Buenas tardes, por favor, algún alma caritativa que le saliera esta pregunta, qué contestó? Y me explico: A mi entender, si son actos religiosos católicos, no necesitan autorización, pero si son actos religiosos de confesiones minoritarias sí necesitan autorización del jefe de la unidad, no es así?
El tema es que no pone qué tipo de actos religiosos son, o voy yo muy despistado? Yo contesté la c, requieren autorización expresa.
"Los actos religiosos de culto que se celebren dentro de las bases y acuartelamientos de las Fuerzas Armadas:
a) De acuerdo con lo dispuesto en el Acuerdo sobre Asuntos Jurídicos, son libres y no necesitan ni comunicación ni autorización.
b) Han de ser comunicados previamente al jefe de la unidad,
c) Requieren autorización expresa del jefe de la unidad."
Y ya abusando de su generosidad… qué contestaron o hubieran contestado en estas??
¿Cuál es la naturaleza jurídica de los pactos con las confesiones religiosas que hayan alcanzado la declaración de notorio arraigo en España?
a) Son convenios de Derecho público.
b) Son tratados internacionales. (PUSE ESTA PERO CREO QUE ES LA C)
c) Son leyes ordinarias
El Tribunal Europeo de DDHH, por sentencia 18 mazo 2011:
A) Avala la presencia de crucifijos en las escuelas italianas (EN MI OPINIÓN ESTA ES LA CORRECTA)
B) Prohibe la presencia de crucifijos en las escuelas italianas
C) Prohibe la presencia del velo islámico en las escuelas italianas
Y.. En qué constitución se estableció por primera vez el derecho de reunión en España?? (PUSE 1876)
(Se que con esperar al sábado en teoría sabremos el resultado por medio del Avex, pero es de esas asignaturas que pensaba que aprobaba y según mi propia corrección me he quedado en un 4!!)
Muchas gracias!!