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Autor Tema: El TS avala el derecho de una adventista del Séptimo Día a no opositar en sábado  (Leído 2311 veces)

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El Supremo avala el derecho de una opositora adventista del Séptimo Día a no ser examinada en sábado. El alto tribunal anula la resolución de la Consellería de Educación de la Xunta de Galicia, de junio de 2011, que desestimó la petición de la recurrente miembro de esa Iglesia cristiana, de ser examinada un día que no fuese sábado de la prueba de conocimiento de la lengua gallega, dentro de la oposición a maestra de Educación Infantil. En su iglesia, el sábado (concretamente el periodo entre la puesta de sol del viernes y la puesta de sol del sábado) está dedicado a la adoración a Dios. La Xunta, que había fijado dicho examen para el sábado 18 de junio de 2011, alegó que se trataba de una prueba de llamamiento único a realizar en unidad de acto, y a la que estaban llamadas otras 48 personas. La mujer no concurrió a la prueba y, como consecuencia, fue excluida del proceso selectivo.

La opositora presentó un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia al considerar que se había restringido injustificadamente su libertad religiosa reconocida en la Constitución y la Ley de Libertad Religiosa de 1980, así como la Ley de 1992 que aprobó el acuerdo de cooperación del Estado con la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España, que señala específicamente que “los exámenes, oposiciones o pruebas selectivas convocadas para el ingreso en las Administraciones Públicas, que hayan de celebrarse” entre la puesta de sol del viernes y la del sábado, serán señalados en una fecha alternativa para los fieles de estas entidades religiosas, “cuando no haya causa motivada que lo impida”. Citó dos oposiciones, una en la UNED y otra en el Ministerio de Sanidad, donde se buscaron alternativas para permitir a miembros de su Iglesia no examinarse en sábado.

El Tribunal Superior gallego desestimó su recurso argumentando que la Administración, de forma motivada y conforme a las bases de la oposición, rechazó cambiar de día su examen porque se había convocado para realizarse en unidad de acto en garantía de transparencia del proceso. El alto tribunal gallego añadió que el derecho a la libertad religiosa no sólo está limitado por razones de orden público sino también por el debido respeto a derechos de terceros, y en este caso al examen de gallego estaban convocados otros 48 participantes, de modo que si se les hacían exámenes separados y/o distintos se vería afectado al derecho a la igualdad en la realización de la prueba y en el acceso a los cargos públicos, garantizado por la Constitución, y se podría empañar la transparencia del proceso e incrementar el riesgo de filtraciones.

El Supremo, en sentencia de la que ha sido ponente el magistrado Pablo Lucas Murillo de la Cueva, ha estimado ahora el recurso presentado por la opositora, al entender que la resolución de la Xunta de Galicia de no acceder a su petición de no examinarse en sábado fue contraria al derecho fundamental a la libertad religiosa, así como al artículo 12.3 de la Ley de 1992 de los acuerdos Estado-Iglesias Evangélicas, que establece que las oposiciones a los fieles de estas iglesias serán señalados en fecha alternativa al sábado. Añade que la Xunta de Galicia no ha identificado una causa con la entidad necesaria para no buscar una alternativa para conciliar los derechos en conflicto, como el usado en la UNED de ofrecer la posibilidad de examinarse en fechas distintas con exámenes también diferentes, práctica viable y admitida legalmente.

La consecuencia de la estimación del recurso es que se reconoce el derecho de la joven a proseguir el proceso selectivo y a que, de superarlo con una puntuación igual o superior a la del último de los aspirantes que lograron plaza, a que se le nombre funcionaria del Cuerpo de Maestros en la especialidad de Educación Infantil con efectos desde que se produjeron para los demás nombrados.


