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PROCESAL CIVIL ¿Cómo se redactan los escritos?

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palangana:
Los escritos se han de redactar claridad, orden y precisión. Al menos pueden leerlo tres personas (Secretario, Juez y abogado contrario). No existe forma fija, se respeta en este sentido la personalidad y estilo de quien lo emite, pero unos mínimos en cuanto a forma son de inexcusable cumplimiento. Es la práctica forense la que va fijando unos formularios y un estilo. Estudiar de momoria escritos procesales no tiene ningún sentido, lo importante es saber qué significan las cosas y las formas mínimas. Si se respetan las formas mínimas, el orden, la claridad y la precisión ¿quién y dónde se dice (por ejemplo) que no pueda escribir al Juzgado de PUÑO Y LETRA o con la antigua máquina de escribir? ¿quién y dónde se dice que el estilo haya de ser vertical (de arriba a abajo encabezamiento, anunciado de acción, fundamentos de hecho, fundamentos de derecho, suplico) y no horizontal (a la derecha en la mitad del folio encabezamiento y anuncio de acción, y a la izquierda fundamentos de hecho, fundamentos de derecho y suplico)?. En este sentido la ínadmisión de la demanda sería sin más arbitrariedad y denegación de la tutela judicial efectiva.

La ausencia de calridad, precisión y orden puede ser motivo (de quedar bastante regular, puesto que equivale a nuestro DNI jurídico de representación ante terceros), puede suponer inadmisión si no se respetan las formas mínimas y, finalmente, seguramente motivo de empezar a palmar el pleito (el Juez no nos entienede; contrario aprovechó para nadar en río revuelto).

1) ENCABEZAMIENTO: a) Al órgano al que se dirige; b) Quien insta tutela judicial; c) anuncio breve de la acción que se ejercita.

2) CUERPO DEL ESCRITO: a) fundamentos de hecho y b) fundamentos de derecho.

3) SUPLICO. a) lo que se pide.

Fecha/lugar y firma de Abogado y Procurador.


( El cita-copia-pega sin saber el porqué de ciertas expresiones y formas es condicionante perfecto para meter la pata).

Un saludo.



palangana:
Y más, ¿quién y dónde dice que SUPLICO AL JUZGADO no puede ir al principio del escrito en vez de en el final del escrito?; lo que la ley nos dice es con claridad y precisión de lo que se pide. Ni siquiera las peticiones tienen que ser en párrafos separados y numerados.

SUPLICO AL JUZGADO, que tenga por presentado este escrito con documentos que se acompañan y copias de todo ello, se sirva admitirlo, y por interpuesta demanda contra "DDD JJJ FFF", para que en su momento se dicte sentencia por la que se condene a la parte demandada en este procedimiento a pagar a mi patrocinada la cantidad (euros) en concepto de principal, más intereses legales que proceden desde la presentación del presente escrito de demanda hasta el cumplimiento de la sentencia que en su día recaiga y, todo ello, con expresa imposición de costas a la parte demandada.

Es de justicia que repetuosamente pido en (lugar) en fecha catorce de agosto de dos mil once.

O bien,

SUPLICO AL JUZGADO, que tenga por presentado este escrito con documentos que se acompañanan y copias de todo ello, se sirva admitirlo, y por interpuesta demanda contra "DD JJJ FFF", para que en su momento se dicte sentencia con los siguientes expresos pronunciamientos:

1) A pagar a mi patrocinada la cantidad de (euros) en concepto de principal.

2) Intereses legales de demora desde instado el presente procedimiento hasta cumplimiento de sentencia.

3) Costas a la parte demanda.

Es de Justicia que respetuosamnete pido en (lugar y fecha)

¿Que quiero decir?: que lo importante es la cairidad y precisión de lo que se pide. La segunda forma que he indicado, tan del gusto de los órganos judiciales, no resulta obligatoriedad legal alguna, no es más que una cuestión de gustos y estilo. Me interesaba cuatro peticiones 1) que se tenga por admitido el escrito y copias, 2) cantidad perincipal adeudada, 3) intereses legales que procedan indicando el tiempo de cómputo, 4) costas. Está pedido de forma clara. Recordar el principio de jusiticia rogada (lo que no pido, no existe) y de congruencia (una vez que pida siete cosas, sobre siete cosas se pronunciará su SSª)

Luego, una vez salvados los mínimos y vayamos adquieriendo soltura, podemos jugar a hacer encajes de bolillos y juegos malabares: puedo incluir expresiones como " recibimiento del pleito a prueba que se solicita" (puedo solicitarlo en Sala), "tras los trámites legales oportunos" (innecesario, las normas procesales son ius cogens o de orden público, se llevará a cabo de oficio), "se dé traslado a la parte demandada del presente escrito en tiempo y forma" (innecesario, de oficio, se emplazará a la personación y contestación)

Pues eso, cuestión de estilo, de tradición y práctica forense, de gustos ...como todo: lectura, lectura, lectura y estudio del porqué de las cosas.

Un saludo.

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