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Autor Tema: Libre valoracion de pruebas  (Leído 1422 veces)

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Desconectado E.RL

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Libre valoracion de pruebas
« en: 06 de Abril de 2015, 18:20:47 pm »
  Hola a todos/as

Tengamos el caso de un juicio de faltas en el que ambas partes son denunciantes y denunciados. Tras juicio oral y la consiguiente contradiccion entre las testificaciones de ambas partes, el Juez valora la falta de credibilidad en ambas partes y emite sentencia con fallo condenatorio a ambos.

Al parecer es un criterio bastante empleado el condenar a ambos denunciantes por falta de credibilidad y al no existir otras pruebas de cargo. ¿Alguien sabe algo acerca del empleo de este criterio? Me resulta bastante llamativo y me gustaria poder encontrarle una relacion logica con el derecho a la tutela judicial efectiva.


Desconectado R2D2

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Re:Libre valoracion de pruebas
« Respuesta #1 en: 06 de Abril de 2015, 18:45:32 pm »
Conozco el caso de dos vecinos que se insultaron durante una riña y se denunciaron mutuamente, y en el juicio de faltas ambos fueron declarados culpables y se les puso una sanción económica muy baja. Ambos habían aportado sus testigos, pero el juez entendió que era una bronca en la que habían participado activamente ambos  y que la culpa era compartida (dos no se pelean si uno no quiere  ;D).
Yo creo que sí es frecuente en este tipo de casos  que ambas partes salgan perjudicadas, y más si el juez no les concede veracidad en las declaraciones a ninguna de las partes.

En cuanto a lo de la tutela judicial efectiva, yo no creo que se vulnere en estos casos, porque ambas partes han ido a juicio, han aportado sus pruebas y testigos, y han sido escuchadas por el juez. Otra cosa es que no les guste el fallo. No obstante, esta es sólo mi opinión.

Desconectado whitecanary

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Re:Libre valoracion de pruebas
« Respuesta #2 en: 06 de Abril de 2015, 18:53:18 pm »
No se como se tramito, si como común de faltas o inmediato.
Pero lo mas probable es que hayan reconocido mutuamente que algo hubo. Y pillan los dos.
Libre valoración no es sinónimo de discrecionalidad plena, tiene que motivarse y el juzgador exponer su convicción sobre lo practicado.
Lo que esta claro es que cada cual habrá echado la mie#da al otro. Pero tras cuatro preguntas se ven las inconsistencias. Unido a que no habrán ido con letrado designado.
Resumen: los dos generalmente pillan. Y es muy salomónico. Casi siempre suele ser así.

Desconectado E.RL

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Re:Libre valoracion de pruebas
« Respuesta #3 en: 06 de Abril de 2015, 19:02:51 pm »
Teneis toda la razon.

Creo que fue un juicio comun de faltas y la unica motivacion es la falta de credibilidad y la existencia de una mala relacion entre las partes que ya se habia puesto de manifiesto con denuncias mutuas anteriores.

Obvio es que si existe una denuncia mutua, algo ha pasado y de ahi la consideracion de la participacion activa de ambos denunciantes/denunciados.

Sin embargo, el asunto puede ir mas lejos... Si solo existiera un  denunciante, ¿tambien se emitiria este fallo? En ese caso, tendriamos un denunciante contra el que no existe acusacion por la otra parte. Imaginemos que las testificaciones hubieran sido exactamente iguales que para el caso anterior. ¿tendriamos ahora un fallo condenatorio unicamente para el denunciado?

Por ese motivo intento relacionarlo con la tutela judicial efectiva. Claro esta que no conozco bien el criterio y por eso me "cuelgan" este tipo de dudas.
 

Desconectado whitecanary

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Re:Libre valoracion de pruebas
« Respuesta #4 en: 06 de Abril de 2015, 19:31:29 pm »
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Teneis toda la razon.

Creo que fue un juicio comun de faltas y la unica motivacion es la falta de credibilidad y la existencia de una mala relacion entre las partes que ya se habia puesto de manifiesto con denuncias mutuas anteriores.

Obvio es que si existe una denuncia mutua, algo ha pasado y de ahi la consideracion de la participacion activa de ambos denunciantes/denunciados.

