Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: MORDEKAY en 12 de Febrero de 2021, 15:00:31 pm

Título: Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2020 / 2021)
Publicado por: MORDEKAY en 12 de Febrero de 2021, 15:00:31 pm
Derecho de la Protección Social curso 2020 / 2021

Todo lo relacionado con la asignatura para el curso 2020 / 2021

Guía de la asignatura: Derecho de la Protección Social (https://www.uned-derecho.com/index.php?topic=128684.0)

Aquí no se piden ni ofrecen apuntes, todo post que lo haga será eliminado.

Zona de petición de apuntes: http://www.uned-derecho.com/index.php?board=4.0

Zona de subida y descarga de apuntes: http://www.uned-derecho.com/index.php?board=13.0

Zona de compraventa de libros: http://www.uned-derecho.com/index.php?board=20.0
Título: Re:Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2020 / 2021)
Publicado por: Molins19 en 15 de Febrero de 2021, 16:59:54 pm
Pillo Sitio!  ;)
Título: Re:Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2020 / 2021)
Publicado por: _Ilacu_ en 15 de Febrero de 2021, 17:18:03 pm
Buenas tardes, pido permiso
Título: Re:Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2020 / 2021)
Publicado por: Mangel2000 en 15 de Febrero de 2021, 17:31:18 pm
Ahí voy! Suerte a todos con esta
Título: Re:Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2020 / 2021)
Publicado por: Sapara en 16 de Febrero de 2021, 11:18:46 am
Me uno!!
Título: Re:Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2020 / 2021)
Publicado por: chispi-72 en 16 de Febrero de 2021, 12:15:38 pm
Me apunto ;)
Título: Re:Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2020 / 2021)
Publicado por: Noakasha en 16 de Febrero de 2021, 13:01:37 pm
¡Otra más  :)!
Título: Re:Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2020 / 2021)
Publicado por: Mangel2000 en 16 de Febrero de 2021, 13:09:33 pm
Se sabe ya si habrá avex? Todo apunta a que sí
Título: Re:Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2020 / 2021)
Publicado por: _Ilacu_ en 23 de Febrero de 2021, 12:36:49 pm
 Con esta asignatura parece que estoy leyendo el texto de una oposición a la Seguridad Social, tenéis la misma sensación que yo?
Título: Re:Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2020 / 2021)
Publicado por: medved en 23 de Febrero de 2021, 13:22:56 pm
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Se sabe ya si habrá avex? Todo apunta a que sí

Oficialmente no se sabe, reunión de Consejo de Gobierno de la UNED el 9 de marzo.

ENUNCIADOS EXAMENES AVEX SEPTIEMBRE , página 5 hay un examen con soluciones. saludos y suerte

https://www.uned-derecho.com/index.php?topic=129483.80
Título: Re:Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2020 / 2021)
Publicado por: Horroris_causa en 23 de Febrero de 2021, 14:46:00 pm
Esta asignatura la aprobé el año pasado y fue, con diferencia, de las que más me gustó. El texto es un poquito farragoso y es cierto que a veces se le puede hacer bola a uno con tanto concepto sobre el que calcular cositas. Pero es una asignatura en la que merece mucho la pena empaparse.

Por cierto, si no han cambiado los baremos y las condiciones respecto al año pasado, os recomiendo muchísimo hacer la PEC.
Título: Re:Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2020 / 2021)
Publicado por: martuquiz en 24 de Febrero de 2021, 21:18:09 pm
Pues aquí otra que se apunta. Vamos a por Protección Social!!
Título: Re:Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2020 / 2021)
Publicado por: martuquiz en 24 de Febrero de 2021, 21:19:23 pm
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Esta asignatura la aprobé el año pasado y fue, con diferencia, de las que más me gustó. El texto es un poquito farragoso y es cierto que a veces se le puede hacer bola a uno con tanto concepto sobre el que calcular cositas. Pero es una asignatura en la que merece mucho la pena empaparse.

Por cierto, si no han cambiado los baremos y las condiciones respecto al año pasado, os recomiendo muchísimo hacer la PEC.

Tomo nota, gracias!
Apuntes recomendados????
Título: Re:Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2020 / 2021)
Publicado por: _Ilacu_ en 02 de Marzo de 2021, 17:54:10 pm
Leyendo temas y viendo exámenes de años anteriores llego a la conclusión que al menos los cinco primeros temas no son motivo de examen (no veo preguntas de ellos), alguien veterano en esta asignatura me lo puede confirmar?
Título: Re:Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2020 / 2021)
Publicado por: Horroris_causa en 02 de Marzo de 2021, 18:32:18 pm
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Leyendo temas y viendo exámenes de años anteriores llego a la conclusión que al menos los cinco primeros temas no son motivo de examen (no veo preguntas de ellos), alguien veterano en esta asignatura me lo puede confirmar?

Ojo, los temas 1 a 3, bueno... son más de rellenito. Los temas 4 y 5 ya empiezan a contar cosas interesantes. Léelos con cariño. Yo creo que en AVEX el curso pasado me entró alguna pregunta de ahí (y no son temas muy complicados, es punto asegurado).
Título: Re:Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2020 / 2021)
Publicado por: _Ilacu_ en 02 de Marzo de 2021, 18:45:40 pm
Gracias por tu respuesta. He comenzado con el tema 5 a estudiarlo.
Título: Re:Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2020 / 2021)
Publicado por: Friedlex en 02 de Marzo de 2021, 19:32:13 pm
El que esté puesto en la materia dudo que le haga falta leer los primeros temas. Pero para los que son legos en la materia, como yo, nos viene bien para saber dónde ubicar ciertas cosas. Es cierto que toca algunas cosas de Derecho del Trabajo que la tengo reciente, pero otras son conceptos nuevos.
Título: Re:Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2020 / 2021)
Publicado por: miguel75 en 11 de Marzo de 2021, 10:03:08 am
¿Que os parecen los apuntes de Nandae?, yo los veo bastante asequibles.
Título: Re:Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2020 / 2021)
Publicado por: Friedlex en 11 de Marzo de 2021, 11:05:38 am
Yo estoy con ellos. Pero como hay cierta cosas que se han actualizado este año, o bien estoy también para ciertos temas con unos apuntes que han elaborado unos compañeros y que rulan por ahí, o comparo los de Nandae con la el PDF que subió el equipo docente sobre las novedades y las páginas en las que se encuentran.
Título: Re:Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2020 / 2021)
Publicado por: Arancha3 en 11 de Marzo de 2021, 19:00:41 pm
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¿Que os parecen los apuntes de Nandae?, yo los veo bastante asequibles.

