Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: MORDEKAY en 23 de Enero de 2022, 20:15:39 pm

Título: Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2021 / 2022)
Publicado por: MORDEKAY en 23 de Enero de 2022, 20:15:39 pm
Derecho de la Protección Social curso 2021 / 2022

Todo lo relacionado con la asignatura para el curso 2021 / 2022

Guía de la asignatura: Derecho de la Protección Social (https://www.uned-derecho.com/index.php?topic=130608.0)

Aquí no se piden ni ofrecen apuntes, todo post que lo haga será eliminado.

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Título: Re: Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2021 / 2022)
Publicado por: elenatf6 en 14 de Febrero de 2022, 20:24:00 pm
Pillo sitio
Título: Re: Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2021 / 2022)
Publicado por: Westy666 en 14 de Febrero de 2022, 21:05:35 pm
Yo también cojo sitio compañeros
Título: Re: Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2021 / 2022)
Publicado por: csainza2 en 14 de Febrero de 2022, 21:49:53 pm
Pillo sitio compis.
Un saludo
Título: Re: Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2021 / 2022)
Publicado por: luismi141 en 02 de Marzo de 2022, 20:02:13 pm
Me uno
Título: Re: Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2021 / 2022)
Publicado por: fer21 en 08 de Marzo de 2022, 08:18:01 am
Buenos dias.
¿Algun@ teneis localizado por lecciones cual es la letra pequeña? No consigo identificarla bien, me parece toda igual.
Título: Re: Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2021 / 2022)
Publicado por: ai.lopezsanz en 09 de Marzo de 2022, 09:10:13 am
Buenos dias.
¿Algun@ teneis localizado por lecciones cual es la letra pequeña? No consigo identificarla bien, me parece toda igual.

Hola Fer,

No lo tengo localizado por tema, pero en la 4.a edición del libro tienes un ejemplo en la pág. 175. El segundo párrafo estaría en letra pequeña.
La verdad es que es muy similar al tamaño de letra normal y cuesta identificarlo.

Espero que te sirva. Un saludo y ánimo!
Título: Re: Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2021 / 2022)
Publicado por: fer21 en 14 de Marzo de 2022, 11:56:42 am
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Hola Fer,

No lo tengo localizado por tema, pero en la 4.a edición del libro tienes un ejemplo en la pág. 175. El segundo párrafo estaría en letra pequeña.
La verdad es que es muy similar al tamaño de letra normal y cuesta identificarlo.

Espero que te sirva. Un saludo y ánimo!

Gracias por la respuesta.
Me crea mucha inseguridad el no poder identificar la letra pequeña con claridad. Ante la duda mirare todo el manual. Que tochaco mas denso  :o
Título: Re: Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2021 / 2022)
Publicado por: DeDiego en 18 de Abril de 2022, 17:02:50 pm
Hola compañeros:

¿Hay alguno haci9endo la PEC?
El plazo es hasta el 20 de abril, vaya hasta pasado mañana.
¿Compensa hacerla en esta asignatura?

Gracias.
 
Título: Re: Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2021 / 2022)
Publicado por: guszapa en 18 de Abril de 2022, 18:16:02 pm
Yo la he hecho.

Tiene su dificultad: muchos pequeños detalles que te puedes saltar. Pero dice en la guía claramente que suma, nunca puede restar la nota.

Y tienes que llegar al 7,5 en el examen, así que, hay que valorar si el tiempo que le dediques te compensa con la subida en la calificación, si llegas.

Estamos a una distancia del examen que te puedes permitir dedicarte a ella en estos dos días y poco que aún te quedan.

Salu2
Título: Re: Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2021 / 2022)
Publicado por: Canyada10 en 19 de Abril de 2022, 20:38:36 pm
Alguien está estudiando con el manual digital?. Tiene 594 páginas y se me está atragantando y he leído que el manual físico tiene "letra pequeña" y temo estar haciendo trabajo en balde, de cara al examen, claro.
Título: Re: Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2021 / 2022)
Publicado por: guszapa en 19 de Abril de 2022, 21:25:27 pm
Yo me imprimí las casi 600 páginas y ha sido tirar el dinero. No pude con él.

Ahora estoy con unos apuntes y con unos test para ver por dónde van los exámenes.

No pienso dedicarle más tiempo.
Título: Re: Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2021 / 2022)
Publicado por: luismi141 en 23 de Abril de 2022, 13:30:03 pm
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Yo me imprimí las casi 600 páginas y ha sido tirar el dinero. No pude con él.

Ahora estoy con unos apuntes y con unos test para ver por dónde van los exámenes.

No pienso dedicarle más tiempo.
Puedes indicarme qué apuntes estás utilizando? Ando un poco perdido yo también. Muchas gracias de antemano!
Título: Re: Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2021 / 2022)
Publicado por: guszapa en 24 de Abril de 2022, 20:06:44 pm
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Puedes indicarme qué apuntes estás utilizando? Ando un poco perdido yo también. Muchas gracias de antemano!

Hay unos de Juan Bueno que están muy bien. Llevan, además, cientos de preguntas tipo test. Un currazo impresionante.
Título: Re: Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2021 / 2022)
Publicado por: DeDiego en 26 de Abril de 2022, 01:14:41 am
Mira que esta asignatura me gusta mucho, pero se me está haciendo más cuesta arriba...
Título: Re: Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2021 / 2022)
Publicado por: urkel en 28 de Abril de 2022, 08:58:19 am
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Hay unos de Juan Bueno que están muy bien. Llevan, además, cientos de preguntas tipo test. Un currazo impresionante.

¿Podrías poner algún enlace a los apuntes de Juan bueno, o indicar dónde poder conseguirlos?

Gracias
Título: Re: Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2021 / 2022)
Publicado por: guszapa en 28 de Abril de 2022, 17:48:49 pm
Me los pasaron por un grupo de telegram, no los bajé de ninguna web y no sé cómo conseguirlos.