Sin embargo, el asunto puede ir mas lejos... Si solo existiera un  denunciante, ¿tambien se emitiria este fallo? En ese caso, tendriamos un denunciante contra el que no existe acusacion por la otra parte. Imaginemos que las testificaciones hubieran sido exactamente iguales que para el caso anterior. ¿tendriamos ahora un fallo condenatorio unicamente para el denunciado?

Por ese motivo intento relacionarlo con la tutela judicial efectiva. Claro esta que no conozco bien el criterio y por eso me "cuelgan" este tipo de dudas.

Ir de denunciante no es garantía de no salir como imputado/denunciado si la infracción penal es de carácter publica. Se te puede interrumpir e inmediata lectura de derechos en sala, en razón a lo practicado. No es tan raro.

Desconectado R2D2

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Re:Libre valoracion de pruebas
« Respuesta #5 en: 06 de Abril de 2015, 20:19:00 pm »
Si dos personas van a juicio de faltas en calidad de denunciantes y denunciados, ambos piden sentencia condenatoria para el otro y el juez puede fallar la culpabilidad de ambos, de uno o de ninguno.

Sin embargo, si una parte va como denunciante y otra como denunciada al juicio de faltas, la primera es la que pide la condena de la segunda y el juez, en base al principio de congruencia de la sentencia con la petición de la parte, podrá fallar a favor del denunciante o resolver la absolución del denunciado, pero no podrá condenar a ambos,  aunque el denunciante también hubiese participado activamente en la riña, pues no se puede condenar a quien no ha sido acusado, puesto que esto si vulneraría el principio de tutela judicial efectiva.

Desconectado whitecanary

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Re:Libre valoracion de pruebas
« Respuesta #6 en: 06 de Abril de 2015, 21:43:15 pm »
Una cosa es como vas en el atestado policial y otra como puedas acabar.
Pero ya te digo que en la practica es relativamente frecuente.
En una riña, por definición, se suelen repartir estopa los dos.
Mucha gente se cree que si denuncia primero vale por dos. Y en un caso en el que hubiera riña mutuamente aceptada, el denunciado, por simple cronología, también tiene derecho a la tutela judicial efectiva.
La congruencia que citas es mas bien para el que se muestra parte, esto es, que presenta querella.
Pero ser denunciado o denunciante, o ambas a la vez, no es lo mismo que ser parte.
Otro factor a tener en cuenta es el parte de lesiones y la vigilancia por el forense.
Si los dos sujetos los presentan y a falta de una testifical clara y a ser posible muy imparcial (testigos accidentales, no familiares, amigos, vecinos...), hay muchas posibilidades que los dos pillen, por mas que uno haya ido antes a comisaria a denunciar.
Un saludo.

P.D.: el denunciante aunque comparezca, que si no se archiva, no pide nada. Lo hace el Fiscal. Si se muestra parte, sera su letrado, sentado al lado del Fiscal, el que pida. Y en la denuncia nada se puede pedir, se describen los hechos, o la versión de los mismos, y muy poco mas...

Desconectado velypereira

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Re:Libre valoracion de pruebas
« Respuesta #7 en: 07 de Abril de 2015, 01:30:56 am »
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Ir de denunciante no es garantía de no salir como imputado/denunciado si la infracción penal es de carácter publica. Se te puede interrumpir e inmediata lectura de derechos en sala, en razón a lo practicado. No es tan raro.

No es así exactamente. Si has sido citado en calidad únicamente de denunciante no puedes ser juzgado como denunciado por sorpresa, lo que sí puede ocurrir es que si la falta en este caso no está prescrita puedes ser denunciado también por la otra parte pero tendrá que suspenderse el juicio y señalar nueva fecha para no vulnerar el derecho de defensa. Sólo podría celebrarse en el caso de que en el acto del juicio el denunciante, ahora también denunciado, mostrase su conformidad para ser enjuiciado en ese acto en calidad de denunciado.

Desconectado velypereira

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Re:Libre valoracion de pruebas
« Respuesta #8 en: 07 de Abril de 2015, 01:34:34 am »
Los familiares también pueden ser testigos aunque se puedan considerar menos imparciales pero eso queda a la libre valoración del juez en el conjunto de la prueba.

