podía también expresar su voluntad de aceptar la herencia, no de manera explícita como en la cretio, sino tácitamente realizando actos de gestión sobre los bienes que formaban parte de la herencia (pro herede gestio).

- Abstención de la herencia y renuncia de la misma: beneficium abstinendi

Que la aceptación pueda ser expresa o tácita se desprende de los artículos 999 y 1000 del Código Civil, donde se prescribe pormenorizadamente sobre esta materia.

Ante las graves consecuencias que podía acarrear a los heredes necessarii la imposibilidad de renunciar a la herencia (imaginemos que en el supuesto de un patrimonio cargado de deudas tendrían que responder con su propio patrimonio), el Pretor acordó para ellos la posibilidad de abstenerse de la herencia paterna y renunciar a ella; a esta posibilidad se denominó beneficium abstinendi.

Nuestro Derecho no contempla la distinción entre herederos necesarios y herederos voluntarios, pues nadie tiene la obligación de aceptar una herencia, cualquiera que sea la forma en que le ha sido deferida.

He aquí el kit de la cuestión... los hechos realizados por Ticio en la hacienda de Roma se consideran aceptación de la herencia mediante pro herede gestio, o no.

 :o :o :o :o :o me estoy volviendo loco.


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Re:Hilo Oficial Derecho Romano (2014 / 2015)
« Respuesta #321 en: 17 de Abril de 2015, 15:11:18 pm »
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+ Aceptación de la herencia mediante pro herede gestio

El heredero podía también expresar su voluntad de aceptar la herencia, no de manera explícita como en la cretio, sino tácitamente realizando actos de gestión sobre los bienes que formaban parte de la herencia (pro herede gestio).

- Abstención de la herencia y renuncia de la misma: beneficium abstinendi

Que la aceptación pueda ser expresa o tácita se desprende de los artículos 999 y 1000 del Código Civil, donde se prescribe pormenorizadamente sobre esta materia.

Ante las graves consecuencias que podía acarrear a los heredes necessarii la imposibilidad de renunciar a la herencia (imaginemos que en el supuesto de un patrimonio cargado de deudas tendrían que responder con su propio patrimonio), el Pretor acordó para ellos la posibilidad de abstenerse de la herencia paterna y renunciar a ella; a esta posibilidad se denominó beneficium abstinendi.

Nuestro Derecho no contempla la distinción entre herederos necesarios y herederos voluntarios, pues nadie tiene la obligación de aceptar una herencia, cualquiera que sea la forma en que le ha sido deferida.

He aquí el kit de la cuestión... los hechos realizados por Ticio en la hacienda de Roma se consideran aceptación de la herencia mediante pro herede gestio, o no.

 :o :o :o :o :o me estoy volviendo loco.
Yo creo que depende del punto de vista del que partas. El enunciado no es claro y para mí da a entender que puedes enfoncarlo de 2 maneras:

1- La aceptación de la herencia se produce ipso iure sin poder rechazarla, pues Ticio es considerado heredero suyo y necesario y, por tanto, el pago del impuesto de sucesiones es un mero trámite de obligado cumplimiento que no produce aceptación pues está ya se produjo a la muerte del causante de manera directa y en favor de Ticio.

2- Suponemos que Ticio no está bajo la potestad de su padre en el momento de su fallecimiento y por tanto puede aceptar o rechazar la herencia como heredero extraño o voluntario que sería. Habría herencia yacente y la aceptación se produciría en el momento en que Ticio paga el impuesto de sucesiones en la hacienda de Roma, siendo un acto pro herede gestio.

Ese es mi punto de vista después de leer y releer el enunciado "maldito",  y he llegado a la conclusión de que mientras razonemos correctamente las respuestas estará bien el enfoque porque, como ya he dicho, el enunciado a mí me resulta bastante ambiguo...y ya me ha dado suficientes dolores de cabeza, asi que no me voy a complicar la vida  ;D


Desconectado Bach 1056

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Re:Hilo Oficial Derecho Romano (2014 / 2015)
« Respuesta #322 en: 17 de Abril de 2015, 15:40:17 pm »
Tened en cuenta el beneficium abstinendi. Por lo demás, coincido con vosotros en líneas generales. Estando enfocado el supuesto (aun con un enunciado poco claro) y argüir conforme al enfoque dado, creo que vamos sobrados.