Pregunta en los grupos de whatsapp y telegram, porque yo ando desconectado últimamente por motivos de trabajo.

Título: Re: Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2021 / 2022)
Publicado por: Westy666 en 04 de Mayo de 2022, 17:21:44 pm
Sabéis si son muy leñeros con las preguntas de los exámenes?
Título: Re: Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2021 / 2022)
Publicado por: DeDiego en 15 de Mayo de 2022, 12:38:58 pm
Hola compañeros:

No sé si tenéis la nota de la Pec. Yo aún no. Y finalizaba el plazo hoy ¿no?
En fin, saludos y ánimo con todo.
Título: Re: Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2021 / 2022)
Publicado por: csainza2 en 15 de Mayo de 2022, 14:59:40 pm
Yo ya la tengo en el apartado de calificaciones
60/100
 >:(
Un saludo
Título: Re: Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2021 / 2022)
Publicado por: DeDiego en 16 de Mayo de 2022, 11:43:50 am
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Yo ya la tengo en el apartado de calificaciones
60/100
 >:(
Un saludo

Vaya por Dios.

Pues yo sigo sin mi nota. :o Tendré que mandar un correo al tutor.
Título: Re: Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2021 / 2022)
Publicado por: Westy666 en 24 de Mayo de 2022, 10:47:56 am
Compañeros de la segunda semana, si podéis, estudiad, que hay nuevas [9]
Título: Re: Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2021 / 2022)
Publicado por: csainza2 en 24 de Mayo de 2022, 16:25:27 pm
Como que hay nuevas
Tenéis el examen ???
Título: Re: Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2021 / 2022)
Publicado por: Gina Prats en 25 de Mayo de 2022, 10:21:08 am
Hola!!
Alguien podria compartir el examen por favor??
Gracias de antemano.
Gina
Título: Re: Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2021 / 2022)
Publicado por: anmarye en 25 de Mayo de 2022, 11:32:58 am


Os pongo el examen (y disculpad si hay alguna falta ortográfica):

1. Conforme a lo dispuesto en la Ley General de la Seg. Social ¿Qué naturaleza tiene la prestación económica para el cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave del sistema de Seg. Social?
a. tiene naturaleza no contributiva.
b. tiene naturaleza contributiva.
c. tiene naturaleza universal.

2. Conforme a lo dispuesto en el Reglamento General sobre inscripción de empresas y afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores en la Seg. Social:
a. Se entiende por pluriactividad la situación del trabajador por cuenta propia y/o ajena cuyas actividades den lugar a su alta obligatoria en dos o más regímenes distintos del sistema de Seg. Social.
b. Se entiende por pluriempleo la situación del trabajador por cuenta propia y/o ajena cuyas actividades den lugar a su alta obligatoria en dos o más regímenes distintos del sistema de la Seg. Social.
Se entiende por pluriactividad la situación del trabajador por cuenta ajena que preste sus servicios profesionales a dos o más empresas distintas y en actividades que den lugar a su alta en un mismo régimen de la seg. social.

3. Las reclamaciones que tengan por objeto prestaciones y servicios de la seg. social que hayan sido gestionados por una Mutua en el ejercicio de sus competencias:
a. se sustanciarán ante el orden jurisdiccional social.
b. se sustanciarán ante el orden jurisdiccional contencioso-admtivo
c. se sustanciarán ante el orden jurisdiccional civil.

4. Señale la respuesta correcta:
a. Los derechos de seg. social, conforme a la doctrina del Tribunal Constitucional, no son derechos de contenido legal, sino que, al estar reconocidos en la Constitución, se aplican directamente.
b. Los derechos de seg. social, conforme a la doctrina del Tribunal Constitucional, son derechos de configuración legal, por lo que requieren de intermediación legislativa.
c. la Constitución no establece ningún precepto que se refiera directamente a la seg. social

5. Imagine el siguiente supuesto. Luis es socio trabajador de una sociedad de capital y miembro de su consejo de administración. El desempeño del cargo de consejero no conlleva, sin embargo, funciones de dirección y gerencia de la sociedad. Su participación en el capital social asciende a 12%. ¿En qué régimen de la seg. social se encuadra?
a. en el régimen especial de trabajadores por cuenta propia o autónomos.
b. en el régimen general, con efectos plenos (incluida la protección por desempleo y FOGASA)
c. en el régimen general, con efectos limitados (se excluye la protección por desempleo y del FOGASA).

6. Conforme a la Ley General de la Seg. social, y a los efectos de delimitar el ámbito de aplicación de la protección de la contingencia de desempleo, el desempleo será parcial:
a. cuando el trabajador vea reducida temporalmente su jornada diaria ordinaria de trabajo entre un 10% y un 70%, siempre que el salario sea objeto de análoga reducción.
b. cuando el trabajador vea reducida temporalmente su jornada diaria ordinaria de trabajo en un 50%, siempre que el salario sea objeto de análoga reducción.
c. cuando el trabajador vea reducida temporalmente su jornada diaria ordinaria de trabajo entre un 30% y un 70%, siempre que el salario sea objeto de análoga reducción.

7. En el Regímen General de la Seg. Social, la cuantía de la prestación de incapacidad temporal derivada de contigencias profesionales consiste en:
a. el 100% de la base reguladora
b.  el 60% de la base reguladora
c.  el 75% de la base reguladora

8. Carmen presta servicios como empleada doméstica para varios hogares familiares. En el hogar A trabaja 9 horas semanales, en el hogar B trabaja 8 horas semanales y en el hogar C trabaja 6 hora semanales. ¿En qué régimen de la seg. social debe esta dada de alta?
a. en el régimen especial de trabajadores por cuenta propia o autónomos.
b. en el régimen especial de empleados de Hogar.
c. En el régimen general, dentro del sistema especial de empleados del hogar.

