Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: MORDEKAY en 26 de Agosto de 2019, 17:52:56 pm
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Derecho Procesal I (1): General curso 2019 / 2020
Todo lo relacionado con la asignatura para el curso 2019/2020
Guía de la asignatura: Derecho Procesal I (1): General (https://www.uned-derecho.com/index.php?topic=127269.0)
Audioclases: Derecho Procesal I: Temas en clases de radio emitidas (audios) (http://www.uned-derecho.com/index.php?topic=120020.0)
Aquí no se piden ni ofrecen apuntes, todo post que lo haga será eliminado.
Zona de petición de apuntes: http://www.uned-derecho.com/index.php?board=4.0
Zona de subida y descarga de apuntes: http://www.uned-derecho.com/index.php?board=13.0
Zona de compraventa de libros: http://www.uned-derecho.com/index.php?board=20.0
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Me apunto. Asignatura muy bonita en mi opinión pero excesivamente densa :)
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Yo también me apunto. Sabéis si hay reducción de temario?.
El libro es eterno.
Un saludo a todos.
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Yo también me apunto. Sabéis si hay reducción de temario?.
El libro es eterno.
Un saludo a todos.
No hay reducción de temario!! nunca la ha habido en el primer parcial.
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El examen es de espacio tasado o no tiene restricciones de espacio??
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Me uno,
Un saludo
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Libro o apuntes?
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El examen es de espacio tasado o no tiene restricciones de espacio??
No hay restricciones de espacio.
Libro o apuntes?
Apuntes!
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Otra a la que me apunto. No la he cursado nunca y me da la sensación que con esta asignatura uno ya entra "en harina". La cosa se pone más seria. ¡Vamos a por ella!
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No hay restricciones de espacio.
Apuntes!
Que apuntes recomiendas Adodu?
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Que apuntes recomiendas Adodu?
Los más actualizados que encontréis, y después repaso a fuego con los esquemas del compañero Eruizprieto.
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Y donde se encuentran los esquemas de eruizprieto???
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Y donde se encuentran los esquemas de eruizprieto???
https://www.ruizprietoasesores.es/apuntes-de-derecho/
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Gracias Adodu1. Me gustan.
Un saludo,
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Hay un nuevo libro de casos prácticos, en su primera edición, pero no se si vienen resueltos. Interesa la compra del libro?.
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Vamos a por ella.
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Hay un nuevo libro de casos prácticos, en su primera edición, pero no se si vienen resueltos. Interesa la compra del libro?.
Yo la he aprobado sin ese libro. No vienen resueltos. Además, en el caso práctico te dan los artículos de referencia, de manera que si controlas la teoría, puedes sacarla perfectamente.
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¿Veis factible hacer a la vez la introducción a procesal y este? Quiero intentar acabar en dos cursos y tengo todos procesales pendientes :-\ :-\
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En mi opinión no solo es factible, sino lo adecuado. Las asignaturas se complementan perfectamente, los exámenes puedes ver que mantienen la misma estructura, y ademas te sirve para ambos exámenes el código de leyes procesales.
Lo tienes todo a tu favor. Saludos,
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Me apunto! ;)
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En mi opinión no solo es factible, sino lo adecuado. Las asignaturas se complementan perfectamente, los exámenes puedes ver que mantienen la misma estructura, y ademas te sirve para ambos exámenes el código de leyes procesales.
Lo tienes todo a tu favor. Saludos,
Gracias, a ver qué tal se da
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Hay nueva edición del libro de casos prácticos :P :P. Al igual que nueva edición del código leyes procesales,
Yo tengo la edición 2018, pero sé lo importante que es el código en el examen. Creéis que ha habido muchas modificaciones legislativas ??
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Me apunto!
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Hay nueva edición del libro de casos prácticos :P :P. Al igual que nueva edición del código leyes procesales,
Yo tengo la edición 2018, pero sé lo importante que es el código en el examen. Creéis que ha habido muchas modificaciones legislativas ??