Los apuntes de Nandae están fenomenal, yo en su día también estudié por ellos. Pero tanto en Protección Social como en Trabajo, suele haber cambios cada año, por eso hay que estar atento a las novedades, como dice Friedlex.
Por otra parte, la asignatura es un verdadero ladrillo. A mí es la que menos me gustó de todo el grado. Pero bueno, es mi opinión personal, no quiero desanimar a nadie. A favor, que el examen era de una dificultad normal, y que las preguntas no eran rebuscadas. Mucha suerte a todos!
Título: Re:Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2020 / 2021)
Publicado por: Friedlex en 11 de Marzo de 2021, 19:15:42 pm
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Por otra parte, la asignatura es un verdadero ladrillo. A mí es la que menos me gustó de todo el grado. Pero bueno, es mi opinión personal
A mí tambén me parece un ladrillo. No me está gustando nada... Por eso quizá me está costando un poco más hacerme con ella...
Título: Re:Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2020 / 2021)
Publicado por: jgarciat en 11 de Marzo de 2021, 19:32:55 pm
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A mí tambén me parece un ladrillo. No me está gustando nada... Por eso quizá me está costando un poco más hacerme con ella...
Esta asignatura es necesaria para 4 de troll  ;D
Título: Re:Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2020 / 2021)
Publicado por: Arancha3 en 11 de Marzo de 2021, 19:48:44 pm
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A mí tambén me parece un ladrillo. No me está gustando nada... Por eso quizá me está costando un poco más hacerme con ella...
Yo nunca pensé que esta asignatura me iba a gustar tan poco! Eso me sorprendió mucho, la verdad. Al final te haces, pero es un tostón, si ...en ese sentido, los apuntes de Nandae resumen muy bien, van al grano y te facilitan mucho el estudio. Pero, como bien has dicho anteriormente, hay que mirar las novedades, que los apuntes de Nandae ya tienen un tiempo.
Bueno, no te preocupes, que poco a poco le cogerás el truco, aunque no creo que te acabe gustando, eso no, jaja. Suerte!
Título: Re:Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2020 / 2021)
Publicado por: miguel75 en 12 de Marzo de 2021, 12:41:46 pm
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Yo estoy con ellos. Pero como hay cierta cosas que se han actualizado este año, o bien estoy también para ciertos temas con unos apuntes que han elaborado unos compañeros y que rulan por ahí, o comparo los de Nandae con la el PDF que subió el equipo docente sobre las novedades y las páginas en las que se encuentran.
[/Donde se encuentra esa PDF?quote]
Título: Re:Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2020 / 2021)
Publicado por: Friedlex en 12 de Marzo de 2021, 12:54:26 pm
Pues vaya, no lo encuentro. Lo cuelgo aquí para el que lo necesite.
https://www.dropbox.com/s/tkvzs992cne9uoq/NOTA_ACTUALIZACI%C3%93N_MANUAL_Y_ADVERTENCIA_DE_ERRATAS%20%281%29.pdf?dl=0
Título: Re:Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2020 / 2021)
Publicado por: jswirska1 en 12 de Marzo de 2021, 13:06:39 pm
Yo la saqué el año pasado y estudié por apuntes y la LGSS y me fue bastante bien. También es cierto que con parte del temario ya estaba familiarizada y le veo mucha conexión con el Derecho del Trabajo...

Al principio me gustó bastante pero después la aborrecí un poco...

Espero os sirva. Un saludo y suerte!
Título: Re:Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2020 / 2021)
Publicado por: canfum en 04 de Abril de 2021, 22:41:17 pm
Hay algo sobre la Pec, algún sitio o hilo para poder poner en común cuestiones sobre la PEC de este año ?
Título: Re:Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2020 / 2021)
Publicado por: Nicolás Guti en 24 de Mayo de 2021, 20:52:22 pm
Mucha suerte para mañana  ;)
Título: Re:Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2020 / 2021)
Publicado por: Davidgallo87 en 24 de Mayo de 2021, 21:04:25 pm
igualmente!! mucha suerte mañana!
Título: Re:Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2020 / 2021)
Publicado por: OliviaBlanc en 24 de Mayo de 2021, 22:54:19 pm
Me uno, mucha suerte!!!!!
Título: Re:Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2020 / 2021)
Publicado por: _Ilacu_ en 25 de Mayo de 2021, 08:09:23 am
Ya estamos preparados, suerte
Título: Re:Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2020 / 2021)
Publicado por: Noakasha en 25 de Mayo de 2021, 08:29:38 am
Pues vamos a allá! Ultima del Grado! Suerte !!!
Título: Re:Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2020 / 2021)
Publicado por: Nicolás Guti en 25 de Mayo de 2021, 09:41:33 am
¿Qué os ha parecido? Yo alguna pregunta práctica la he dejado en blanco
Título: Re:Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2020 / 2021)
Publicado por: juan_fpacheco en 25 de Mayo de 2021, 09:45:42 am
Alguna pregunta cuasi-imposibles (Ley de Accidentes de Trabajo de 1980) pero otras relativamente fáciles, a ver si nos quitamos este tocho!!
Título: Re:Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2020 / 2021)
Publicado por: _Ilacu_ en 25 de Mayo de 2021, 09:50:45 am
Pufffff, regular, algunas preguntas algo rebuscadas. La ley del trabajo creo que era de 1900, no de 1980. Se estableció la responsabilidad objetiva del empresario.
Título: Re:Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2020 / 2021)
Publicado por: Davidgallo87 en 25 de Mayo de 2021, 09:53:47 am
Parece que nos ha salido el mismo a todos...se han repetido preguntas del año pasado. Yo he salido muy contento! a por el próximo!
Título: Re:Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2020 / 2021)
Publicado por: juan_fpacheco en 25 de Mayo de 2021, 10:02:55 am
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Pufffff, regular, algunas preguntas algo rebuscadas. La ley del trabajo creo que era de 1900, no de 1980. Se estableció la responsabilidad objetiva del empresario.