9. El 10 de diciembre de 2021, Mario G, director general de la empresa X y apoderado de la misma, entrevista a Eva F, en el marco de un proceso de selección para cubrir un puesto de contable. El resultado de la entrevista es satisfactorio y ambas partes suscriben contrato de trabajo indefinido y con jornada completa,  con efectos a partir del 2 de enero de 2022. ¿Cuándo debe solicitar la empresa X el alta de Eva F en el Régimen General de la Seg. social?
a. el día en que se inicie la prestación de servicios.
b. con carácter previo al inicio de la prestación de servicios.
c. en el plazo de 3 días desde que se inicie la prestación de servicios.

10. Francisco C. trabajador por cuenta ajena en la empresa X, ha sufrido un infarto en el centro de trabjao durante su jornada laboral. Como consecuencia del infarto, Francisco ha estado cuatro meses en situación de incapacidad temporal. Esta incapacidad temporal, ¿deriva de contingencia profesional o común?
a. Deriva de contingencia profesional, pues la LGSS presume iure et de iure - sin admitir prueba en contrario- que son constitutivas de accidente de trabajo las lesiones que sufra el trabajador durante el tiempo y en el lugar del trabajo.
b. en principio , deriva de contingencia profesional, pues la LGSS presume iuris tantum - salvo prueba en contrario - que son constitutivas de accidente de trabajo las lesiones que sufra el trabajador durante el tiempo y en el lugar de trabajo.
c. en principio, deriva de contingencia común, salvo que el trabajador logre probar la conexión del infarto con el trabajo. La LGSS no establece ninguna presunción en relación con el accidente de trabajo y las lesiones sufridas por el trabajador durante el tiempo y en el lugar de trabajo.

11.En el régimen general de la Seg. social, para ser beneficiario de la prestación por incapacidad temporal derivada de enfermedad común:
a. se exige un periodo mínimo de cotización de 180 día dentro de los 5 años inmediatamente anteriores al hecho causante.
b. se exige un periodo mínimo de cotización de 365 día dentro de los 6 años inmediatamente anteriores al hecho causante.
c. No se exige un periodo mínimo de cotización.

12. En el régimen general de la seg. social, la base de cotización para desempleo, FOGASA y para la formación profesional:
a. será la correspondiente a las contingencias comunes.
b. será la correspondiente a las contingencias profesionales de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
c. será la que se pacte, a estos exclusivos efectos, por el trabajador y empresario.

13. ¿Qué entidad tiene encomendada la gestión de las prestaciones familiares no contributivas del sistema de seg. social?
a. INSS
b. INGESA y organismos propios de las CCAA
c. IMSERSO y organismos propios de las CCAA

14. En el régimen general de la seg. social, la prestación de incapacidad temporal derivada de contingencias profesional se abona:
a. desde el mismo día de la baja médica del trabajador.
b. al cuarto día de la baja médica del trabajador. Los 3 primeros días carecen de protección, salvo que exista mejora voluntaria.
c. desde el día siguiente al de la baja médica del trabajador, estando a cargo del empresario el salario íntegro correspondiente al día de la baja.

15.¿cuál es la aportación que deben asumir las personas con tratamiento derivados de accidente de trabajo y enfermedad profesional en la prestación farmacéutica ambulatoria asociada a dichos tratamientos?
a. ninguna. están exentos de aportación
b. un 10% del PVP
c. depende de sus ingresos.

16. En el régimen general de la seg. social, la remuneración que obtengan los trabajadores por el concepto de horas extraordinarias:
a. se incluye en la base de cotización por contingencias profesionales y, además, estará sujeta a una cotización adicional por parte de empresarios y trabajadores.
b. se incluye en la base de cotización por contingencias comunes y, además, estará sujeta a una cotización adicional por parte de empresarios y trabajadores.
c. se incluye en la base de cotización por contingencias comunes y, además, estará sujeta a una cotización adicional a cargo exclusivo del empresario.

17. Las consecuencias del accidente de trabajo que resulten modificadas en su naturaleza, duración, gravedad o terminación, por enfermedades intercurrentes, que constituyan complicaciones derivadas del proceso patológico determinado por el accidente mismo o tenga su origen en afecciones adquiridas en el medio en se haya situado el paciente para su curación, serán calificadas como:
a. enfermedad común
b. enfermedad profesional.
c. accidente de trabajo.

18. en el marco del SAAD, el reconocimiento de la situación de dependencia:
a. se efectuará mediante resolución expedida por la Administración Autonómica correspondiente a la residencia del solicitante y tendrá validez en todo el territorio del Estado.
b. se efectuará mediante resolución expedida por la Administración Autonómica correspondiente a la residencia del solicitante y tendrá validez en únicamente en el territorio de esa CCAA.
c. se efectuará mediante resolución expedida por la Administración General del Estado correspondiente a la residencia del solicitante y tendrá validez en todo el territorio del Estado.

19. ¿Cuántos años de residencia en España se requieren con carácter general para tener derecho a las prestaciones del SAAD?
a. 10 años, de los cuales 2 deben ser inmediatamente anteriores a la solicitud.
b. 5 años, de los cuales 2 deben ser inmediatamente anteriores a la solicitud.
c. 1 año.

20. La ley 16/2003, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud incluye la prestación farmacéutica en:
a. la cartera común básica de servicios asistenciales del Sistema Nacional de Salud
b. la cartera común suplementaria de servicios asistenciales del Sistema Nacional de Salud
c. la cartera común de servicios accesorios del Sistema Nacional de Salud

ánimo que yo creo que esta dentro del nivel de otros años. Me voy a seguir con DIPr porque tengo la sensación de que no va a ser tan asequible como este.