Desconectado Bach 1056

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Re:Hilo Oficial Derecho Romano (2014 / 2015)
« Respuesta #323 en: 17 de Abril de 2015, 15:43:05 pm »
Rectifico. Ya veo que habéis contemplado el beneficium abstinendi; mis disculpas.
saludos.

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Re:Hilo Oficial Derecho Romano (2014 / 2015)
« Respuesta #324 en: 17 de Abril de 2015, 16:04:28 pm »
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Rectifico. Ya veo que habéis contemplado el beneficium abstinendi; mis disculpas.
saludos.

Yo voy por la primera opción y he tenido en cuenta también el beneficio de inventario. Lo que he puesto ha sido algo así:

- En caso de que haya realizado beneficio de inventario en los plazos previstos(...). En caso contrario(...)

Es algo que tampoco sabemos y se pueden dar las dos opciones...lo veís así también?

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Re:Hilo Oficial Derecho Romano (2014 / 2015)
« Respuesta #325 en: 17 de Abril de 2015, 16:15:46 pm »
Rectifico yo también xD en mi cabeza he entendido beneficium inventarii, disculpas  ::)

Desconectado Bach 1056

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Re:Hilo Oficial Derecho Romano (2014 / 2015)
« Respuesta #326 en: 17 de Abril de 2015, 16:21:53 pm »
Entiendo que también has contemplado que no hay confusión hereditaria.

Qué habéis hecho/dicho con el acreedor?. Yo lo he metido también en la solución del caso, por la acción que plantea de reclamación. ¿qué os parece ?.
saludos.

Desconectado Bach 1056

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Re:Hilo Oficial Derecho Romano (2014 / 2015)
« Respuesta #327 en: 17 de Abril de 2015, 16:31:36 pm »
Nada. Rectificada y disculpada.

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Re:Hilo Oficial Derecho Romano (2014 / 2015)
« Respuesta #328 en: 17 de Abril de 2015, 16:49:18 pm »
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Entiendo que también has contemplado que no hay confusión hereditaria.

Qué habéis hecho/dicho con el acreedor?. Yo lo he metido también en la solución del caso, por la acción que plantea de reclamación. ¿qué os parece ?.
saludos.
En caso de haber optado por el beneficio de inventario no se daría, claro. Pero ahora me surge una duda y no veo en los apuntes nada que me lo aclare... sé que el beneficium abstinendi es exclusivo de los herederos sui pero del beneficio de inventario no se dice nada, lo mismo no se aplica para los sui ya que estos tienen el beneficium abstinendi. Ya pensaba que tenía yo todo hecho!

Y con el acreedor tampoco me he complicado. He dicho que si no ha realizado beneficio de inventario tiene que pagar la totalidad de la deuda incluso con su patrimonio por razones X. Y que si por el contrario sí lo había hecho pues que solo respondía con la herencia. En caso de haber realizado el beneficium abstinendi claramente al renunciar a la herencia está libre de cargas y por tanto no tiene que pagar los 6000sestercios.  Pero vamos, que ya me he rallado...no sé si he metido demasiadas suposiciones,aaahhg!!

Desconectado Bach 1056

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Re:Hilo Oficial Derecho Romano (2014 / 2015)
« Respuesta #329 en: 17 de Abril de 2015, 17:22:45 pm »
Yo me decanto más por la segunda opción que planteas más arriba, metiendo todos los beneficios que el supuesto me permite y el acreedor con su acción, etc...
En fin, tampoco da para mucho la Pec.
No creo, en mi opinión, que sean muchas suposiciones si las arguyes o las atas bien.