Cierto! :D Si es que cuando la he leído he flipado, me aportaba poco el año de su promulgación....jaja
Título: Re:Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2020 / 2021)
Publicado por: OliviaBlanc en 25 de Mayo de 2021, 10:06:03 am
Pues a mi no me han salido esas, alguna de otros años, si, de accidentes de trabajo, un par de ellas,  el viaje de novios a Kenia, las medicinas, los hijos de un autónomo, en alguna he dudado, pero las he marcado todas, ufff espero que haya suerte.
Título: Re:Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2020 / 2021)
Publicado por: Davidgallo87 en 25 de Mayo de 2021, 10:10:16 am
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Pues a mi no me han salido esas, alguna de otros años, si, de accidentes de trabajo, un par de ellas,  el viaje de novios a Kenia, las medicinas, los hijos de un autónomo, en alguna he dudado, pero las he marcado todas, ufff espero que haya suerte.

A mi esas no me han salido...entonces no nos han hecho el mismo examen :)
Título: Re:Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2020 / 2021)
Publicado por: lluvia en 25 de Mayo de 2021, 16:19:04 pm
Ha habido algunas sencillas y otras más rebuscadas como la de la Ley del Trabajo de 1900  :-\  El examen era un intento de hacerlo aplicar a casos prácticos. Me ha dejado un poco de mal gusto (por el contenido de la pregunta) el del señor que fallece en las Torres Gemelas y luego el "programa de terminalismo del IMSERSO", toma gazapo ahí
Título: Re:Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2020 / 2021)
Publicado por: Raquel26a en 25 de Mayo de 2021, 17:54:25 pm
Parece que es difícil, yo lo aprobé sin problemas cuando no era avex
Título: Re:Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2020 / 2021)
Publicado por: OliviaBlanc en 27 de Mayo de 2021, 09:16:29 am
Buenos días, ya están los resultados, una menos  :D
Título: Re:Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2020 / 2021)
Publicado por: Jaalce en 27 de Mayo de 2021, 09:18:15 am
7,05 :)
Título: Re:Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2020 / 2021)
Publicado por: Mangel2000 en 27 de Mayo de 2021, 09:48:14 am
Algun alma caritativa que quiera poner las preguntas para los de la segunda semana?  ::)
Título: Re:Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2020 / 2021)
Publicado por: Davidgallo87 en 27 de Mayo de 2021, 10:03:17 am
Pregunta 1
Imagine el siguiente supuesto. Pedro y Alicia –ambos solteros- conviven como pareja de hecho desde hace siete años. Se inscribieron formalmente como pareja de hecho en el Registro de Parejas de Hecho de su Ayuntamiento hace cuatro años. Alicia es ingeniera, está en alta en el Régimen General y reúne en este régimen más de 20 años cotizados. Pedro, por su parte, está en paro y no tiene ingresos propios.

Alicia fallece por enfermedad común.

¿Tiene derecho Pedro a una pensión de viudedad por la muerte de Alicia?

No tiene derecho ni a la pensión vitalicia de viudedad, ni a la prestación temporal de viudedad.

No tiene derecho a la pensión vitalicia de viudedad, pero sí a la prestación temporal de viudedad.

Sí, tiene derecho a una pensión vitalicia de viudedad.

Pregunta 2
Con carácter general, el RD 1051/2013 dispone que podrán asumir la condición de cuidadores no profesionales de una persona en situación de dependencia, su cónyuge y sus parientes por consanguinidad, afinidad o adopción, hasta el tercer grado de parentesco, cuando:

Convivan en el mismo domicilio de la persona dependiente, esté siendo atendido por ellos y lo hayan hecho durante el periodo previo de un año a la fecha de presentación de la solicitud.

Hayan atendido a la persona dependiente durante un período previo a la solicitud de, al menos, 5 años, aun cuando no convivan con dicha persona.

Hayan atendido a la persona dependiente durante un período previo a la solicitud de, al menos, 3 años, aun cuando no convivan con dicha persona.


Pregunta 3
Cuando un paciente desplazado transitoriamente a otra comunidad autónoma ha recibido asistencia sanitaria urgente y precisa transporte sanitario por causas estrictamente médicas para su traslado a la comunidad de origen, bien a su domicilio o a otro centro, ¿quién se hace cargo de dicho transporte?

La Comunidad Autónoma donde se ha desplazado transitoriamente y donde ha recibido asistencia sanitaria.

La Comunidad Autónoma de origen del paciente.

El Estado.

Pregunta 4
Con carácter general, el sistema financiero de todos los regímenes que integran el sistema de la Seguridad Social es:

El de capitalización.

El de reparto.

El de capitalización, con algunas especialidades.

Pregunta 5
En el Régimen General de la Seguridad Social, la base de cotización para desempleo, Fondo de Garantía Salarial y para la formación profesional:

Será la correspondiente a las contingencias comunes.

Será la que se pacte, a estos exclusivos efectos, por el trabajador y el empresario.

Será la correspondiente a las contingencias profesionales.

Pregunta 6
En el Régimen General, el sujeto obligado a cotizar por contingencias profesionales es:

El trabajador.

El empresario y el trabajador.

El empresario.

Pregunta 7
¿A qué organismo corresponde recaudar los derechos y pagar las obligaciones de la Seguridad Social?

Al Servicio Jurídico de la Administración de la Seguridad Social

Al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS)

A la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS)

Pregunta 8
En el Régimen General, respecto a la prestación de incapacidad temporal derivada de contingencias profesionales, si la contingencia profesional está cubierta con una Mutua, el parte médico de baja, los de confirmación  y el de alta:

Se expiden por los servicios médicos de la Mutua o por los servicios médicos del servicio público de salud correspondiente, a opción del empresario.

Se expiden por los servicios médicos del servicio público de salud correspondiente.

Se expiden por los servicios médicos de la propia Mutua.