Suerte a todos!! Ya queda menos!! :D :D
Título: Re: Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2021 / 2022)
Publicado por: Gina Prats en 25 de Mayo de 2022, 21:03:33 pm
Mil gracias!!!  :)
Título: Re: Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2021 / 2022)
Publicado por: Canyada10 en 26 de Mayo de 2022, 18:02:50 pm
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Os pongo el examen (y disculpad si hay alguna falta ortográfica):

1. Conforme a lo dispuesto en la Ley General de la Seg. Social ¿Qué naturaleza tiene la prestación económica para el cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave del sistema de Seg. Social?
a. tiene naturaleza no contributiva.
b. tiene naturaleza contributiva.
c. tiene naturaleza universal.

2. Conforme a lo dispuesto en el Reglamento General sobre inscripción de empresas y afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores en la Seg. Social:
a. Se entiende por pluriactividad la situación del trabajador por cuenta propia y/o ajena cuyas actividades den lugar a su alta obligatoria en dos o más regímenes distintos del sistema de Seg. Social.
b. Se entiende por pluriempleo la situación del trabajador por cuenta propia y/o ajena cuyas actividades den lugar a su alta obligatoria en dos o más regímenes distintos del sistema de la Seg. Social.
Se entiende por pluriactividad la situación del trabajador por cuenta ajena que preste sus servicios profesionales a dos o más empresas distintas y en actividades que den lugar a su alta en un mismo régimen de la seg. social.

3. Las reclamaciones que tengan por objeto prestaciones y servicios de la seg. social que hayan sido gestionados por una Mutua en el ejercicio de sus competencias:
a. se sustanciarán ante el orden jurisdiccional social.
b. se sustanciarán ante el orden jurisdiccional contencioso-admtivo
c. se sustanciarán ante el orden jurisdiccional civil.

4. Señale la respuesta correcta:
a. Los derechos de seg. social, conforme a la doctrina del Tribunal Constitucional, no son derechos de contenido legal, sino que, al estar reconocidos en la Constitución, se aplican directamente.
b. Los derechos de seg. social, conforme a la doctrina del Tribunal Constitucional, son derechos de configuración legal, por lo que requieren de intermediación legislativa.
c. la Constitución no establece ningún precepto que se refiera directamente a la seg. social

5. Imagine el siguiente supuesto. Luis es socio trabajador de una sociedad de capital y miembro de su consejo de administración. El desempeño del cargo de consejero no conlleva, sin embargo, funciones de dirección y gerencia de la sociedad. Su participación en el capital social asciende a 12%. ¿En qué régimen de la seg. social se encuadra?
a. en el régimen especial de trabajadores por cuenta propia o autónomos.
b. en el régimen general, con efectos plenos (incluida la protección por desempleo y FOGASA)
c. en el régimen general, con efectos limitados (se excluye la protección por desempleo y del FOGASA).

6. Conforme a la Ley General de la Seg. social, y a los efectos de delimitar el ámbito de aplicación de la protección de la contingencia de desempleo, el desempleo será parcial:
a. cuando el trabajador vea reducida temporalmente su jornada diaria ordinaria de trabajo entre un 10% y un 70%, siempre que el salario sea objeto de análoga reducción.
b. cuando el trabajador vea reducida temporalmente su jornada diaria ordinaria de trabajo en un 50%, siempre que el salario sea objeto de análoga reducción.
c. cuando el trabajador vea reducida temporalmente su jornada diaria ordinaria de trabajo entre un 30% y un 70%, siempre que el salario sea objeto de análoga reducción.

7. En el Regímen General de la Seg. Social, la cuantía de la prestación de incapacidad temporal derivada de contigencias profesionales consiste en:
a. el 100% de la base reguladora
b.  el 60% de la base reguladora
c.  el 75% de la base reguladora

8. Carmen presta servicios como empleada doméstica para varios hogares familiares. En el hogar A trabaja 9 horas semanales, en el hogar B trabaja 8 horas semanales y en el hogar C trabaja 6 hora semanales. ¿En qué régimen de la seg. social debe esta dada de alta?
a. en el régimen especial de trabajadores por cuenta propia o autónomos.
b. en el régimen especial de empleados de Hogar.
c. En el régimen general, dentro del sistema especial de empleados del hogar.

9. El 10 de diciembre de 2021, Mario G, director general de la empresa X y apoderado de la misma, entrevista a Eva F, en el marco de un proceso de selección para cubrir un puesto de contable. El resultado de la entrevista es satisfactorio y ambas partes suscriben contrato de trabajo indefinido y con jornada completa,  con efectos a partir del 2 de enero de 2022. ¿Cuándo debe solicitar la empresa X el alta de Eva F en el Régimen General de la Seg. social?
a. el día en que se inicie la prestación de servicios.
b. con carácter previo al inicio de la prestación de servicios.
c. en el plazo de 3 días desde que se inicie la prestación de servicios.

10. Francisco C. trabajador por cuenta ajena en la empresa X, ha sufrido un infarto en el centro de trabjao durante su jornada laboral. Como consecuencia del infarto, Francisco ha estado cuatro meses en situación de incapacidad temporal. Esta incapacidad temporal, ¿deriva de contingencia profesional o común?
a. Deriva de contingencia profesional, pues la LGSS presume iure et de iure - sin admitir prueba en contrario- que son constitutivas de accidente de trabajo las lesiones que sufra el trabajador durante el tiempo y en el lugar del trabajo.
b. en principio , deriva de contingencia profesional, pues la LGSS presume iuris tantum - salvo prueba en contrario - que son constitutivas de accidente de trabajo las lesiones que sufra el trabajador durante el tiempo y en el lugar de trabajo.
c. en principio, deriva de contingencia común, salvo que el trabajador logre probar la conexión del infarto con el trabajo. La LGSS no establece ninguna presunción en relación con el accidente de trabajo y las lesiones sufridas por el trabajador durante el tiempo y en el lugar de trabajo.