No ha habido Gobierno, las Cortes prácticamente paralizadas, en principio y sin entrar en profundidades creo que no ha habido modificaciones significativas.
Un saludo,
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https://www2.uned.es/bici/Curso2018-2019/190930/44-1.htm#8.-_____
Se comunica a los estudiantes de las asignaturas que imparte el Departamento de Derecho Procesal que a continuación se relacionan, que en la reunión de Consejo de Departamento de fecha 26 de junio de 2019, se acordó que en el Curso Académico 2019/2020 y en los sucesivos, no se permitirá como material de examen la utilización del Código de Leyes Procesales, por tanto, el derecho aplicable para la resolución del caso práctico se transcribirá en el examen. Sí se seguirá permitiendo la utilización de los Programas de las distintas asignaturas.
Asignaturas que imparte el Departamento de Derecho Procesal:
GRADO EN DERECHO.
· 66021044 - INTRODUCCIÓN AL DERECHO PROCESAL.
· 66023126 - DERECHO PROCESAL I.1. GENERAL.
· 66023132 - DERECHO PROCESAL I.2. ESPECIAL.
· 66024025 - DERECHO PROCESAL II.
GRADO DE CIENCIAS JURÍDICAS DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS.
· 66012039 - INTRODUCCIÓN AL DERECHO PROCESAL.
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Ahí ahí, facilitando el estudio al alumnado (nótese la ironía)
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Esta asignatura la aprobaré en el año 2050 ;D
Ahora van y quitan el Código... ¿os apostáis que siguen con los exámenes rebuscados de siempre y se cepillan a la tira? (yo entre ellos, of course) 8)
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Esta asignatura la aprobaré en el año 2050 ;D
Ahora van y quitan el Código... ¿os apostáis que siguen con los exámenes rebuscados de siempre y se cepillan a la tira? (yo entre ellos, of course) 8)
De eso nada, yo confío en ti! ;D
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Gracias, tesoro :-*. El problema es que esta asignatura me supera que no veas.
Con lo disciplinaíto que soy yo.... Pues nada. Eso de estudiar 30 temas tan extensos y que luego te pregunten cualquier preguntilla, lo llevo muy mal.
Pa que me creas, Adodu: cuando he leído tu post con la noticia de marras, he cerrado mis apuntes de Procesal y me he cogido el libro de Derecho de Sucesiones. ;D
Chimpún. :D
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A mi es que esto me mata. Es decir, qué pretenden con esta medida? Porque utilizar el Código de manera práctica, desde luego que no. Cuándo cojones los docentes entenderán que los alumnos no tenemos que estudiar únicamente su asignatura y que no podemos tener en la cabeza tantísima información como para luego llegar al examen y vomitar 4 preguntas. De cine, esto es de cine.
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Como me arrepiento de no haberla cogido antes al igual que civil III q antes era test >:(
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Por qué apuntes estudiamos?
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Y yo que acababa de comprar hace unos días el Codigo de Leyes Procesales!!!
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Sin entrar a fondo en las razones por las que han quitado el código en el examen, me parece un claro agravio comparativo con las condiciones de años anteriores. Habrá que ver cómo es el examen ahora y el nivel exigido al corregir.
Pero por lo menos podían haber colgado esta información en Junio !!!!!!!!
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Excelente... si ya estaba un pelín asfixiada por tener que dejar para este curso Procesal I.1, I.2 y II, ahora no me cabe duda de que he triunfado... vaya puntería la mía ::)
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Está abierto ALF de la asignatura. No dice nada o no lo veo sobre novedades de la asignatura
Un saludo
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Está abierto ALF de la asignatura. No dice nada o no lo veo sobre novedades de la asignatura
Un saludo
Lo dice el BICI
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¿Qué número de BICI? Gracias.
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¿Qué número de BICI? Gracias.
https://www2.uned.es/bici/Curso2018-2019/190930/44-1.htm#8.-_____
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¿Qué número de BICI? Gracias.
Jairo, en el mensaje que yo puse ( cita de jmmg) también está colgado el BICI, lo primero de todo.