Pregunta 9
La cartera común suplementaria del Sistema Nacional de Salud:

incluye todas aquellas prestaciones cuya provisión se realiza mediante dispensación ambulatoria, pero no están sujetas a aportación del usuario.

incluye todas aquellas prestaciones cuya provisión no se realiza mediante dispensación ambulatoria y no están sujetas a aportación del usuario.

incluye todas aquellas prestaciones cuya provisión se realiza mediante dispensación ambulatoria y están sujetas a aportación del usuario.

Pregunta 10
Francisco C., trabajador por cuenta ajena en la empresa X, ha sufrido un infarto en el centro de trabajo durante su jornada laboral. Como consecuencia del infarto, Francisco ha estado cuatro meses en situación de incapacidad temporal. Esta incapacidad temporal, ¿deriva de contingencia profesional o común?

Deriva de contingencia profesional, pues la Ley General de la Seguridad Social presume iuris et de iure –sin admitir prueba en contrario-, que son constitutivas de accidente de trabajo las lesiones que sufra el trabajador durante el tiempo y en el lugar del trabajo.

En principio, deriva de contingencia profesional, pues la Ley General de la Seguridad Social presume iuris tantum –salvo prueba en contrario-, que son constitutivas de accidente de trabajo las lesiones que sufra el trabajador durante el tiempo y en el lugar del trabajo.

En principio, deriva de contingencia común, salvo que el trabajador logre probar la conexión del infarto con el trabajo. La Ley General de la Seguridad Social no establece ninguna presunción –ni iuris et de iure, ni iuris tantum- en relación con el accidente de trabajo y las lesiones sufridas por el trabajador durante el tiempo y en el lugar del trabajo.



Pregunta 11
En el Régimen General de la Seguridad Social, los empresarios deben solicitar su inscripción:

El día en que inicien su actividad.

Con carácter previo a la iniciación de su actividad.

En el plazo de seis días desde que inicien su actividad.

Pregunta 12
La Ley de Accidentes de Trabajo de 1900:

Estableció la responsabilidad objetiva del empresario en los accidentes de trabajo.

Creó un sistema complementario de protección, las “mutualidades laborales”, constituido por ramas de actividad.

Estableció la responsabilidad por culpa del empresario en los accidentes de trabajo.

Pregunta 13
De acuerdo con lo dispuesto en la Ley General de la Seguridad Social, los trabajadores autónomos:

Podrán contratar, como trabajadores por cuenta ajena, a los hijos menores de 30 años, aunque convivan con ellos; en este caso, la acción protectora dispensada a estos familiares comprende la cobertura por desempleo.

Podrán contratar, como trabajadores por cuenta ajena, a los hijos menores de 30 años, aunque convivan con ellos, si bien, en este caso, la acción protectora dispensada a estos familiares no comprende la cobertura por desempleo.

No podrán contratar como trabajadores por cuenta ajena a los hijos menores de 30 años que convivan con ellos.

Pregunta 14
En el Régimen General de la Seguridad Social, la prestación económica por ejercicio corresponsable del cuidado de lactante:

Se extinguirá cuando el o la menor cumpla 9 meses de edad.

Se extinguirá cuando el o la menor cumpla 12 meses de edad.

Se extinguirá cuando el o la menor cumpla 6 meses de edad.

Pregunta 15
¿Qué finalidad tiene el Fondo de Reserva de la Seguridad Social?

Atender a las necesidades futuras del sistema de la Seguridad Social en materia de prestaciones de desempleo.

Atender a las necesidades futuras del sistema de la Seguridad Social en materia de prestaciones no contributivas.

Atender a las necesidades futuras del sistema de la Seguridad Social en materia de prestaciones contributivas.
Título: Re:Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2020 / 2021)
Publicado por: berni1988 en 27 de Mayo de 2021, 10:04:34 am
Pregunta 1

En relación con la prestación farmacéutica ambulatoria, se puede afirmar que a las personas perceptoras de pensiones de jubilación e invalidez no contributivas:

No se les reconoce el derecho a esta prestación.

Se les exime de la obligación de aportación.

Se les aplica un porcentaje de aportación del 10%.

Pregunta 2

En el Régimen General, la retribución por horas extraordinarias:

No computa en la base de cotización por contingencias comunes.

No computa en la base de cotización por contingencias profesionales.

No computa ni en la base de cotización por contingencias comunes, ni en la base de cotización por contingencias profesionales.

Pregunta 3

Manuel tiene 26 años y es contable. Presta servicios por cuenta ajena para la empresa Z y está dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social. Este es su primer trabajo. Reúne un total de 120 días cotizados.

El viernes 15 de febrero, Manuel finalizó su jornada de trabajo a las 15:00 horas y, tras pasar por su casa para cambiarse, salió a dar una vuelta con sus amigos. A las 21:30, cuando se dirigía ya a su domicilio, Manuel sufrió un accidente de circulación, como consecuencia del cual ha tenido que estar en situación de baja médica durante 54 días.

¿Tiene Manuel derecho a la prestación económica de incapacidad temporal?

No tiene derecho, porque no reúne el período mínimo de cotización exigido.

Sí. Tendrá derecho a una prestación de incapacidad temporal derivada de contingencias comunes.

Sí. Tendrá derecho a una prestación de incapacidad temporal derivada de contingencias profesionales.

Pregunta 4

El Sistema de Autonomía y Atención a las Personas en Situación de Dependencia (SAAD):

Es una modalidad de protección social autónoma que complementa el Sistema de la Seguridad Social

Forma parte del Sistema de la Seguridad Social.

Forma parte del Sistema Nacional de Salud.

Pregunta 5

María P. presta servicios como contable en virtud de un contrato de trabajo a tiempo parcial para la empresa Z. Además trabaja por cuenta propia de forma habitual, haciendo portales de venta online para diversas tiendas. A efectos de su encuadramiento en la Seguridad Social:

María está en situación de pluriactividad, debiendo estar en alta tanto en el Régimen General, como en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.

María está en situación de pluriempleo, debiendo estar en alta tanto en el Régimen General como en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.

María solo debe estar en alta en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos. Esta alta incorpora ambas actividades.

Pregunta 6

En relación con la distribución de competencias en materia de Seguridad Social, se puede afirmar que conforme a lo dispuesto en la Constitución:

El Estado tiene competencia exclusiva sobre legislación básica y régimen económico de la Seguridad Social, sin perjuicio de la ejecución de sus servicios por las Comunidades Autónomas.