11.En el régimen general de la Seg. social, para ser beneficiario de la prestación por incapacidad temporal derivada de enfermedad común:
a. se exige un periodo mínimo de cotización de 180 día dentro de los 5 años inmediatamente anteriores al hecho causante.
b. se exige un periodo mínimo de cotización de 365 día dentro de los 6 años inmediatamente anteriores al hecho causante.
c. No se exige un periodo mínimo de cotización.

12. En el régimen general de la seg. social, la base de cotización para desempleo, FOGASA y para la formación profesional:
a. será la correspondiente a las contingencias comunes.
b. será la correspondiente a las contingencias profesionales de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
c. será la que se pacte, a estos exclusivos efectos, por el trabajador y empresario.

13. ¿Qué entidad tiene encomendada la gestión de las prestaciones familiares no contributivas del sistema de seg. social?
a. INSS
b. INGESA y organismos propios de las CCAA
c. IMSERSO y organismos propios de las CCAA

14. En el régimen general de la seg. social, la prestación de incapacidad temporal derivada de contingencias profesional se abona:
a. desde el mismo día de la baja médica del trabajador.
b. al cuarto día de la baja médica del trabajador. Los 3 primeros días carecen de protección, salvo que exista mejora voluntaria.
c. desde el día siguiente al de la baja médica del trabajador, estando a cargo del empresario el salario íntegro correspondiente al día de la baja.

15.¿cuál es la aportación que deben asumir las personas con tratamiento derivados de accidente de trabajo y enfermedad profesional en la prestación farmacéutica ambulatoria asociada a dichos tratamientos?
a. ninguna. están exentos de aportación
b. un 10% del PVP
c. depende de sus ingresos.

16. En el régimen general de la seg. social, la remuneración que obtengan los trabajadores por el concepto de horas extraordinarias:
a. se incluye en la base de cotización por contingencias profesionales y, además, estará sujeta a una cotización adicional por parte de empresarios y trabajadores.
b. se incluye en la base de cotización por contingencias comunes y, además, estará sujeta a una cotización adicional por parte de empresarios y trabajadores.
c. se incluye en la base de cotización por contingencias comunes y, además, estará sujeta a una cotización adicional a cargo exclusivo del empresario.

17. Las consecuencias del accidente de trabajo que resulten modificadas en su naturaleza, duración, gravedad o terminación, por enfermedades intercurrentes, que constituyan complicaciones derivadas del proceso patológico determinado por el accidente mismo o tenga su origen en afecciones adquiridas en el medio en se haya situado el paciente para su curación, serán calificadas como:
a. enfermedad común
b. enfermedad profesional.
c. accidente de trabajo.

18. en el marco del SAAD, el reconocimiento de la situación de dependencia:
a. se efectuará mediante resolución expedida por la Administración Autonómica correspondiente a la residencia del solicitante y tendrá validez en todo el territorio del Estado.
b. se efectuará mediante resolución expedida por la Administración Autonómica correspondiente a la residencia del solicitante y tendrá validez en únicamente en el territorio de esa CCAA.
c. se efectuará mediante resolución expedida por la Administración General del Estado correspondiente a la residencia del solicitante y tendrá validez en todo el territorio del Estado.

19. ¿Cuántos años de residencia en España se requieren con carácter general para tener derecho a las prestaciones del SAAD?
a. 10 años, de los cuales 2 deben ser inmediatamente anteriores a la solicitud.
b. 5 años, de los cuales 2 deben ser inmediatamente anteriores a la solicitud.
c. 1 año.

20. La ley 16/2003, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud incluye la prestación farmacéutica en:
a. la cartera común básica de servicios asistenciales del Sistema Nacional de Salud
b. la cartera común suplementaria de servicios asistenciales del Sistema Nacional de Salud
c. la cartera común de servicios accesorios del Sistema Nacional de Salud

ánimo que yo creo que esta dentro del nivel de otros años. Me voy a seguir con DIPr porque tengo la sensación de que no va a ser tan asequible como este.

Suerte a todos!! Ya queda menos!! :D :D

Muchas gracias.
Título: Re: Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2021 / 2022)
Publicado por: LBDERECHO en 28 de Mayo de 2022, 11:03:01 am
No puedes ver los enlaces. Register or Login

Os pongo el examen (y disculpad si hay alguna falta ortográfica):

1. Conforme a lo dispuesto en la Ley General de la Seg. Social ¿Qué naturaleza tiene la prestación económica para el cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave del sistema de Seg. Social?
a. tiene naturaleza no contributiva.
b. tiene naturaleza contributiva.
c. tiene naturaleza universal.

2. Conforme a lo dispuesto en el Reglamento General sobre inscripción de empresas y afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores en la Seg. Social:
a. Se entiende por pluriactividad la situación del trabajador por cuenta propia y/o ajena cuyas actividades den lugar a su alta obligatoria en dos o más regímenes distintos del sistema de Seg. Social.
b. Se entiende por pluriempleo la situación del trabajador por cuenta propia y/o ajena cuyas actividades den lugar a su alta obligatoria en dos o más regímenes distintos del sistema de la Seg. Social.
Se entiende por pluriactividad la situación del trabajador por cuenta ajena que preste sus servicios profesionales a dos o más empresas distintas y en actividades que den lugar a su alta en un mismo régimen de la seg. social.

3. Las reclamaciones que tengan por objeto prestaciones y servicios de la seg. social que hayan sido gestionados por una Mutua en el ejercicio de sus competencias:
a. se sustanciarán ante el orden jurisdiccional social.
b. se sustanciarán ante el orden jurisdiccional contencioso-admtivo
c. se sustanciarán ante el orden jurisdiccional civil.