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Además, ya han "corregido" la guía... Pone que sólo se admite el programa en el examen
¿Elevar una queja al representante de estudiantes del Grado serviría de algo?
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Jairo, en el mensaje que yo puse ( cita de jmmg) también está colgado el BICI, lo primero de todo.
Muchas gracias.
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Hola! Cómo estáis estudiando la asignatura? Me refiero a método de estudio. Por más que intento memorizar, no se me queda, al día siguiente se me olvida :D mira que me encanta procesal, pero no consigo retener la información...
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El tema es que es una asignatura muy extensa, yo por libro.
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Hola! Cómo estáis estudiando la asignatura? Me refiero a método de estudio. Por más que intento memorizar, no se me queda, al día siguiente se me olvida :D mira que me encanta procesal, pero no consigo retener la información...
Hola Friedlex, lo que dices es normal, nos pasa a todos. A mí también me gusta el Procesal pero en efecto, se olvida enseguida lo que has estudiado hace unas horas.
Conozco a una jueza que me dijo lo mismo, que a ella le pasaba igual y que es muy frecuente que ocurra. La solución, dedicarle más horas, no hay otra.
Así que ánimo Friedlex y no desesperes.
Un saludo.
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Gracias Jairo! Pensaba que era el único al que le pasaba, me estaba volviendo loco ;D pero viendo que es algo que suele pasar en esta materia, me tranquiliza relativamente. Es un poco extraño, porque a veces la información como que hay que ''dejar que se asiente en la memoria''
Pero sí, no queda otra que echarle más horas...
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En esta materia y en todas, el primer curso y el último. ;D
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En esta materia y en todas, el primer curso y el último. ;D
Bueno, sí, era por limitar un poco el pánico a esta asignatura jajaja
Pero y la satisfacción que te entra cuando te acuerdas de lo estudiado? Eso no tiene precio 😂
Lógicamente no se puede estudiar todas las asignaturas de la misma manera, pero las de desarrollo, al menos yo, utilizo la misma técnica de la repetición, y repetir como un papagayo... Que al final lo saco más por la memoria fotográfica del texto, q por otra cosa. Eso sí, mis horitas me lleva
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Hola! A ver si alguno tiene la misma duda. En el tema 4, en la capacidad para ser parte, en las entidades sin personalidad jurídica, se afirma que no existe norma material o procesal en la que el legislador, sin reconocer la personalidad jurídica de una determinada sociedad o asociación, decida otorgarle capacidad para ser parte.
Sin embargo, dentro de las masas patrimoniales, en las uniones sin personalidad jurídica, se afirma también que aún careciendo de personalidad jurídica, el art. 6.1.4* le otorga capacidad para ser parte.
Es una incongruencia no?
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Hola! A ver si alguno tiene la misma duda. En el tema 4, en la capacidad para ser parte, en las entidades sin personalidad jurídica, se afirma que no existe norma material o procesal en la que el legislador, sin reconocer la personalidad jurídica de una determinada sociedad o asociación, decida otorgarle capacidad para ser parte.
Sin embargo, dentro de las masas patrimoniales, en las uniones sin personalidad jurídica, se afirma también que aún careciendo de personalidad jurídica, el art. 6.1.4* le otorga capacidad para ser parte.
Es una incongruencia no?
yo lo que deduzco de por lo que he leido en mis apuntes es que el articulo 6.1.4 habla de masas patrimoniales o patrimonios protegidos pero no se especifica con claridad que se entiende por masas patrimoniales por lo que la jurisprudencia precisamente para salvar esas laguna legales ha definido que determinadas uniones de patrimonios como las comunidades de bienes aunque no se les confiera por el legislador capacidad para ser parte, la jurisprudencia sí que les reconoce dicha capacidad para ser parte al considerarlas como masasa patrimoniales a efecto de aplicar lo establecido en el art 6 LEC.
esto es lo que he entendido yo no si estare en lo correcto
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Buenos días,
tal y como yo lo veo hay que separar conceptos:
Por un lado están las personas físicas a las que se les reconoce capacidad para ser parte en el art. 6.1.1 LEC; de otro lado las personas jurídicas reconociéndose su capacidad para ser parte en el 6.3 LEC. En cuanto a las masas patrimoniales (uniones sin personalidad jurídica, masas patrimoniales y patrimonios separados) a las que se les reconoce capacidad en el 6.1.4 LEC y, dejándome en el tintero al Ministerio Fiscal y a los consumidores y usuarios, quedan las entidades sin personalidad.