Las Comunidades Autónomas tienen competencia exclusiva sobre el régimen económico de la Seguridad Social, mientras que el Estado tiene competencia exclusiva sobre su legislación básica, sin perjuicio de la ejecución de sus servicios por las Comunidades Autónomas.

El Estado tiene competencias compartidas con las Comunidades Autónomas sobre legislación básica y régimen económico de la Seguridad Social, sin perjuicio de la ejecución de sus servicios de forma exclusiva por el Estado.

Pregunta 7

Conforme a lo dispuesto en la Ley General de la Seguridad Social, ¿qué naturaleza tiene la prestación económica por nacimiento o adopción de hijo en supuestos de familias numerosas, monoparentales y de madres con discapacidad?

Tiene naturaleza no contributiva.

Tiene naturaleza mixta: contributiva y no contributiva.

Tiene naturaleza contributiva.

Pregunta 8

Cuando la Comunidad Autónoma A decida trasladar a un paciente a la Comunidad Autónoma B, con el fin de que ésta le preste la asistencia sanitaria que aquélla no puede facilitar con sus propios medios, ¿qué Comunidad Autónoma proporcionará el transporte sanitario que sea necesario?

La Comunidad Autónoma A proporcionará el transporte sanitario al paciente, tanto para su desplazamiento al centro sanitario, como para el regreso a su domicilio si persisten las causas que justifican la necesidad de esta prestación. 

La Comunidad Autónoma B proporcionará el transporte sanitario al paciente, tanto para su desplazamiento al centro sanitario, como para el regreso a su domicilio si persisten las causas que justifican la necesidad de esta prestación.

La Comunidad Autónoma A proporcionará el transporte sanitario al paciente para su desplazamiento al centro sanitario. La Comunidad Autónoma B proporcionará el transporte sanitario para el regreso del paciente a su domicilio, si persisten las causas que justifican la necesidad de esta prestación.

Pregunta 9

Conforme a lo dispuesto en la Ley General de la Seguridad Social, ¿qué naturaleza tiene la prestación económica de incapacidad temporal derivada de contingencias comunes?

Tiene naturaleza no contributiva.

Tiene naturaleza asistencial.

Tiene naturaleza contributiva.

Pregunta 10

En el Régimen General de la Seguridad Social, ¿cuál es el tipo de cotización por contingencias profesionales?

Los tipos de cotización en contingencias profesionales se establecen anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado. Existe uno para la empresa y otro para los trabajadores.

El tipo de cotización en contingencias profesionales se fija, en función de la actividad económica, en la tarifa de primas establecida legalmente. La prima resultante corre a cargo exclusivo del empresario.

El tipo de cotización en contingencias profesionales se fija, en función de la actividad económica, en la tarifa de primas establecida legalmente. Del tipo que corresponda, el 0,4% será a cargo del trabajador y el resto a cargo del empresario.

Pregunta 11

La cartera común suplementaria del Sistema Nacional de Salud:

incluye todas aquellas prestaciones cuya provisión se realiza mediante dispensación ambulatoria, pero no están sujetas a aportación del usuario.

incluye todas aquellas prestaciones cuya provisión no se realiza mediante dispensación ambulatoria y no están sujetas a aportación del usuario.

incluye todas aquellas prestaciones cuya provisión se realiza mediante dispensación ambulatoria y están sujetas a aportación del usuario.

Pregunta 12

Señale la afirmación correcta:

Actualmente, la colaboración voluntaria de las empresas en la gestión de la Seguridad Social puede efectuarse tanto respecto de las contingencias profesionales como respecto de las contingencias comunes.

Actualmente, la colaboración voluntaria de las empresas en la gestión de la Seguridad Social solo puede efectuarse respecto de las contingencias profesionales.

Actualmente, la colaboración voluntaria de las empresas en la gestión de la Seguridad Social solo puede efectuarse respecto de las contingencias comunes.

Pregunta 13

¿Qué finalidad tiene el Fondo de Reserva de la Seguridad Social?

Atender a las necesidades futuras del sistema de la Seguridad Social en materia de prestaciones contributivas.

Atender a las necesidades futuras del sistema de la Seguridad Social en materia de prestaciones no contributivas.

Atender a las necesidades futuras del sistema de la Seguridad Social en materia de prestaciones de desempleo.

Pregunta 14

Los programas de terminalismo del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO):

Se cofinancian por el usuario y  por el IMSERSO con cargo a sus presupuestos.

Se financian por el usuario.

Se financian por el IMSERSO con cargo a sus presupuestos.

Pregunta 15

El Reglamento (CE) nº 883/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo de 29 de abril de 2004:

Incluye expresamente en su ámbito de aplicación material a la asistencia social.

Excluye expresamente de su ámbito de aplicación material a la asistencia social.

Incluye expresamente en su ámbito de aplicación material a la asistencia social, pero solo en relación con los apátridas y regugiados.



Me pareció muy muy asequible. Falle una por leer mal la pregunta. Hice un test de daypo unos minutos antes y salieron varias del año pasado.
Título: Re:Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2020 / 2021)
Publicado por: agarcia1 en 27 de Mayo de 2021, 10:13:17 am
1 - Con carácter general, el RD 1051/2013 dispone que podrán asumir la condición de cuidadores no profesionales de una persona en situación de dependencia, su cónyuge y sus parientes por consanguinidad, anidad o adopción, hasta el tercer grado de parentesco, cuando:

A) Convivan en el mismo domicilio de la persona dependiente, esté siendo atendido por ellos y lo hayan hecho durante el periodo previo de un año a la fecha de presentación de la solicitud.

B) Hayan atendido a la persona dependiente durante un período previo a la solicitud de, al menos, 5 años, aun cuando no convivan con dicha persona.

C) Hayan atendido a la persona dependiente durante un período previo a la solicitud de, al menos, 3 años, aun cuando no convivan con dicha persona.


2 - Las consecuencias del accidente de trabajo que resulten modificadas en su naturaleza, duración, gravedad o terminación, por enfermedades intercurrentes, que constituyan complicaciones derivadas del proceso patológico determinado por el accidente mismo o tenga su origen en afecciones adquiridas en el medio en que se haya situado el paciente para su curación, serán calificadas como:

A) Enfermedad profesional.