4. Señale la respuesta correcta:
a. Los derechos de seg. social, conforme a la doctrina del Tribunal Constitucional, no son derechos de contenido legal, sino que, al estar reconocidos en la Constitución, se aplican directamente.
b. Los derechos de seg. social, conforme a la doctrina del Tribunal Constitucional, son derechos de configuración legal, por lo que requieren de intermediación legislativa.
c. la Constitución no establece ningún precepto que se refiera directamente a la seg. social

5. Imagine el siguiente supuesto. Luis es socio trabajador de una sociedad de capital y miembro de su consejo de administración. El desempeño del cargo de consejero no conlleva, sin embargo, funciones de dirección y gerencia de la sociedad. Su participación en el capital social asciende a 12%. ¿En qué régimen de la seg. social se encuadra?
a. en el régimen especial de trabajadores por cuenta propia o autónomos.
b. en el régimen general, con efectos plenos (incluida la protección por desempleo y FOGASA)
c. en el régimen general, con efectos limitados (se excluye la protección por desempleo y del FOGASA).

6. Conforme a la Ley General de la Seg. social, y a los efectos de delimitar el ámbito de aplicación de la protección de la contingencia de desempleo, el desempleo será parcial:
a. cuando el trabajador vea reducida temporalmente su jornada diaria ordinaria de trabajo entre un 10% y un 70%, siempre que el salario sea objeto de análoga reducción.
b. cuando el trabajador vea reducida temporalmente su jornada diaria ordinaria de trabajo en un 50%, siempre que el salario sea objeto de análoga reducción.
c. cuando el trabajador vea reducida temporalmente su jornada diaria ordinaria de trabajo entre un 30% y un 70%, siempre que el salario sea objeto de análoga reducción.

7. En el Regímen General de la Seg. Social, la cuantía de la prestación de incapacidad temporal derivada de contigencias profesionales consiste en:
a. el 100% de la base reguladora
b.  el 60% de la base reguladora
c.  el 75% de la base reguladora

8. Carmen presta servicios como empleada doméstica para varios hogares familiares. En el hogar A trabaja 9 horas semanales, en el hogar B trabaja 8 horas semanales y en el hogar C trabaja 6 hora semanales. ¿En qué régimen de la seg. social debe esta dada de alta?
a. en el régimen especial de trabajadores por cuenta propia o autónomos.
b. en el régimen especial de empleados de Hogar.
c. En el régimen general, dentro del sistema especial de empleados del hogar.

9. El 10 de diciembre de 2021, Mario G, director general de la empresa X y apoderado de la misma, entrevista a Eva F, en el marco de un proceso de selección para cubrir un puesto de contable. El resultado de la entrevista es satisfactorio y ambas partes suscriben contrato de trabajo indefinido y con jornada completa,  con efectos a partir del 2 de enero de 2022. ¿Cuándo debe solicitar la empresa X el alta de Eva F en el Régimen General de la Seg. social?
a. el día en que se inicie la prestación de servicios.
b. con carácter previo al inicio de la prestación de servicios.
c. en el plazo de 3 días desde que se inicie la prestación de servicios.

10. Francisco C. trabajador por cuenta ajena en la empresa X, ha sufrido un infarto en el centro de trabjao durante su jornada laboral. Como consecuencia del infarto, Francisco ha estado cuatro meses en situación de incapacidad temporal. Esta incapacidad temporal, ¿deriva de contingencia profesional o común?
a. Deriva de contingencia profesional, pues la LGSS presume iure et de iure - sin admitir prueba en contrario- que son constitutivas de accidente de trabajo las lesiones que sufra el trabajador durante el tiempo y en el lugar del trabajo.
b. en principio , deriva de contingencia profesional, pues la LGSS presume iuris tantum - salvo prueba en contrario - que son constitutivas de accidente de trabajo las lesiones que sufra el trabajador durante el tiempo y en el lugar de trabajo.
c. en principio, deriva de contingencia común, salvo que el trabajador logre probar la conexión del infarto con el trabajo. La LGSS no establece ninguna presunción en relación con el accidente de trabajo y las lesiones sufridas por el trabajador durante el tiempo y en el lugar de trabajo.

11.En el régimen general de la Seg. social, para ser beneficiario de la prestación por incapacidad temporal derivada de enfermedad común:
a. se exige un periodo mínimo de cotización de 180 día dentro de los 5 años inmediatamente anteriores al hecho causante.
b. se exige un periodo mínimo de cotización de 365 día dentro de los 6 años inmediatamente anteriores al hecho causante.
c. No se exige un periodo mínimo de cotización.

12. En el régimen general de la seg. social, la base de cotización para desempleo, FOGASA y para la formación profesional:
a. será la correspondiente a las contingencias comunes.
b. será la correspondiente a las contingencias profesionales de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
c. será la que se pacte, a estos exclusivos efectos, por el trabajador y empresario.

13. ¿Qué entidad tiene encomendada la gestión de las prestaciones familiares no contributivas del sistema de seg. social?
a. INSS
b. INGESA y organismos propios de las CCAA
c. IMSERSO y organismos propios de las CCAA

14. En el régimen general de la seg. social, la prestación de incapacidad temporal derivada de contingencias profesional se abona:
a. desde el mismo día de la baja médica del trabajador.
b. al cuarto día de la baja médica del trabajador. Los 3 primeros días carecen de protección, salvo que exista mejora voluntaria.
c. desde el día siguiente al de la baja médica del trabajador, estando a cargo del empresario el salario íntegro correspondiente al día de la baja.

15.¿cuál es la aportación que deben asumir las personas con tratamiento derivados de accidente de trabajo y enfermedad profesional en la prestación farmacéutica ambulatoria asociada a dichos tratamientos?
a. ninguna. están exentos de aportación
b. un 10% del PVP
c. depende de sus ingresos.