Desconectado federicomartin

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Re:El TS avala el derecho de una adventista del Séptimo Día a no opositar en sábado
« Respuesta #1 en: 17 de Agosto de 2015, 17:26:16 pm »
Un caso muy interesante si habéis visto ya Derecho Eclesiástico del Estado

No sé si allí en la UNED estudiaréis el caso de creo recordar que el señor se llamaba Fernando que concurría a unas oposiciones de la Administración General del Estado que era de Zaragoza y que resolvió el TSJ de Aragón denegando la petición de este señor para hacer el examen un día distinto del sábado

Era una sentencia del TSJ de Aragón de mayo del año 1999 si no recuerdo mal

Entonces se resolvió con lo contrario

Habrá que ver cómo se argumenta en esta sentencia el que en este caso se permita a la mujer presentarse otro día que no sea el sábado, que entiendo yo que se habrá argumentado por la vía de la libertad religiosa y de culto y por lo dispuesto en el Acuerdo de 1992 con la FEREDE

Desconectado cromwell

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Re:El TS avala el derecho de una adventista del Séptimo Día a no opositar en sábado
« Respuesta #2 en: 18 de Agosto de 2015, 10:28:01 am »
Esta sentencia nos lleva al desastre.
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Desconectado Gregory

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Re:El TS avala el derecho de una adventista del Séptimo Día a no opositar en sábado
« Respuesta #3 en: 18 de Agosto de 2015, 12:27:54 pm »
Está previsto en el art. 12.3 del Acuerdo de Cooperación del Estado con la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España…

3. Los exámenes, oposiciones o pruebas selectivas convocadas para el ingreso en las Administraciones Públicas, que hayan de celebrarse dentro del período de tiempo expresado en el número anterior, serán señalados en una fecha alternativa para los fieles de las Iglesias a que se refiere el número 1 de este artículo, cuando no haya causa motivada que lo impida.

El periodo de tiempo al que se refiere el número anterior (el 2) es desde la puesta de sol del viernes hasta la puesta de sol del sábado.

Entre los fieles a los que se refiere el nº 1 se encuentras los de las Iglesias Adventistas del séptimo día.

Por tanto, está en su derecho, salvo que el impedimento fuese por causa motivada.
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Desconectado apolo

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Re:El TS avala el derecho de una adventista del Séptimo Día a no opositar en sábado
« Respuesta #4 en: 18 de Agosto de 2015, 13:02:34 pm »
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El Supremo avala el derecho de una opositora adventista del Séptimo Día a no ser examinada en sábado. El alto tribunal anula la resolución de la Consellería de Educación de la Xunta de Galicia, de junio de 2011, que desestimó la petición de la recurrente miembro de esa Iglesia cristiana, de ser examinada un día que no fuese sábado de la prueba de conocimiento de la lengua gallega, dentro de la oposición a maestra de Educación Infantil. En su iglesia, el sábado (concretamente el periodo entre la puesta de sol del viernes y la puesta de sol del sábado) está dedicado a la adoración a Dios. La Xunta, que había fijado dicho examen para el sábado 18 de junio de 2011, alegó que se trataba de una prueba de llamamiento único a realizar en unidad de acto, y a la que estaban llamadas otras 48 personas. La mujer no concurrió a la prueba y, como consecuencia, fue excluida del proceso selectivo.

La opositora presentó un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia al considerar que se había restringido injustificadamente su libertad religiosa reconocida en la Constitución y la Ley de Libertad Religiosa de 1980, así como la Ley de 1992 que aprobó el acuerdo de cooperación del Estado con la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España, que señala específicamente que “los exámenes, oposiciones o pruebas selectivas convocadas para el ingreso en las Administraciones Públicas, que hayan de celebrarse” entre la puesta de sol del viernes y la del sábado, serán señalados en una fecha alternativa para los fieles de estas entidades religiosas, “cuando no haya causa motivada que lo impida”. Citó dos oposiciones, una en la UNED y otra en el Ministerio de Sanidad, donde se buscaron alternativas para permitir a miembros de su Iglesia no examinarse en sábado.