Desconectado whitecanary

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Re:Libre valoracion de pruebas
« Respuesta #9 en: 07 de Abril de 2015, 07:07:42 am »
Vamos a ver, porque creo que no me he explicado bien.
Estamos hablando de un juicio de faltas ordinario o inmediato. No de un rápido, abreviado u ordinario por delito.
También por una falta, en breve delito leve, de carácter publico.
El denunciante puede ser víctima, perjudicado u ofendido por la falta. O no.
Y a efectos de su declaración, siendo o no lo anterior, no es mas que la de un testigo, con sus mismas obligaciones y responsabilidades.
En sala no es nada raro que ni denunciante comparezca sin letrado, y cuando si los he visto es porque eran designados, esto es, pagando, nada de oficio.
Pongamos que aunque en las preguntas del fiscal al denunciante no serán capciosas, que va sin letrado, confiesa que la riña fue mutuamente aceptada, confesándolo de manera libre y espontánea. O que a la vista de todas las testificales se desprende lo mismo, pues en este caso y para no producir indefensión el juez instructor interrumpirá la diligencia e ilustrara al denunciante o testigo que pasa a ser denunciado y ordenara que el secretario judicial le lea sus derechos, que en caso de falta no son todos los apartados del articulo 520 lecrim (no los que tienen que ver con la privación de libertad porque por falta nunca se detiene, salvo excepcional supuesto del 495).
Con ese cambio de estatus, no sera difícil que se le preste la debida asistencia jurídica en la cabeza de un partido judicial. Letrados los que quieras. Y dudo que te den una semana para que te prepares una falta. Ya que ellos son los que tienen la agenda y no seria nada raro, y en la práctica no lo es, que sea para el día siguiente.
Pero repito por si no me explico claro o si alguien no lo entiende: en caso de lesiones entre dos y con dos partes médicos, es muy común que pillen los dos, independientemente de quien fue primero a comisaria.
A los que me han rebatido pregunto: esta el juez y el fiscal vinculados a la catalogación policial del supuesto hecho delito o falta??? Y a la condición de denunciado/imputado por la policía???

Desconectado whitecanary

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Re:Libre valoracion de pruebas
« Respuesta #10 en: 07 de Abril de 2015, 07:10:00 am »
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Los familiares también pueden ser testigos aunque se puedan considerar menos imparciales pero eso queda a la libre valoración del juez en el conjunto de la prueba.
Pueden, y dependiendo del vinculo, han de ser advertidos que no tiene obligación.
Ver art. 416 lecrim.
Del resto, mas o menos de acuerdo.

Desconectado whitecanary

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Re:Libre valoracion de pruebas
« Respuesta #11 en: 07 de Abril de 2015, 07:26:24 am »
Por cierto, nunca he dicho que se falle en el mismo acto y fecha si el denunciante pasa a ser denunciante-denunciando en el acto de juicio, y correlativamente, el denunciado pasa a ser denunciado-denunciante.
Sino que se interrumpe la diligencia y que al primero, al denunciante, se le hace lectura de sus derechos como denunciado. Y del otro lado, al denunciado, se le ha de hacer lectura de los derechos que le asisten por si fuera víctima, perjudicado u ofendido por la falta y el ofrecimiento de acciones.
Y no es algo raro.
Ni tampoco si la agenda judicial lo permite que se despache al día siguiente.

Desconectado velypereira

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Re:Libre valoracion de pruebas
« Respuesta #12 en: 07 de Abril de 2015, 08:01:34 am »
El juez no está vinculado para nada por la catalogación que haga la policía y prueba de ello es que a veces la policía hace verdaderas atrocidades, nunca entenderé como `puede quedar en sus manos el determinar de qué delito y en calidad de qué se imputa a una persona, no sería la primera vez que llega el detenido al juzgado de guardia y posteriormente se ve que es una simple falta por la cual no procede detención (salvo casos excepcionales).

Desconectado whitecanary

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Re:Libre valoracion de pruebas
« Respuesta #13 en: 07 de Abril de 2015, 08:14:08 am »
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El juez no está vinculado para nada por la catalogación que haga la policía y prueba de ello es que a veces la policía hace verdaderas atrocidades, nunca entenderé como `puede quedar en sus manos el determinar de qué delito y en calidad de qué se imputa a una persona, no sería la primera vez que llega el detenido al juzgado de guardia y posteriormente se ve que es una simple falta por la cual no procede detención (salvo casos excepcionales).
Es muy probable lo que aseveras de las atrocidades y que cuantos las contemplen estarian obligados a denunciarlas y las autoridades, a corregirlas. Y que por tales hechos hayan agentes que estén imputados por detenciones ilegales, entre otras responsabilidades a incurrir.

Un saludo.