acompañando a lo anterior expuesto les comento que los trabajos de superior categoria los llevo realizando desde el 2003 por fallecimiento del anterior propietario de la plaza de manera rotatoria con otros 3 compañeros siendo yo el de mas antiguedad, en los ultimos 2 años los realize durante 10 meses , en el covenio pone , Sólo podrán realizarse trabajos de superior categoría por necesidades urgentes e inaplazables ,respecto a la titulacion el convenio dice ,JEFE TALLER O ENCARGADO DE OBRA: Trabajador que está en posesión de FP 2 o equivalente, o que, sin poseerlo, tiene reconocida esta categoría o teniendo los conocimientos de su oficio ,digo esto poque cuando yo empece a trabajar ni exitia la fp2 hablo de hace 32 años.
gracias por responder a un currante