Desconectado Gato Isidoro

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Re:Hilo Oficial Derecho Romano (2014 / 2015)
« Respuesta #330 en: 19 de Abril de 2015, 12:23:18 pm »
Hola a tod@s, una pregunta, por favor: ¿Sabéis si realizar las PECS da algún tipo de ventaja en esta asignatura?. Que yo sepa, al respecto en la guía no aparece nada, y si hubiese ventaja alguna deberían hacerlo constar. Es decir, pone que se tendrá en cuenta el interés y tal, pero si el examen es tipo test y no se obtiene al menos un 5, el interés y haber realizado las pecs no serviría de nada. Por ejemplo, hacer la PEC en Hacienda se premia poniendo el aprobado en un 4.6, quedando para los demás en un 5 mínimo. Por tanto, alguien sabe algo de si baja el corte para aprobar si se hace la PEC en Romano?

Gracias anticipadas a quien aclare esta cuestión.

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Re:Hilo Oficial Derecho Romano (2014 / 2015)
« Respuesta #331 en: 19 de Abril de 2015, 16:18:44 pm »
Hola,
por favor,  me  gustaría  saber  donde puedo  ver  las  preguntar  test de  la asignatura que  habeís  realizado  entre  los  compañeros.Saludos  a  todos  y  ánimo con  el  estudio.Rocío

Desconectado Gato Isidoro

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Re:Hilo Oficial Derecho Romano (2014 / 2015)
« Respuesta #332 en: 19 de Abril de 2015, 22:46:35 pm »
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Estimado compañero,
Voy a intentar hacer un poco de luz sobre una cuestión importante que es la de realizar la PEC.
En mi humilde opinión cualquiera de las propuestas del equipo docente sirven para ir ganando soltura y experiencia en el manejo de los instrumentos legales con los que en un futuro no muy lejano tendremos que enfrentarnos.
Las Pec no parecen difíciles de contestar, en particular yo he tenido en Fundamentos muy buenas calificaciones un  10 en cada una de las pruebas, eso sí, la cuestión como tu bien planteas es si compensa el esfuerzo con la calificación definitiva, decirte que en el examen me calificaron con un 8,5 y al ser ponderada la calificación el equivalente fue de un 6 + 3(1,5 por cada Pec máximo) puntos de las Pec el resultado fue de un 9 nota final, nunca puede bajar la nota del examen, eso creo.
Espero haber sido de utilidad mis reflexiones.
Un cordial saludo.
Estimada compañera: Valoro y agradezco de corazón tu atenta respuesta, pero todo lo q has comentado ya lo sabía.

Lo que quisiera saber es si en esta asignatura hacer l las pecs da alguna ventaja EN EL EXAMEN.Es decir: que para los q hayan hechos las pecs el aprobado se fije en un 4,5 en lugar de un 5 o algo parecido al ser un test, ya q hay asignaturas con exámenes de desarrollo donde a los q hacen peces se les da la ventaja de elegir y eliminar una pregunta.

A ver si alguien nos aclara qué hay en este caso, porque en la guía no lo pone.

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Re:Hilo Oficial Derecho Romano (2014 / 2015)
« Respuesta #333 en: 19 de Abril de 2015, 23:35:43 pm »
La PEC solo sirve para subir nota. En el examen debes sacar un 5 si quieres aprobar. Mira en el foro de la UNED que los profesores han contestado a esta pregunta varias veces.

Saludos.


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Estimada compañera: Valoro y agradezco de corazón tu atenta respuesta, pero todo lo q has comentado ya lo sabía.

Lo que quisiera saber es si en esta asignatura hacer l las pecs da alguna ventaja EN EL EXAMEN.Es decir: que para los q hayan hechos las pecs el aprobado se fije en un 4,5 en lugar de un 5 o algo parecido al ser un test, ya q hay asignaturas con exámenes de desarrollo donde a los q hacen peces se les da la ventaja de elegir y eliminar una pregunta.

A ver si alguien nos aclara qué hay en este caso, porque en la guía no lo pone.

