Per Mnieves una vez me notifiquen la pérdida de puntos tendrán que pasar seis meses antes de que pueda acudir a la autoescuela para la recuperación del carné de conducir, y si procedo tal como comento en el planteamiento del asunto no me quedaré ni un día sin carné.
Algo que se me olvidó, el 50 por ciento de reducción sólo lo es en la cuantía pecuniaria de la sanción.
Tengo que mirar la normativa de las autoescuelas, pero de nada sirve que te admitan en un curso del que no tienes constancia de la pérdida total de puntos.
Es más, creo que si pagas no podrás interponer ningún tipo de recurso; el recurso ha de conllevar el que no estás de acuerdo, aunque sólo sea con una de las sanciones, la no pecuniaria, que contempla la infracción.
Siendo así, tendrás que esperar esos 30 días naturales si no presentas alegaciones para que se abre la vía del recurso administrativo, que si es de alzada como imagino es obligatorio para que sea firma el procedimiento administrativo, y después podrás interponer el contencioso, bien cuando te llegue la resolución si no te lo estiman, bien que se entienda desestimados por no resolución expresa, son dos meses los que tienes que esperar, o menos si te lo notifican antes, pero tienes que contar con esos plazos.
Los seis meses para acudir a la autoescuela creo que es lo que grava más este tipo de pérdida del carnet, antes de julio de 2005 era de seis meses pero para los tipos que ahora se contemplan como delito penal y han sido excluidos de la vía administrativa.
Ya sé a lo que haces referencia, es al curso por pérdida parcial de los puntos, para recuperarlos, pero no es así en la pérdida total, es decir cuando has perdido todos los puntos y con ello el carnet de conducir, de ahí que te dijese que te tenía que llegar la notificación de la pérdida del carnet.
Lo que desde luego no merma al cincuenta por cuento son los puntos que conlleve la infracción, y además, inclusive se retiran porque el acto no se suspende a pesar de la interposición de los recursos, con lo cual, si se estima por el juez contencioso el recurso, después se accede a la Intranet, se borran los datos del expediente que ha dado lugar a la detracción y esos puntos vuelven a aparecer (esto lo puedo asegurar, yo misma lo hice por una infracción en la que supuestamente se saltó un ceda el paso, era una persona mayor, pero tenía un hijo abogado, y no sirvió de nada la ratificación del Agente de la Guardia Civil -travesía no urbana que recorre nuestro municipio-, el expediente administrativo no adolecía de vicio alguno, pero según el juez del contencioso esta persona llevaba razón, no se saltó el ceda el paso), es la única vez que lo he hecho de los casi 8 años anotando puntos en la Intranet - septiembre de 2015-, fuimos el segundo municipio de Huelva en incorporarnos, bueno me encontraba en la Jefatura Provincial uno de los días designados para sacar los datos y enseguida me lo comunicaron, lo que tardo el resto en tramitar el Convenio.
Te pongo un link, el primero que me ha saltado, pero viene con preguntas/respuestas y es sencillo de entender,
No puedes ver los enlaces.
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