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Autor Tema: contrato en idioma extranjero  (Leído 6040 veces)

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Desconectado fcalero15

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contrato en idioma extranjero
« en: 28 de Febrero de 2008, 00:55:29 am »
Hola!
No sé si alguien me puede ayudar, he oído que un contrato redactado en una lengua que la persona que firma dicho contrato desconoce, se puede anular. ¿Es esto cierto?.
¿Se mantendría la posibilidad de anulación aunque alguien haya traducido el contrato de forma oral?
Por último, esta posibilidad de anulación ¿se daría en todos los países de la CEE o depende de la legislación de cada país?
Gracias

«La razón de la sinrazón que a mi razón se hace, de tal manera mi razón enflaquece, que con razón me

Desconectado Lili

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Re: contrato en idioma extranjero
« Respuesta #1 en: 02 de Marzo de 2008, 19:01:25 pm »

Hola, te comento lo que entiendo como estudiante de Derecho civil.
Creo que habría que ver quién pretende la acción de anulabilidad, sobre qué tipo de contrato y qué cláusulas del mismo.
En principio se puede anular por vicio del consentimiento ( error) el contrato o las cláusulas que  perjudican  la parte contratante que ejercitaría la acción; también un tercero interesado/ obligado pero nunca los que causaron el error. ( art 1302 CC)
Desde la perfección del contrato tiene 4 años para reclamar.( arts. 1301).
Ahora bien, la validez de los contratos no puede depender de las alegaciones de cualquier parte de haberse equivocado sin más. La jurisprudencia requiere en estos casos pruebas determinantes.
Respecto del caso pienso que si la persona que firmó el contrato tiene capacidad de obrar se supone que haya entendido lo que ha firmado. Es decir, si está en otro idioma, se supone que se lo han traducido. Si posteriormente se da cuenta que no se lo habían traducido bien puede intentar la  nulidad de la parte del contrato con la que no está de acuerdo dependiendo si se trata de un error  sustancial en relación con el objeto o condiciones importantes; un error sobre la persona.... En todo caso tendrá que probar el error que se ha producido y no olvidar, que tiene que probar que ha sido un error excusable ( diligencia de parte del obligado). Por último ha de probar que de no haber existido el error (la mala traducción) no se habría celebrado el contrato especialmente si pretende la anulación de la totalidad del contrato.
Por último habrá que consultar el Derecho civil que rige en el país  de la CE donde se celebró el contrato y aconsejo consultar a un abogado de este país para analizar el contrato.  Pueden haber otras causas de nulidad o anulabilidad.
Abogada Icamalaga