Hola, soy nuevo en el forum, Un saludo cordial a todos.
Entiendo , al leer la normativa vigente, que las antenas parabólicas solo se pueden instalar en las azoteas de los edificios, con contadas exepciones. Por otra parte , dichas antenas suelen ser comunes para todos los usuarios del edificio.
Em mi caso, estoy a punto de comprar un piso en un edificio con parabólica "comun". El problema es que la orientación de la antena (Satelite Astra) no me permite ver algunos programas que son trasmitidos a través de otro satélite (orbit).
Se me ha comunicado que para instalar otra antena, respetando todos los codigos previstos, naturalmente, hay que pedir una autorización a la Comunidad de vecinos, via Presidente, que deberá reunirse para deliberar sobre el asunto. Se me ha comentado extraoficialmente que no debería haber problema al respecto.
La pregunta es: Tiene la Comunidad derecho a proibir la instalación de otra antena - en el riguroso respeto de las normas - teniendo en cuenta admás que yo correria con todos los gastos y que no tendría inconveniente a que otros vecinos pudieran conectarse gratuitamente si así lo desearan?
Gracias por la atención
F.Frasca