La unión sin personalidad no es lo mismo que la entidad sin personalidad. La primera se define como: agrupación de personas con patrimonio propio a la que, sin haberse constituido como persona jurídica, la ley procesal civil (LEC) atribuye capacidad para ser parte. La segunda como: agrupación o asociación de personas con intereses comunes que, sin reunir los requisitos legales para ser considerada persona jurídica, actúa en el tráfico como sujeto, generando derechos y obligaciones, y contra cuyos socios, miembros o gestores que actúen frente a terceros, puede despacharse ejecución. Es decir, que no son la misma cosa.
Gimeno Sendra en el manual pretende aclarar que el art. 6.1.5 LEC es incongruente en cuanto a que una entidad no puede llamarse tal sin haberse constituido con personalidad jurídica y por ende no se entiende que la LEC haga esa atribución, o al menos utilizando tal terminología (entidades sin personalidad jurídica a las que la Ley reconoce capacidad para ser parte) y que, para entender los motivos, hay que ponerlo en relación con el artículo 6.2 (sic: Sin perjuicio de la responsabilidad que, conforme a la ley, pueda corresponder a los gestores o a los partícipes, podrán ser demandadas, en todo caso, las entidades que, no habiendo cumplido los requisitos legalmente establecidos para constituirse en personas jurídicas, estén formadas por una pluralidad de elementos personales y patrimoniales puestos al servicio de un fin determinado). El ejemplo más claro para este tipo de entidad sin personalidad es el de la sociedad mercantil irregular y para la uniones sin personalidad, cualquiera que tenga un fin lúdico o festivo (la comisión para organizar las fiestas del pueblo).
No se si les he liado más con esto o si he contribuido a comprenderlo pero mi intención es más la segunda.
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Hola! :)
Tenéis pensado hacer laPEC? Creéis que compensa? Yo leyendo la guía de la asignatura no lo tengo del todo claro. La fecha límite de entrega es el lunes 9
Gracias :)
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Yo la he hecho, pero me ha llevado tiempo (toda una tarde), no se si compensará teniendo en cuenta la enorme materia del exámen.
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Hola, estoy un poco perdida, ¿hasta que temas os habéis visto para sacar la PEC con seguridad?, es que voy un poco lenta con esta asignatura y no se si merece la pena pegarme una paliza e intentar hacerla, ¿compensa a la hora de la evaluación ?,
gracias ;) ;)
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Es posible que no compense a la hora de la evaluación, pero sí que compensa el aprendizaje y la intensidad con que entras en el tema, y eso lo reflejas posteriormente en la calidad del examen con lo cual incide positivamente en la nota final.
Un saludo
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Sí se practican con los casos con frecuencia es lo mismo!!
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Voy por el tema 20, y tengo la sensación de que se me olvidan enseguida los temas iniciales. No se si a alguien le ocurre lo mismo.
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Exactamente lo mimso...!
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Como experiencia personal. Yo no hice ningún caso práctico antes de ir al examen y aprobé el examen. Es difícil que hayas hecho el caso que te ponen en el examen (aunque es posible), pero como te dan los artículos que corresponden y has estudiado, puedes buscar los artículos que necesitas y hacer bien el caso práctico. Ten en cuenta que lo que quieren es que razones tu respuesta con los artículos correspondientes (puede haber artículos que corresponden a la respuesta y que no te han dicho. Si has recorrido la ley puedes hablar con propiedad de otros artículos cuyo número no te han dicho)-->Esto era posible antes, ya que dejaban llevar las leyes. Ahora como no dejan llevarlas la estrategia es diferente.
