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Autor Tema: ¿alguien me puede ayudar? (tema laboral: contrato hogar- doméstico)  (Leído 1368 veces)

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Desconectado sady84

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¿alguien me puede ayudar? (tema laboral: contrato hogar- doméstico)
« en: 23 de Febrero de 2012, 17:17:48 pm »
A ver si alguien me puede ayudar porque estoy un poco perdida.
Me piden que busque la forma para pagar menos a la Seguridad Social (o al trabajador) en el caso de que una persona trabaje en mi casa como empleada del hogar con una jornada de 8 horas con manutención y cuyo salario es de 850 euros.
Mis preguntas concretas son:
1) Cuántas pagas extra le corresponde??, ¿y el importe??a las pagas extra también les tengo que quitar el importe de cotización de empleado y empleador??
2) Cuánto es el tope que puedo poner por manutención y si esto cotiza; es decir, si le doy 850 en dinero, puede ahi ir incluido el importe de la manutención? (por ejemplo, poniendo en nomina:750 euros + 100 euros por retribución en especie)
3) Se le puede bajar el sueldo al SMI y pagar en negro?

Y antes de nada, que no pretendo estafar a nadie, es un ejercicio
Me podéis ayudar?? me urge un poco la solución porque no entiendo nada.

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Desconectado jbr

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Re:¿alguien me puede ayudar? (tema laboral: contrato hogar- doméstico)
« Respuesta #1 en: 24 de Febrero de 2012, 08:58:42 am »
Hola:

  Tienes que analizar la ley 27/2011, de 1 de agosto, que entró en vigor con fecha 01 de enero de 2012. En esta ley se integra en el Régimen general de la Seguridad social, el régimen anterior, especial de empleados/as de hogar.

  Si revisas la Disposición adicional trigésima novena, podrás comprobar que se establece una escala  de quince tramos de cotización en función de los salarios percibidos, con cuotas que van desde 19,84 euros/mes por 20 horas de trabajo a la máxima de 164,60 euros/mes para la jornada completa, el tipo aplicable para el 2012 es del 22%, siendo el 18.30% a cargo del empleador y el resto por cuenta del del empleado.

   Esta distribución tiene la ventaja en relación con la situación actual de cotizar en función de las horas efectivamente trabajadas. A partir de 2019 se completará la equiparación de la cotización de las empleadas de hogar con la base mínima de cotización de régimen general y se cotizará por salarios reales.

  Los titulares de hogares familiares si contratan a una empleada de hogar cotizan por contingencias comunes un 18,30% sobre un tipo del 22%, el resto corresponde a la empleada, y un 1,10% por contingencias profesionales.

  En el régimen general el tipo de cotización por contingencias comunes en 2011 es de un 28,30% y al empleador corresponde un 23,60%. Las familias numerosas tendrán bonificaciones sobre la cuota que les corresponda por contratar empleadas de hogar.

  Analiza toda la disposición adicional y sacas tus propias conclusiones.

  Saludos cordiales,

  jbr
La mente es como un paracaídas, únicamente funciona cuando se abre.