Según tengo entendido hay que realizar una demanda contra la Comunidad dirigida a su Presidente, por los trámites del juicio ordinario, ante el Juzgado Civil.Según la Ley de Propiedad Horizontal el plazo para la impugnación es de un año, por ser contrario a la ley o los estatutos, y puede ejercitarlo cualquier propietario que haya votado en contra y asi mismo los ausentes si en el plazo de 30 días han manifestado su discrepancia al Secretario.No sé si te refieres a algo de lo que te explico, en caso contrario coméntame que deseas saber por si puedo aclarartelo.