Resumen: puedes hacer exactamente igual de bien haciendo casos prácticos que no (es mi experiencia, otros te han dicho y te dirán que es mejor hacerlos, pero si te quedas sin tiempo creo que es mejor estudiar teoría.
Como último comentario: si has estudiado sabrás hacer el caso práctico.
Saludos,
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Como experiencia personal. Yo no hice ningún caso práctico antes de ir al examen y aprobé el examen. Es difícil que hayas hecho el caso que te ponen en el examen (aunque es posible), pero como te dan los artículos que corresponden y has estudiado, puedes buscar los artículos que necesitas y hacer bien el caso práctico. Ten en cuenta que lo que quieren es que razones tu respuesta con los artículos correspondientes (puede haber artículos que corresponden a la respuesta y que no te han dicho. Si has recorrido la ley puedes hablar con propiedad de otros artículos cuyo número no te han dicho)-->Esto era posible antes, ya que dejaban llevar las leyes. Ahora como no dejan llevarlas la estrategia es diferente.
Resumen: puedes hacer exactamente igual de bien haciendo casos prácticos que no (es mi experiencia, otros te han dicho y te dirán que es mejor hacerlos, pero si te quedas sin tiempo creo que es mejor estudiar teoría.
Como último comentario: si has estudiado sabrás hacer el caso práctico.
Saludos,
Totalmente de acuerdo, con semejante carga lectiva y sumada a la de las demás asignaturas es harto difícil sacar tiempo para hacer algún caso práctico, dos llevo yo.
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Voy por el tema 20, y tengo la sensación de que se me olvidan enseguida los temas iniciales. No se si a alguien le ocurre lo mismo.
A mi me pasaba lo mismo. Imagnate que estas en el proceso y verás como lo recuerdas mejor :)
Yo no hice muchos casos prácticos. La verdad que si te sabes la teoría y con los artículo de ley aplicable que señalan, te salen solos.
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A mi me pasaba lo mismo. Imagnate que estas en el proceso y verás como lo recuerdas mejor :)
Yo no hice muchos casos prácticos. La verdad que si te sabes la teoría y con los artículo de ley aplicable que señalan, te salen solos.
Muchas gracias compañero, paisano (yo soy otro de tantos andaluces que hay en la diáspora; en mi caso en Aragón); y muchas gracias por tus videos y apuntes porque tiene "telita" el IRPF; he dejado un poco el libro de texto aparcado y me dedico a estudiar con apuntes y videoclases, a ver si así me aclaro un poco con los dichosos impuestos. Un cordial abrazo, felices fiestas.
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Muchas gracias compañero, paisano (yo soy otro de tantos andaluces que hay en la diáspora; en mi caso en Aragón); y muchas gracias por tus videos y apuntes porque tiene "telita" el IRPF; he dejado un poco el libro de texto aparcado y me dedico a estudiar con apuntes y videoclases, a ver si así me aclaro un poco con los dichosos impuestos. Un cordial abrazo, felices fiestas.
Felices fiestas!!!
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En Uned Palencia ya han calificado la PEC,
Un saludo
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Como lleváis la asignatura?; yo la dejo para febrero.
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Hola gente!!!
Pues uno más que se suma a está asignatura, empiezo mañana con ella que estoy de vacaciones hasta examen, a ver si no es poco tiempo jeje
Mucha suerte a todos!
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A ver como sale esta año el tema de hacer el examen sin el código procesal, porque yo sinceramente con esta asignatura no doy más. Que agobio por favor.
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¿Qué temas creeis que son menos importantes? es que voy pillada ....
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Buenas tardes,
Pues no tengo ni idea, pero como siempre pienso llevar el 75% de la materia y todas las preguntas de otros años repasadas, espero tener suerte jeje
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Supongo que este año el examen de la 2ª semana será mucho mas concurrido por eso de ver por donde van los tiros , es que lo de quitar el Código en el examen ha supuesto un vuelco en el modo de preparar los procesales.En fin , que la fuerza nos acompañe
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Mucha m....., a los que vayan mañana al examen, yo voy la segunda semana, el temario es super extenso. Lo dicho suerte.