B) Accidente de trabajo.

C) Enfermedad común.

3 - Con carácter general, el sistema financiero de todos los regímenes que integran el sistema de la Seguridad Social es:

A) El de capitalización, con algunas especialidades.

B)El de capitalización.

C)El de reparto.

4 - Rellene el hueco que hay en la siguiente afirmación con alguna de las tres opciones posibles: “La asistencia sanitaria se facilita por la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, bien directamente o bien ………………… con otras entidades o establecimientos públicos o privados”.

A)por concesión

B) por consorcio

C) por concierto

5 - Mario prestó servicios durante 20 años en la empresa X, donde estuvo expuesto a amianto. Desde los 58 años, Mario es beneficiario de una pensión de incapacidad permanente absoluta del Régimen General derivada de enfermedad profesional. Mario fallece con 81 años, como consecuencia de un infarto acaecido mientras celebraba una esta familiar. Su esposa, de 76 años, solicita la pensión de viudedad. Señale la respuesta correcta:

A) La esposa tiene derecho a la pensión de viudedad derivada de contingencias comunes.

B) La esposa no tiene derecho a la pensión de viudedad porque Mario, en el momento del fallecimiento, no estaba dado de alta en ningún régimen de la Seguridad Social.

C)La esposa tiene derecho a la pensión de viudedad derivada de contingencias profesionales.

6 - Pedro Z es transportista y tiene la condición reconocida de trabajador autónomo económicamente dependiente (TRADE). Como tal, está encuadrado:

A) En el Sistema Especial TRADE, dentro del Régimen General de la Seguridad Social.

B) En el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.

C) En el Régimen General de la Seguridad Social, como asimilado a trabajador por cuenta ajena.

7 - Luis H. es analista programador. Trabaja por cuenta ajena para la empresa Z y está dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social. El domingo, durante una excursión a la montaña con su familia, sufrió una caída que le provocó la rotura de la tibia. En estas circunstancias, para que Luis pueda ser beneciario de la prestación de incapacidad temporal:

A)Se le exige un período mínimo de cotización de 180 días dentro de los 5 años inmediatamente anteriores al hecho causante.

B) Se le exige un período mínimo de cotización de 365 días dentro de los 6 años inmediatamente anteriores al hecho causante.

C) No se le exige un período mínimo de cotización.

8 - En el Régimen General, ¿quién es el sujeto responsable del ingreso efectivo de las cuotas de la Seguridad Social?

A) El empresario y el trabajador, cada uno en relación con su cuota.

B)El empresario.

C)El trabajador.

9 - La Ley 16/2003, de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud incluye la prestación farmacéutica en:

A)La cartera común básica de servicios asistenciales del Sistema Nacional de Salud.

B)La cartera común suplementaria del Sistema Nacional de Salud.

C)La cartera común de servicios accesorios del Sistema Nacional de Salud.

10 - El Sistema de Autonomía y Atención a las Personas en Situación de Dependencia (SAAD):

A) Forma parte del Sistema de la Seguridad Social.

B) Es una modalidad de protección social autónoma que complementa el Sistema de la Seguridad Social.

C) Forma parte del Sistema Nacional de Salud.

11 - María presta servicios como empleada doméstica para varios hogares familiares. En el hogar A trabaja 10 horas semanales, en el hogar B otras 10 horas semanales y en el hogar C trabaja 5 horas semanales. ¿En qué régimen de la Seguridad Social debe estar dada de alta?

A)En el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos (RETA).

B) En el Régimen General, dentro del Sistema Especial de Empleados de Hogar.

C) En el Régimen Especial de Empleados de Hogar.


12 - ¿Qué finalidad tiene el Fondo de Reserva de la Seguridad Social?

A)Atender a las necesidades futuras del sistema de la Seguridad Social en materia de prestaciones no contributivas.

B) Atender a las necesidades futuras del sistema de la Seguridad Social en materia de prestaciones contributivas.

C) Atender a las necesidades futuras del sistema de la Seguridad Social en materia de prestaciones de desempleo.

13 - En el Régimen General de la Seguridad Social, la prestación económica por nacimiento y cuidado de menor:

A) Se gestiona por la empresa (colaboración voluntaria).

B)Se gestiona por la empresa (colaboración obligatoria).

C)Se gestiona directa y exclusivamente por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
14 - Los programas de terminalismo del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO):

A)Se financian por el usuario.

B)Se financian por el IMSERSO con cargo a sus presupuestos.

C) Se cofinancian por el usuario y  por el IMSERSO con cargo a sus presupuestos.

15 - Señale la afirmación correcta:

A)Actualmente, la colaboración voluntaria de las empresas en la gestión de la Seguridad Social solo puede efectuarse respecto de las contingencias comunes.

B) Actualmente, la colaboración voluntaria de las empresas en la gestión de la Seguridad Social solo puede efectuarse respecto de las contingencias profesionales.

C) Actualmente, la colaboración voluntaria de las empresas en la gestión de la Seguridad Social puede efectuarse tanto respecto de las contingencias profesionales como respecto de las contingencias comunes.


