Realmente y en la práctica, SI.
En la fase de instruccion al juez, se le solicita que el testigo fulano de tal, tenga la condición de testigo protegido. Normalmente la policia se lo solicita mediante oficio, adjuntando el acta de declaracion del testigo sin sus datos personales, diciendo por ejemplo "acta de declaracion de testigo protegido nº 1" y en un oficio aparte le remite al juez todos los datos de filiacion de ese testigo protegido nº 1, teniendo ese oficio únicamente el juez.
Si el juez lo estima procedente, le da esa condición, que continúa hasta el fin del juicio oral.
En el acto del juicio oral, normalmente el testigo protegido acude bajo la proteccion de la policia, (y aqui esta la "picardia" o intención de que todo salga como deba") hay que poner interés en que se proteja integramente a ese testigo. hay que estar atento y solicitar que preste declaracion en dependencia aparte de la sala de vistas, y pedir incluso que se distorsione la voz.
Es decir, hay que estar encima del juez para que este autorice todos los medios para que efectivamente no se reconozca al testigo protegido.
Yo he visto los dos extremos, el hacer bien las cosas, entrar el testigo por puerta distinta, declarar en dependencia distinta y con voz distorsionada y salir igualmente por sitio distinto al resto de asistentes, es decir, nadie lo ha visto y nadie lo reconoce.
Y también he visto que, no se ha estado atento y el testigo protegido ha estado esperando a las puertas de la sala, junto al resto de personas y el auxiliar de justicia decir: "testigo protegido fulano de tal" y con un triste biombo que sólo impide que, el acusado no te vea mientras declara pero cuando estás entrando en la sala echa la vista hacia la puerta y te ve.
Interés, hay que poner interés.