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Buenas. ¿Qué os ha parecido¿
A mí el caso práctico bastante enrevesado.
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Cuales son las preguntas? Gracias.
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Objeto procesal.
Diligencias preliminares.
Caso practico, litisconsorcio
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Objeto procesal.
Diligencias preliminares.
Caso practico, litisconsorcio
Que parte del objeto procesal?
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Objeto procesal.
Diligencias preliminares.
Caso practico, litisconsorcio
Que parte del objeto procesal?
Concepto y fundamento
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Gracias
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En el caso práctico había que hilar fino, pero al ser tres preguntas puedes rascar algo. Las dos preguntas teóricas han ido en la línea de otros años. A ver si nos la quitamos.
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Concepto y fundamento
A mi no me parece un examen precisamente fácil, porque una cosa es contestar el objeto procesal y otra un epígrafe en concreto, de un temario muy extenso; y sin código.
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Pues sí, son 30 temas muy extensos y te la juegas a que no recuerdes o sepas bien unos epígrafes concretos de dos temas, eso sumado a que hay que llevar otras asignaturas... Pero es lo que tenemos por el momento 🤷🏻♂️
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Pues sí, son 30 temas muy extensos y te la juegas a que no recuerdes o sepas bien unos epígrafes concretos de dos temas, eso sumado a que hay que llevar otras asignaturas... Pero es lo que tenemos por el momento 🤷🏻♂️
Yo me he estudiado 29 temas, pero a veces no recuerdo algunos epígrafes en concreto, voy a ellos y con sólo una visual fotográfica me.viene a la memoria «ah, era esto»!, una cosa es expliicar la.congruencia y otra el epígrafe de los actos de aclaración complementaria.
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Si, a mi me ha parecido una de las asignaturas más difíciles de preparar, precisamente por lo que comentáis….
Buena suerte a todos.
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Yo en el caso práctico he tirado diciendo que era una herencia yacente y como tal una comunidad de bienes y que por tanto todos debían ser "conjuntamente considerados" como dice el art 12.2, incluida Doña G y tal y tal. Y que el litisconsorcio debía ser planteado, en principio, como excepción previa en la declinatoria, que si el juez la estimaba concedía un nuevo plazo al demandante para emplazar a todos los litisconsortes pero que si no se planteaba en la declinatoria, al ser el litisconsorcio un auténtico presupuesto procesal podía ser planteado en cualquier estadio del proceso anterior al trámite de sentencia o incluso apreciado de oficio por el tribunal y bla bla bla.
Y la primera pregunta yo creo que bien pero en la de las diligencias preliminares he metido la gamba y he mezclado un poco de las diligencias con un mucho de los actos preparatorios.
El día de antes había hecho el examen de Derecho del Trabajo y por la mañana el de Mercantil III y llevaba un mezclum en la cabeza que ya ni podía pensar, esperemos que sean benévolos :'(
Suerte a los que han ido y a los que irán.
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A mi no me parece un examen precisamente fácil, porque una cosa es contestar el objeto procesal y otra un epígrafe en concreto, de un temario muy extenso; y sin código.
Pues eso pensaba yo, excesivamente concreto...yo por ejemplo metí más de la cuenta seguro, porque lo veía demasiado breve y me daba mala sensación.
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Yo en el caso práctico he tirado diciendo que era una herencia yacente y como tal una comunidad de bienes y que por tanto todos debían ser "conjuntamente considerados" como dice el art 12.2, incluida Doña G y tal y tal. Y que el litisconsorcio debía ser planteado, en principio, como excepción previa en la declinatoria, que si el juez la estimaba concedía un nuevo plazo al demandante para emplazar a todos los litisconsortes pero que si no se planteaba en la declinatoria, al ser el litisconsorcio un auténtico presupuesto procesal podía ser planteado en cualquier estadio del proceso anterior al trámite de sentencia o incluso apreciado de oficio por el tribunal y bla bla bla.