16. En el régimen general de la seg. social, la remuneración que obtengan los trabajadores por el concepto de horas extraordinarias:
a. se incluye en la base de cotización por contingencias profesionales y, además, estará sujeta a una cotización adicional por parte de empresarios y trabajadores.
b. se incluye en la base de cotización por contingencias comunes y, además, estará sujeta a una cotización adicional por parte de empresarios y trabajadores.
c. se incluye en la base de cotización por contingencias comunes y, además, estará sujeta a una cotización adicional a cargo exclusivo del empresario.

17. Las consecuencias del accidente de trabajo que resulten modificadas en su naturaleza, duración, gravedad o terminación, por enfermedades intercurrentes, que constituyan complicaciones derivadas del proceso patológico determinado por el accidente mismo o tenga su origen en afecciones adquiridas en el medio en se haya situado el paciente para su curación, serán calificadas como:
a. enfermedad común
b. enfermedad profesional.
c. accidente de trabajo.

18. en el marco del SAAD, el reconocimiento de la situación de dependencia:
a. se efectuará mediante resolución expedida por la Administración Autonómica correspondiente a la residencia del solicitante y tendrá validez en todo el territorio del Estado.
b. se efectuará mediante resolución expedida por la Administración Autonómica correspondiente a la residencia del solicitante y tendrá validez en únicamente en el territorio de esa CCAA.
c. se efectuará mediante resolución expedida por la Administración General del Estado correspondiente a la residencia del solicitante y tendrá validez en todo el territorio del Estado.

19. ¿Cuántos años de residencia en España se requieren con carácter general para tener derecho a las prestaciones del SAAD?
a. 10 años, de los cuales 2 deben ser inmediatamente anteriores a la solicitud.
b. 5 años, de los cuales 2 deben ser inmediatamente anteriores a la solicitud.
c. 1 año.

20. La ley 16/2003, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud incluye la prestación farmacéutica en:
a. la cartera común básica de servicios asistenciales del Sistema Nacional de Salud
b. la cartera común suplementaria de servicios asistenciales del Sistema Nacional de Salud
c. la cartera común de servicios accesorios del Sistema Nacional de Salud

ánimo que yo creo que esta dentro del nivel de otros años. Me voy a seguir con DIPr porque tengo la sensación de que no va a ser tan asequible como este.

Suerte a todos!! Ya queda menos!! :D :D

Muchas gracias!!!!
Título: Re: Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2021 / 2022)
Publicado por: csainza2 en 07 de Junio de 2022, 00:05:29 am
Alguien se atreve a poner sus respuestas del examen de la primera semana?
Muchas gracias
Título: Re: Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2021 / 2022)
Publicado por: imartinm en 07 de Junio de 2022, 18:03:29 pm
Buenas ¿Qué tal el examen de hoy?
Os pongo mis respuestas. Están sin cotejar.

Suerte a todos.

1B

2B

3B

4A

5C

6B

7A

8A

9A

10B

11A

12A

13B

14B

15B

16A

17A

18B

19A

20C

Título: Re: Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2021 / 2022)
Publicado por: Isagonica en 07 de Junio de 2022, 18:08:34 pm
Hola!

Yo tengo las mismas que tú salvo la 12-B y la 15-A

Suerte!!
Título: Re: Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2021 / 2022)
Publicado por: jimy87 en 07 de Junio de 2022, 18:34:35 pm
Yo las misma excepto, 4C y 5A
Título: Re: Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2021 / 2022)
Publicado por: imartinm en 07 de Junio de 2022, 18:37:35 pm
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Hola!

Yo tengo las mismas que tú salvo la 12-B y la 15-A

Suerte!!

La 12 es A. Página 198 del manual. "...causadas únicamente por accidente de trabajo o enfermedad profesional..."

La 15 es B. Página 105 del manual "El programa se financia con la aportación del IMSERSO y con la de las personas usuarias..."

Venga mucha suerte a todos.
Título: Re: Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2021 / 2022)
Publicado por: luismi141 en 07 de Junio de 2022, 18:57:41 pm
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Buenas ¿Qué tal el examen de hoy?
Os pongo mis respuestas. Están sin cotejar.

Suerte a todos.

1B

2B

3B

4A

5C

6B

7A

8A

9A

10B

11A

12A

13B

14B

15B

16A

17A

18B

19A

20C

Clavadas a las mías. Ojalá y un 10! En mi opinión bastante asequible, si has estudiado, y sobre todo si has hecho tests de otros años. Suerte a tod@s!
Título: Re: Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2021 / 2022)
Publicado por: imartinm en 07 de Junio de 2022, 19:03:32 pm
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Yo las misma excepto, 4C y 5A

La 4 es A.

1º Página 222 del manual: "...cuando la IT derive de un accidente no laboral no se exige período previo de cotización"

2º Página 53 del manual: "Las contingencias comunes son definidas por la LGSS sensu contrario puesto se considera accidente no laboral al que no tenga la condición de accidente de trabajo..."

En el supuesto, queda claro que el sujeto salió de su trabajo y se fue a casa "a cambiarse y dar una vuelta" por lo que es imposible que el trayecto de vuelta después de dar la vuelta se considere in itinere.

La 5 es C

Página 268 del manual: "...si el fallecimiento es debido a un accidente, sea o no laboral, [...] no se va a exigir período previo de cotización..."

2º Página 269 del manual: "Los beneficiarios son los mismos que los analizados por contigencias profesionales..."

3º Página 199 del manual: "Beneficiarios de la pensión de viudedad son el cónyuge sobreviviente de un matrimonio"


Título: Re: Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2021 / 2022)
Publicado por: Canyada10 en 07 de Junio de 2022, 19:06:09 pm
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Yo las misma excepto, 4C y 5A

Por accidente sea o no de trabajo, no se requiere periodo previo de cotización.
Título: Re: Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2021 / 2022)
Publicado por: imartinm en 07 de Junio de 2022, 19:08:17 pm
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Clavadas a las mías. Ojalá y un 10! En mi opinión bastante asequible, si has estudiado, y sobre todo si has hecho tests de otros años. Suerte a tod@s!