Respuesta:  A - B - C - C - C - B - C - B - B - B - B - B - C - C - B
Título: Re:Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2020 / 2021)
Publicado por: Mangel2000 en 27 de Mayo de 2021, 10:42:24 am
Gracias a todos! Sois maravillosos
Título: Re:Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2020 / 2021)
Publicado por: OliviaBlanc en 27 de Mayo de 2021, 10:55:26 am
Derecho de la Protección Social 25/05/2021
Pregunta 1
Para tener derecho a las prestaciones por lesiones permanentes no invalidantes:
No se exige período mínimo de cotización.
Se exige un período mínimo de cotización de 1800 días en los 10 años inmediatamente anteriores al hecho causante.
Se exige un período mínimo de cotización de 15 años, de los cuales al menos 3 deben estar comprendidos en los últimos 10 años.
Pregunta 2
Juan G. trabajaba por cuenta ajena para la empresa X como ingeniero y estaba dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social. Este era su primer trabajo. Reunía un total de 337 días cotizados.
El 8 de enero de 2020 contrae matrimonio y una semana después viaja con su esposa, Marta, en luna de miel a Kenya, donde muere en accidente de tráfico.
¿Tiene Marta derecho a la pensión de viudedad?
No, porque Juan no cumple el período mínimo de cotización exigido: 500 días en los últimos 5 años.
No, porque el matrimonio no tiene una duración mínima de 1 año.
Sí, tiene derecho.
Pregunta 3
La Ley 16/2003, de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud incluye la prestación farmacéutica en:
La cartera común suplementaria del Sistema Nacional de Salud.
La cartera común básica de servicios asistenciales del Sistema Nacional de Salud.
La cartera común de servicios accesorios del Sistema Nacional de Salud.
Pregunta 4
En el Régimen General de la Seguridad Social, para ser beneficiario de la prestación de incapacidad temporal derivada de accidente de trabajo:
Se exige un período mínimo de cotización de 365 días dentro de los 6 años inmediatamente anteriores al hecho causante.
Se exige un período mínimo de cotización de 180 días dentro de los 5 años inmediatamente anteriores al hecho causante.
No se exige un período mínimo de cotización.
Pregunta 5
Conforme a lo dispuesto en la Ley General de la Seguridad Social, ¿qué naturaleza tiene la pensión de viudedad?
Tiene naturaleza no contributiva.
Tiene naturaleza contributiva.
Tiene naturaleza mixta: contributiva y no contributiva.
Pregunta 6
En el Régimen General, respecto a la prestación de incapacidad temporal derivada de contingencias profesionales, si la contingencia profesional está cubierta con una Mutua, el parte médico de baja, los de confirmación  y el de alta:
Se expiden por los servicios médicos del servicio público de salud correspondiente.
Se expiden por los servicios médicos de la Mutua o por los servicios médicos del servicio público de salud correspondiente, a opción del empresario.
Se expiden por los servicios médicos de la propia Mutua.
Pregunta 7
Señale la afirmación correcta:
El Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD) tiene dos fuentes de financiación: los Presupuestos Generales del Estado y los Presupuestos de cada Comunidad Autónoma.
El Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD) tiene una fuente de financiación: los Presupuestos Generales del Estado.
El Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD) tiene tres fuentes de financiación: los Presupuestos Generales del Estado, los Presupuestos de cada Comunidad Autónoma y las aportaciones de los beneficiarios.
Pregunta 8
Conforme a lo dispuesto en la Ley General de la Seguridad Social, ¿qué naturaleza tiene la prestación económica por nacimiento o adopción de hijo en supuestos de familias numerosas, monoparentales y de madres con discapacidad?
Tiene naturaleza contributiva.
Tiene naturaleza mixta: contributiva y no contributiva.
Tiene naturaleza no contributiva.
Pregunta 9
Fernando, que reúne más de 30 años cotizados en el Régimen General de la Seguridad Social, sufre un cáncer en fase terminal, que debe calificarse como enfermedad común. Debido a ello, es beneficiario de una pensión contributiva de incapacidad permanente absoluta. Alicia es una amiga que vive en el mismo barrio y con la que sale a menudo. A pesar de la gravedad de la enfermedad que sufre Fernando, la pareja decide casarse. El 3 de diciembre de 2019 contraen matrimonio. Poco después, el 12 de febrero de 2020, Fernando fallece a causa de su enfermedad. El matrimonio no tiene hijos en común, ni convivió previamente como pareja de hecho. 
¿Tiene Alicia derecho a una prestación de viudedad por la muerte de Fernando?
Sí, tiene derecho a una prestación temporal de viudedad.
No, no tiene derecho a ningún tipo de prestación de viudedad.
Sí, tiene derecho a una pensión vitalicia de viudedad.
Pregunta 10
Señale la afirmación correcta:
Las Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social forman parte del sector público estatal de carácter administrativo.
Las Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social son fundaciones privadas y, como tales, forman parte del sector privado.
Las Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social son asociaciones privadas de empresarios y, por tanto, forman parte del sector privado.
Pregunta 11
En el Régimen General de la Seguridad Social:
Las cuotas se ingresan el mes anterior al que corresponda su devengo.
Las cuotas se ingresan dentro del mismo mes al que aquéllas correspondan.
Las cuotas se ingresan por mensualidades vencidas, dentro del mes siguiente al que corresponda su devengo.
Pregunta 12
Pedro G. ha suscrito un contrato de trabajo temporal con la empresa X. En dicho contrato se pacta la renuncia del trabajador a sus derechos de Seguridad Social a cambio de un plus retributivo. Este pacto:
Es nulo, porque los derechos de Seguridad Social son irrenunciables.
Es válido, pues incluye una contraprestación.
Es anulable en el plazo de 1 año, pasado el cual se consolida.
Pregunta 13
Conforme a lo dispuesto en la Ley General de la Seguridad Social, las personas que prestan servicios retribuidos en entidades o instituciones de carácter benéfico-social:
Están excluidos del sistema de Seguridad Social
Están incluidos en el Régimen Especial del Personal de Entidades Sin Ánimo de Lucro.
Están incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social.
Pregunta 14
En el Régimen General de la Seguridad Social, la prestación económica por ejercicio corresponsable del cuidado de lactante:
Se extinguirá cuando el o la menor cumpla 9 meses de edad.
Se extinguirá cuando el o la menor cumpla 12 meses de edad.
Se extinguirá cuando el o la menor cumpla 6 meses de edad.
Pregunta 15
De acuerdo con lo dispuesto en la Ley General de la Seguridad Social, los trabajadores autónomos:
No podrán contratar como trabajadores por cuenta ajena a los hijos menores de 30 años que convivan con ellos.
Podrán contratar, como trabajadores por cuenta ajena, a los hijos menores de 30 años, aunque convivan con ellos; en este caso, la acción protectora dispensada a estos familiares comprende la cobertura por desempleo.
Podrán contratar, como trabajadores por cuenta ajena, a los hijos menores de 30 años, aunque convivan con ellos, si bien, en este caso, la acción protectora dispensada a estos familiares no comprende la cobertura por desempleo.
1A-2C-3A-4C-5B-6C-7C-8C-9A-10A-11C-12A-13C-14B-15C