Y la primera pregunta yo creo que bien pero en la de las diligencias preliminares he metido la gamba y he mezclado un poco de las diligencias con un mucho de los actos preparatorios.
El día de antes había hecho el examen de Derecho del Trabajo y por la mañana el de Mercantil III y llevaba un mezclum en la cabeza que ya ni podía pensar, esperemos que sean benévolos :'(
Suerte a los que han ido y a los que irán.
¿Qué pusiste en la B, respecto a denunciar a la madre
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¿Qué pusiste en la B, respecto a denunciar a la madre
no recuerdo exactamente pero algo como que, dado que también es miembro de la comunidad de bienes que constituye la herencia yacente, también a ella se extenderán los efectos de la cosa juzgada por lo que también tiene que ser demandada como litisconsorte.
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Hola, dan transcripción literal de los artículos aplicables, o es como antes, art. y búscate la vida?
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Hola, dan transcripción literal de los artículos aplicables, o es como antes, art. y búscate la vida?
Hola!
Dan transcripción literal de los artículos a aplicar.
Antes no daban artículo y te buscabas la vida. Antes era mejor que ahora, pues teníamos el Código en el examen. Ahora es bastante más complicado sin duda.
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Hola!
Dan transcripción literal de los artículos a aplicar.
Antes no daban artículo y te buscabas la vida. Antes era mejor que ahora, pues teníamos el Código en el examen. Ahora es bastante más complicado sin duda.
Antes también indicaban el articulado, pero no lo transcribían en el examen, que para eso teníamos el código.
Ahora han quitado el código y por eso hacen la transcripción literal de los artículos en cada examen.
Gasto de papel a lo loco!!
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Antes también indicaban el articulado, pero no lo transcribían en el examen, que para eso teníamos el código.
Ahora han quitado el código y por eso hacen la transcripción literal de los artículos en cada examen.
Gasto de papel a lo loco!!
Ah sí sí claro. Antes también daban el artículo a aplicar.
Pensaba a que el compañero se refería a que antes no daban ni artículo.
Esto de haber quitado el Código... >:(
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Que preguntas han caído?
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Que preguntas han caído?
Lo tienes en la página anterior
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Hola, qué parte de las diligencias preliminares han puesto?
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Hola, qué parte de las diligencias preliminares han puesto?
Los caracteres.
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Los caracteres.
Gracias
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Dónde puedo localizar programa de la asignatura de procesal I de licenciatura?
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Dónde puedo localizar programa de la asignatura de procesal I de licenciatura?
De licenciatura? Uf, no se si alguien por casualidad lo tiene. Yo contactaría con departamento de procesal a ver si ellos lo tienen y se lo proporcionan.
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Llevo este examen fatal fatal. No ne da tiempo
¿Alguien ha mirado exámenes de otros años y puede aportar una selección de temas con alta probabilidad de caer?
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Llevo este examen fatal fatal. No ne da tiempo
¿Alguien ha mirado exámenes de otros años y puede aportar una selección de temas con alta probabilidad de caer?
Pásame tu email
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Pablomendoza88@hotmail.com
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Pásame tu email
Me lo podrías mandar a mi? antonioangel06@hotmail.com. Gracias.
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A efectos de confirmar. Mañana día 14 a las 9
Es OK???
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A efectos de confirmar. Mañana día 14 a las 9
Es OK???
Sí. Suerte.
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Gracias Igualmente,
Un saludo
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Mucha m...... para el examen de procesal civil.
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Alguien ha ido al examen, yo si. Intervencion procesal, Planteamiento tesis, caso práctico demanda defectuosa .
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Mi señora tendrá que celebrar San Valentín por su cuenta, que a mí ya me han dado lo mío :-\
No sé si era fácil o difícil, pero es tanta materia que me resulta muy complicado recordar lo concreto en epígrafes a priori menos importantes. Veremos si lo escrito es suficiente...
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¿Bastante difícil no? Y el caso práctico se respondía más con teoría que no con los artículos?
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¿Bastante difícil no? Y el caso práctico se respondía más con teoría que no con los artículos?