El Tribunal Superior gallego desestimó su recurso argumentando que la Administración, de forma motivada y conforme a las bases de la oposición, rechazó cambiar de día su examen porque se había convocado para realizarse en unidad de acto en garantía de transparencia del proceso. El alto tribunal gallego añadió que el derecho a la libertad religiosa no sólo está limitado por razones de orden público sino también por el debido respeto a derechos de terceros, y en este caso al examen de gallego estaban convocados otros 48 participantes, de modo que si se les hacían exámenes separados y/o distintos se vería afectado al derecho a la igualdad en la realización de la prueba y en el acceso a los cargos públicos, garantizado por la Constitución, y se podría empañar la transparencia del proceso e incrementar el riesgo de filtraciones.

El Supremo, en sentencia de la que ha sido ponente el magistrado Pablo Lucas Murillo de la Cueva, ha estimado ahora el recurso presentado por la opositora, al entender que la resolución de la Xunta de Galicia de no acceder a su petición de no examinarse en sábado fue contraria al derecho fundamental a la libertad religiosa, así como al artículo 12.3 de la Ley de 1992 de los acuerdos Estado-Iglesias Evangélicas, que establece que las oposiciones a los fieles de estas iglesias serán señalados en fecha alternativa al sábado. Añade que la Xunta de Galicia no ha identificado una causa con la entidad necesaria para no buscar una alternativa para conciliar los derechos en conflicto, como el usado en la UNED de ofrecer la posibilidad de examinarse en fechas distintas con exámenes también diferentes, práctica viable y admitida legalmente.

La consecuencia de la estimación del recurso es que se reconoce el derecho de la joven a proseguir el proceso selectivo y a que, de superarlo con una puntuación igual o superior a la del último de los aspirantes que lograron plaza, a que se le nombre funcionaria del Cuerpo de Maestros en la especialidad de Educación Infantil con efectos desde que se produjeron para los demás nombrados.
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Re:El TS avala el derecho de una adventista del Séptimo Día a no opositar en sábado
« Respuesta #5 en: 18 de Agosto de 2015, 16:47:51 pm »
Lo que me parece curioso es que un caso muy similar hace unos años se le deniega ese permiso para hacer la prueba otro día distinto al sábado y ahora se defienda justamente lo contrario

Desconectado cromwell

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Re:El TS avala el derecho de una adventista del Séptimo Día a no opositar en sábado
« Respuesta #6 en: 19 de Agosto de 2015, 12:56:48 pm »
Por eso lamentable. Así nos va. Según corra el aire y las reglas para unos sí y para otros no.
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Re:El TS avala el derecho de una adventista del Séptimo Día a no opositar en sábado
« Respuesta #7 en: 19 de Agosto de 2015, 16:11:44 pm »
La sociedad civil no debería bailar al son de ninguna religión, por supuesto de la católica tampoco. Pero no es así, y si no me dais crédito, mirad un almanaque.
Salut!
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Re:El TS avala el derecho de una adventista del Séptimo Día a no opositar en sábado
« Respuesta #8 en: 19 de Agosto de 2015, 16:15:40 pm »
Apolo estoy de acuerdo contigo, pero lo que yo no entiendo es porqué un caso muy similar hace 15 años se deniega este permiso precisamente por los argumentos contrarios, es decir no entendiendo que hay libertad religiosa y de culto

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Re:El TS avala el derecho de una adventista del Séptimo Día a no opositar en sábado
« Respuesta #9 en: 19 de Agosto de 2015, 16:18:03 pm »
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Apolo estoy de acuerdo contigo, pero lo que yo no entiendo es porqué un caso muy similar hace 15 años se deniega este permiso precisamente por los argumentos contrarios, es decir no entendiendo que hay libertad religiosa y de culto
Desconozco el caso, palabra de honor.
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Re:El TS avala el derecho de una adventista del Séptimo Día a no opositar en sábado
« Respuesta #10 en: 19 de Agosto de 2015, 16:20:04 pm »
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Desconozco el caso, palabra de honor.