Desconectado olenkacion

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Re:Hilo Oficial Derecho Romano (2014 / 2015)
« Respuesta #334 en: 20 de Abril de 2015, 10:25:24 am »
Buenos dias compañer@s. Ya esta finalizado el archivo conjunto de los test, pero hay unas cuantas preguntas que no tienen respuesta. Os agradeceria enormemente que me indicaseis la respuesta correcta.

La familia es definida por Ulpiano en sentido estricto ¿En que época?
a)   En la época clásica, en el siglo III d.C.
b)   En la época preclásica, en el siglo III d.C.
c)   En la época postclásica, en el siglo III d.C.


¿Qué reclaman los parientes agnados del testador? (caso 15):
a)   Tanto una sucesión intestada como una sustitución pupilar
b)   La sucesión intestada
c)   La sustitución pupilar


Aparte de estas dos preguntas, el compañero o compañera que realizo los test de los casos 11 y 12 no incluyo las respuestas.
Saludos!
Yo tampoco se vivir, estoy improvisando.

Desconectado teufel

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Re:Hilo Oficial Derecho Romano (2014 / 2015)
« Respuesta #335 en: 20 de Abril de 2015, 11:37:57 am »
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Buenos dias compañer@s. Ya esta finalizado el archivo conjunto de los test, pero hay unas cuantas preguntas que no tienen respuesta. Os agradeceria enormemente que me indicaseis la respuesta correcta.

La familia es definida por Ulpiano en sentido estricto ¿En que época?
a)   En la época clásica, en el siglo III d.C. PÁGINA 38 DEL LIBRO
b)   En la época preclásica, en el siglo III d.C.
c)   En la época postclásica, en el siglo III d.C.


¿Qué reclaman los parientes agnados del testador? (caso 15):
a)   Tanto una sucesión intestada como una sustitución pupilar
b)   La sucesión intestada página 248 del libro
c)   La sustitución pupilar


Aparte de estas dos preguntas, el compañero o compañera que realizo los test de los casos 11 y 12 no incluyo las respuestas.
Saludos!

si no voy mal encaminada serían las marcadas en negrita.

Desconectado Ion

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Re:Hilo Oficial Derecho Romano (2014 / 2015)
« Respuesta #336 en: 20 de Abril de 2015, 12:22:46 pm »
Ya he avisado a Tania para que mande las respuestas de los casos 11 y 12 en cuanto pueda ok?

Desconectado galleon79@hotmail.com

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Re:Hilo Oficial Derecho Romano (2014 / 2015)
« Respuesta #337 en: 20 de Abril de 2015, 12:45:34 pm »
buenas tardes, alguien podria mandarme a mi correo cuales son las reducciones de temario de este año? muchas gracias...galleon79@hotmail.com

Desconectado olenkacion

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Re:Hilo Oficial Derecho Romano (2014 / 2015)
« Respuesta #338 en: 20 de Abril de 2015, 12:46:57 pm »
Gracias Ion y Teufel!!
Yo tampoco se vivir, estoy improvisando.

Desconectado mma2000es

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Re:Hilo Oficial Derecho Romano (2014 / 2015)
« Respuesta #339 en: 21 de Abril de 2015, 22:25:37 pm »
Estimados compañeros aunque ha sido una ardua labor para todos por fin tenemos listos los test de Derecho Romano 14-15 creados entre todos.
Este es sin duda un estupendo trabajo que nos  facilitara el estudio  y la preparación  para examen y demuestra que entre todos podemos crear si nos lo proponemos grandes cosas,  que tendrán espero una transcendencia en el tiempo de la que debemos sentirnos orgullosos.
Debo mencionar a todos los que han participado de alguna manera, espero no olvidarme de nadie, gracias a los compañeros y compañeras que han hecho los test:
Sobre los Casos Guía: guer, dianemonden, 0aitana0, taniafs92, Machini, rcantero25.
Sobre los Temas: Yoli, 0aitana0. TheGCman, GOBBO, mjv, Ion, artuross22, achuelo, hidrosun, Fide66 y por último mma2000es que soy yo.
Os dejo el vínculo de Dropbox para que podáis descargar uno por uno los test.

Mi agradecimiento y un saludo cordial a todos.

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