La cosa es que para ser el primer año sin Código no han tenido piedad, subepígrafes como el del planteamiento y la tesis, pero bueno, que vamos sin el Código!!! en fin por lo menos espero que el ED levante la mano al corregir porque segun los criterios de corrección hay q alcanzar un mínimo en las preguntas y el caso, yo una pregunta y el caso bien pero la otra fatal así que a ver q pasa, la cosa es q ya tengo ganas de ver las estadisticas de suspensos este año con los procesales.
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La cosa es que para ser el primer año sin Código no han tenido piedad, subepígrafes como el del planteamiento y la tesis, pero bueno, que vamos sin el Código!!! en fin por lo menos espero que el ED levante la mano al corregir porque segun los criterios de corrección hay q alcanzar un mínimo en las preguntas y el caso, yo una pregunta y el caso bien pero la otra fatal así que a ver q pasa, la cosa es q ya tengo ganas de ver las estadisticas de suspensos este año con los procesales.
Pues no te va a quedar más remedio que armarte de paciencia y esperar a que den las notas, a ti y a todos los que se encuentren en tu situación :) Yo sinceramente creo que es imposible saber con seguridad si vas a aprobar o no. Por lo que he leído en los hilos de la asignatura durante estos años, y por mi propia experiencia, este Departamento -hasta ahora- había sido bastante benévolo a la hora de corregir...A mi me parece que consideraban el examen de una manera global, dando importancia también al modo de expresarse, a la soltura en el manejo del Código... (pero ahora sin Código, pues no sé). Me parece que ya lo he contado alguna vez, pero yo conseguí aprobar la asignatura entera en septiembre (cuando era anual), y todavía no me explico como pude llegar ni siquiera al cinco pelao' con los exámenes que hice, por eso digo que hay que tener paciencia y esperar a las notas. Por mi parte, los exámenes les hice muy flojos y los casos les hice regular y ni siquiera les pude terminar. Pero claro, yo todavía pude contar con el apoyo del Código, y soy consciente de que sin el no hubiera aprobado ni de broma. En fin, que no quiero dar falsas esperanzas, pero hay que esperar a que corrijan.
Yo también tengo ganas de ver las estadísticas de aprobados sin el Código!
Un saludo, mucho ánimo y mucha suerte a todos
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Pues no te va a quedar más remedio que armarte de paciencia y esperar a que den las notas, a ti y a todos los que se encuentren en tu situación :) Yo sinceramente creo que es imposible saber con seguridad si vas a aprobar o no. Por lo que he leído en los hilos de la asignatura durante estos años, y por mi propia experiencia, este Departamento -hasta ahora- había sido bastante benévolo a la hora de corregir...A mi me parece que consideraban el examen de una manera global, dando importancia también al modo de expresarse, a la soltura en el manejo del Código... (pero ahora sin Código, pues no sé). Me parece que ya lo he contado alguna vez, pero yo conseguí aprobar la asignatura entera en septiembre (cuando era anual), y todavía no me explico como pude llegar ni siquiera al cinco pelao' con los exámenes que hice, por eso digo que hay que tener paciencia y esperar a las notas. Por mi parte, los exámenes les hice muy flojos y los casos les hice regular y ni siquiera les pude terminar. Pero claro, yo todavía pude contar con el apoyo del Código, y soy consciente de que sin el no hubiera aprobado ni de broma. En fin, que no quiero dar falsas esperanzas, pero hay que esperar a que corrijan.
Yo también tengo ganas de ver las estadísticas de aprobados sin el Código!
Un saludo, mucho ánimo y mucha suerte a todos
Pues muchas gracias por tus palabras de ánimo la verdad, ya que en base a tu experiencia con este Departamento por lo menos a mi me ha resultado muy esclarecedor respecto al criterio de corrección, y bueno si al final no sale la cosa bien pues por lo menos se vive el tiempo hasta las notas con optimismo, que no es poca cosa. Mucha suerte para ti tambien en las que te hayas presentado y a ver si coronamos este cuatri con exito!! Saludoss