Título: Re:Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2020 / 2021)
Publicado por: sergiojfm en 28 de Mayo de 2021, 12:30:15 pm
Mi examen

https://drive.google.com/file/d/1VJ7q20atnWPemkzSBS6T48zmGJNIeKYn/view?usp=sharing

Suerte
Título: Re:Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2020 / 2021)
Publicado por: rfranco11 en 31 de Mayo de 2021, 12:47:42 pm
Ya tengo la nota (Escuelas Pías).  :D
Título: Re:Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2020 / 2021)
Publicado por: Jaalce en 31 de Mayo de 2021, 14:06:12 pm
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Ya tengo la nota (Escuelas Pías).  :D

También en Cádiz
Título: Re:Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2020 / 2021)
Publicado por: Mangel2000 en 03 de Junio de 2021, 11:31:25 am
estoy echando un ojo a exámenes y no parecen preguntar mucho de los bloques II y III. Casi todo el temario se centra en el bloque I no?
Título: Re:Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2020 / 2021)
Publicado por: mgr1995 en 03 de Junio de 2021, 13:34:13 pm
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estoy echando un ojo a exámenes y no parecen preguntar mucho de los bloques II y III. Casi todo el temario se centra en el bloque I no?
Sí, la inmensa mayoría de las preguntas son del primer bloque. Del segundo bloque se centran en la cartera básica de servicios y poco más, y del tercer bloque alguna cosa general del SAAD si eso...
Título: Re:Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2020 / 2021)
Publicado por: Mangel2000 en 03 de Junio de 2021, 13:48:29 pm
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Sí, la inmensa mayoría de las preguntas son del primer bloque. Del segundo bloque se centran en la cartera básica de servicios y poco más, y del tercer bloque alguna cosa general del SAAD si eso...

Pues menos mal porque no me los he estudiado mucho. Espero que no me funcione ahora la Ley de Murphy y me caiga todo de los bloques II y III ;D
Título: Re:Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2020 / 2021)
Publicado por: Antonio.Alvarez.Gomez en 08 de Junio de 2021, 17:51:33 pm
Asequible la segunda semana ¿no?
Título: Re:Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2020 / 2021)
Publicado por: pistelroy en 08 de Junio de 2021, 18:02:39 pm
¿Alguien podría colgar sus respuestas?

Gracias de antemano.
Título: Re:Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2020 / 2021)
Publicado por: Molins19 en 08 de Junio de 2021, 18:35:31 pm
Yo lo he visto asequible, y han caido varias de otras veces
Título: Re:Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2020 / 2021)
Publicado por: manuel890 en 08 de Junio de 2021, 18:42:47 pm
Buenas tardes ¿alguien puede colgar el examen y las soluciones?espero que haya habido suerte
Título: Re:Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2020 / 2021)
Publicado por: Molins19 en 08 de Junio de 2021, 19:08:13 pm
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Buenas tardes ¿alguien puede colgar el examen y las soluciones?espero que haya habido suerte

Hasta pasadas 48 horas no es posible
Título: Re:Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2020 / 2021)
Publicado por: josebatxa en 08 de Junio de 2021, 20:18:21 pm
Pongo algunas preguntas que me acuerdo:
En el régimen general, el sujeto obligado a cotizar por contingencias profesionales es:
A- El empresario y el trabajador.
B- El empresa rio XXX
C-El trabajador

En el régimen general de la seguridad social, los empresarios deben solicitar su inscripción:
A- En el plazo de seis días desde el inicio de la actividad
B- Con caracter previo a la iniciación de la actividad. XXX
C- El día en que inicien actividad.

En el régimen general, la retribución por horas extraordinarias:
A- No computa en la base de cotización por contingencias comunes. XXX
B- No computa ni en la base por comunes ni por profesionales.
C- No computa  en la base de cotización por contingencias profesionales.

En el régimen de la seguridad social:
A- Las cuotas se ingresan el mes anterior al que corresponde su devengo.
B- Las cuotas se ingresan dentro del mes siguiente al que corresponde su devengo. XXX
C- Las cuotas se ingresan dentro del mismo mes al que corresponda su devengo.
Título: Re:Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2020 / 2021)
Publicado por: fma1970 en 09 de Junio de 2021, 00:26:10 am
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Pongo algunas preguntas que me acuerdo:
En el régimen general, el sujeto obligado a cotizar por contingencias profesionales es:
A- El empresario y el trabajador.
B- El empresa rio XXX
C-El trabajador

En el régimen general de la seguridad social, los empresarios deben solicitar su inscripción:
A- En el plazo de seis días desde el inicio de la actividad
B- Con caracter previo a la iniciación de la actividad. XXX
C- El día en que inicien actividad.

En el régimen general, la retribución por horas extraordinarias:
A- No computa en la base de cotización por contingencias comunes. XXX
B- No computa ni en la base por comunes ni por profesionales.
C- No computa  en la base de cotización por contingencias profesionales.

En el régimen de la seguridad social:
A- Las cuotas se ingresan el mes anterior al que corresponde su devengo.
B- Las cuotas se ingresan dentro del mes siguiente al que corresponde su devengo. XXX
C- Las cuotas se ingresan dentro del mismo mes al que corresponda su devengo.

De esas solo me entro una, una pena :P
Título: Re:Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2020 / 2021)
Publicado por: Miguel_Angel97 en 10 de Junio de 2021, 16:26:33 pm
Hola compañeros. Acaba de dar las respuestas corregidas del examen. Yo he acertado 9 preguntas mientras que he fallado 4 preguntas (dos de ellas por fallos tontos) y he dejado 2 sin contestar. En total tengo un 4.71. Se considera aprobado y se redondea a un 5?
Según mi hermana me dijo que en Penal si uno tenía menos de un 5 estaba suspendido (por ejemplo un 4,9) suspendía. Yo únicamente había tenido otro 4,7 en otro examen el año pasado  y gracias a Dios me lo redondearon y aprobé dicha asignatura. Alguien le ocurre lo mismo que a mí? Alguno de ustedes sabe si tendría que presentarme a Septiembre a Derecho de Protección Social ?  :-\