Si lo encuentro, cuelgo por aquí el enlace de la sentencia apolo es que lo estudié yo en la universidad pero no recuerdo ahora mismo el día que fue la sentencia

Pero juraría, al menos que yo recuerde, que era un caso bastante similar

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Re:El TS avala el derecho de una adventista del Séptimo Día a no opositar en sábado
« Respuesta #11 en: 19 de Agosto de 2015, 16:28:36 pm »
Apolo, la sentencia la tengo guardada en el ordenador pero es de Westlaw que si te interesa y tienes cuenta te dejo la referencia

Tribunal Superior de Justicia de Aragón (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1ª).Sentencia núm. 352/1999 de 18 mayo

RJCA\1999\2946

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Re:El TS avala el derecho de una adventista del Séptimo Día a no opositar en sábado
« Respuesta #12 en: 19 de Agosto de 2015, 16:29:53 pm »
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Apolo, la sentencia la tengo guardada en el ordenador pero es de Westlaw que si te interesa y tienes cuenta te dejo la referencia

Tribunal Superior de Justicia de Aragón (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1ª).Sentencia núm. 352/1999 de 18 mayo

RJCA\1999\2946
Ok, thanks!
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Re:El TS avala el derecho de una adventista del Séptimo Día a no opositar en sábado
« Respuesta #13 en: 19 de Agosto de 2015, 16:31:19 pm »
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Ok, thanks!

De nada compañero!! son 4 páginas así que en poco tiempo te lo has leído

A ver que te parece!!

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Re:El TS avala el derecho de una adventista del Séptimo Día a no opositar en sábado
« Respuesta #14 en: 19 de Agosto de 2015, 19:44:32 pm »
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Abigail Salgado : «Para nosotros el sábado es un día que solo dedicamos a Dios»

Cuatro años después de empezar una batalla legal contra la Xunta de Galicia y de haber tenido que llegar al Tribunal Supremo, a Abigail Salgado le llegó la noticia de su victoria por medio de su pastor en una aldea de Paraguay, donde cumple con su vocación de maestra con niños de pocos recursos económicos. Esta coruñesa, que hoy cuenta con 26 años, se encontraba en 2011 opositando a un puesto como docente, pero al haber cursado sus estudios secundarios fuera de la Comunidad, necesitaba realizar una prueba que acreditase el nivel en lengua gallega necesario para el puesto.

El problema surgió cuando se fijaron los exámenes en un sábado, ya que Abigail es miembro de la iglesia Adventista, por lo que no podía acudir en ese día. «Para nosotros el sábado es un día que dedicamos por completo a Dios. Podemos estar con la familia o con amigos, pero no trabajar o estudiar» explica a ABC.

Varios precedentes

Ante su decisión de no tomar parte en la prueba y la negativa del Gobierno autonómico a posponerla para otro día, la aspirante a profesora quedó excluida del proceso de selección, lo que propició su travesía por los juzgados. Abigail acudió al Tribunal Superior de Justicia de Galicia argumentando que se habían vulnerado injustificadamente sus derechos referentes a sus creencias, reconocidos tanto en la Constitución como en la Ley de Libertad Religiosa de 1980. También se amparó en un texto de 1992 en el que el Estado firmó un convenio de cooperación con la Federación de Entidades Evangélicas en el que se prevén casos como el de la coruñesa para las pruebas de empleo público.

Aunque la candidata aportó dos precedentes, el alto tribunal gallego desestimó su recurso aludiendo a las «garantías de transparencia» en el proceso, así como que el caso podía afectar a las condiciones de los demás convocados por riesgo de filtraciones.

Segunda oportunidad

La sentencia del Supremo da derecho a la joven a realizar dicha prueba, y de lograr una puntuación igual o superior al último seleccionado, contará con su plaza de funcionaria, pero entiende que las condiciones han cambiado. «Me gustaría saber si me darán tiempo para prepararme. Hace cuatro años lo estaba, pero ahora necesitaría al menos 6 meses», recuerda. Dice que no volverá a España hasta diciembre y teme las modificaciones del temario.

Aunque sus ganas de ser profesora están intactas y no descarta presentarse a unas nuevas oposiciones, Abigail todavía lamenta la frustración que sintió al ver malgastada su inversión de tiempo y dinero por matricularse en una academia durante un año en el que se dedicó al estudio ocho horas diarias. Ahora espera que a su regreso la justicia sea completa y recupere su oportunidad.