Básicamente:
Una SA tiene acciones, se compran y se venden libremente. Si no estás a gusto las vendes y dejas de ser socio. Por eso en SA no hay derecho de separación, porque la transmisibilidad es libre y para dejar de socio basta transmitir a quien quieras tus acciones. Ejemplo: REPSOL S.A.
En una SCA lo mismo porque se trata de acciones
En una SRL no hay acciones, hay participaciones y no se puede comprar y vender librememente, necesitas autorización de la Junta Gral. Si te quieres ir no puedes vender a quien quieras. Por eso tiene que haber otro sistema de irte : el derecho de separación , porque la transmisibilidad no es libre. Ejemplo: Golosinas Mayte SRL. ( Mayte y familia no dejan que compre y venda sus participaciones cualquiera)
Si se acuerda transformar el tipo de una sociedad en otro tipo, también hay algún instrumento para dejarlo solo para quienes no votaron a favor : 1) separación automática si en la nueva se asumiría responsabilidad personal ( caso de cualquier soc de capital a una soc colectiva- o 2) derecho de separación en los demás casos ( la diferencia es que en la automática no hay que hacer nada y en la otra hay que ejerce el derecho, como digan los estatutos, en plazo etc)
Las causas del derecho de separación las tienes en art 346 y sigs LSC más claro y ordenado
espero que te sirva