A ver si es verdad, suerte.
Título: Re: Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2021 / 2022)
Publicado por: LBDERECHO en 07 de Junio de 2022, 19:25:30 pm
Suerte... A ver si van saliendo las notas pronto!!!
Título: Re: Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2021 / 2022)
Publicado por: alexandernorbisrath en 07 de Junio de 2022, 19:38:57 pm
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Por accidente sea o no de trabajo, no se requiere periodo previo de cotización.

Creo que no puede ser un accidente de trabajo si "trasa pasar por su casa para cambiarse, salió a dar una vuelta con sus amigos". Ni contingencia común por no reunir el mínimo período de cotización.
Título: Re: Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2021 / 2022)
Publicado por: imartinm en 07 de Junio de 2022, 19:46:46 pm
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Creo que no puede ser un accidente de trabajo si "trasa pasar por su casa para cambiarse, salió a dar una vuelta con sus amigos". Ni contingencia común por no reunir el mínimo período de cotización.

Es contingencia común porque no es accidente laboral. Y tiene derecho a prestación porque al ser accidente, aunque este no sea laboral, no se requiere periodo mínimo de cotización..

Arriba os he puesto las páginas del manual.
Título: Re: Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2021 / 2022)
Publicado por: alexandernorbisrath en 07 de Junio de 2022, 19:47:41 pm
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Creo que no puede ser un accidente de trabajo si "trasa pasar por su casa para cambiarse, salió a dar una vuelta con sus amigos". Ni contingencia común por no reunir el mínimo período de cotización.

Se me había pasado totalmente por la cabeza el caso de "accidente NO de trabajo".  :'(
Título: Re: Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2021 / 2022)
Publicado por: csainza2 en 07 de Junio de 2022, 22:55:44 pm
Para ser considerado como accidente de trabajo in itinere tiene que ser en los desplazamientos habituales que realice el trabajador de casa al trabajo y del trabajo a casa. Además en los desplazamientos para ser accidente de trabajo tiene que ir siempre por el mismo recorrido, con lo que si para llegar a su trabajo realiza un camino diferente tam
Cómo pasa por casa es contingencia común.
Suerte a todos
Título: Re: Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2021 / 2022)
Publicado por: susss en 07 de Junio de 2022, 23:00:07 pm
Buenas noches, mucha suerte a todos!!
Tengo respuestas muy parecidas, salvo 3
Una de ellas es la pensión de viudedad, porque (accidente o no), entiendo que no se cumple el periodo mínimo de matrimonio/convivencia
A ver...
🙃
Título: Re: Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2021 / 2022)
Publicado por: imartinm en 07 de Junio de 2022, 23:04:07 pm
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Buenas noches, mucha suerte a todos!!
Tengo respuestas muy parecidas, salvo 3
Una de ellas es la pensión de viudedad, porque (accidente o no), entiendo que no se cumple el periodo mínimo de matrimonio/convivencia
A ver...
🙃

Lo primero de todo, no se debe confundir matrimonio con pareja de hecho. A efectos legales tiewne sus diferencias, importantes, y la pensión de viudedad es una de ellas.

Aquí hay matrimonio, por lo que no se exige, en caso de accidente, como es el caso, que haya un tiempo mínimo de casamiento.

Son los dos aspectos clave a determinar en el caso. Uno, que es matrimonio, y dos, que es accidente. Si hubiera sido enfermedad, y el tipo estuviera enfermo ya antes de casarse, otro gayo hubiera cantado.

Le corresponde pensión, y además, vitalicia.
Título: Re: Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2021 / 2022)
Publicado por: susss en 08 de Junio de 2022, 09:31:03 am
Cierto, muchas gracias por la aclaración  :)

No puedes ver los enlaces. Register or Login
Lo primero de todo, no se debe confundir matrimonio con pareja de hecho. A efectos legales tiewne sus diferencias, importantes, y la pensión de viudedad es una de ellas.

Aquí hay matrimonio, por lo que no se exige, en caso de accidente, como es el caso, que haya un tiempo mínimo de casamiento.

Son los dos aspectos clave a determinar en el caso. Uno, que es matrimonio, y dos, que es accidente. Si hubiera sido enfermedad, y el tipo estuviera enfermo ya antes de casarse, otro gayo hubiera cantado.

Le corresponde pensión, y además, vitalicia.
Título: Re: Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2021 / 2022)
Publicado por: elenatf6 en 14 de Junio de 2022, 15:38:00 pm
Hola, chicos,

Ya están subidas las notas

Suerte a todos!
Título: Re: Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2021 / 2022)
Publicado por: csainza2 en 14 de Junio de 2022, 16:20:07 pm
Bueno chicos una menos 👋👋👋👋👋👋
Suerte compis🍀🍀🍀🍀🍀🍀
Título: Re: Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2021 / 2022)
Publicado por: Westy666 en 14 de Junio de 2022, 17:39:59 pm
Una menos por aquí también. Suerte.
Título: Re: Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2021 / 2022)
Publicado por: DeDiego en 15 de Junio de 2022, 15:46:49 pm
Hola compañeros:

Pues me han bajado la nota, de sobresaliente a notable. Así, sin más. Qué chasco. Reclamaré.

Un saludo
Título: Re: Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2021 / 2022)
Publicado por: Gina Prats en 15 de Junio de 2022, 17:21:07 pm
Buenas tardes;
Conmigo también se han equivocado, me han marcado una como errónea que sin embargo contesté bien. He solicitado revisión.
Vamos a ver..
Saludos
Gina
Título: Re: Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2021 / 2022)
Publicado por: Ikerma en 09 de Septiembre de 2022, 19:12:23 pm
Hola alguien que se haya presentado en septiembre ??? Tenéis las respuestas contrastadas?
Gracias.