La respuesta de Audiencia es de una aplastante lógica jurídica, afirma que al condenado se le juzgó con todas las garantías constitucionales y con todas las formalidades exigidas por la Ley, que la Sentencia se ha basado en prueba (que el juez valora libremente), y que ha tenido el derecho a los recursos que las leyes contemplan. Hasta ahí, la Audiencia no puede hacer más, solamente reafirmar que todas las actuaciones, desde el inicio instructor hasta la sentencia de condena firme han sido llevadas a cabo conforme a derecho.
Ahora bien, para casos como este existe el recurso de revisión, que es una forma de impugnación autónoma de naturaleza excepcional y que resulta admisible únicamente en aquellos supuestos legalmente tasados en que se ponga en evidencia la injusticia de una Sentencia firme de condena, cuya finalidad está encaminada a que prevalezca sobre dicha resolución judicial, la auténtica verdad y con ello la justicia material sobre la formal.
Solo es viable cuando se trate de sanar situaciones acreditadamente injustas en las que se evidencia, a favor del reo, la inocencia respecto al hecho que sirvió de fundamento a le Sentencia condenatoria.
Este "recurso" (que no es tal ya que es autónomo) necesita tres requisitos:
a) Que se trate de una Sentencia
b) Que sea firme (y por tanto no susceptible de recurso alguno)
c) Que sea condenatoria
Mírate el art 954 y ss de la LECrim
Pero la competencia para ese "recurso" recae sobre la Sala Segunda del Tribunal Supremo ( art 57 LOPJ) y por tanto, la Audiencia nada puede hacer al respecto. (mírate quienes están legitimados)
Al principio de los estudios de Derecho cuesta asimilar ciertos conceptos de lógica jurídica, puesto que estamos acostumbrados a una lógica general y no especializada, es difícil comprender como una Sentencia puede tener (de hecho tiene) mas peso que la "auténtica verdad" que mencionas. Cuando llegues al final de 5º curso verás como tu solo te contestas el planteamiento que hoy estás haciendo y sonríes dándote cuenta que has llegado a asimilar la lógica jurídica.
La carrera de Derecho es metafóricamente hablando un circulo, empiezas a trazarlo en 1º con teoría, romano, etc y acabas cerrándolo cuando terminas 5º, es entonces cuando desde la visión global de todas las materias y su conocimiento tienes un entendimiento pleno.
Y como nota anecdótica te puedo adelantar que el Derecho no es justo en el sentido filosófico, ético, o moral de la justicia, no lo es cuando lo estudias, y si alguna vez llegas a estar en un Tribunal...menos aún.