Entonces podría haber alzamiento de bienes si se dona porque se ve que es para evitar el embargo.....
Pero yo pongo el caso, de que se es empresario, pero a título particular, de manera personal, y ya empezada la actividad empresarial dona a sus hijos una vivienda ¿pueden ser titulares los hijos? cierto, no?
Pero no había impagos cuando donó pero al cabo del tiempo... el empresario entra en concurso de acreedores, qué pasaría con esa vivienda??