Manuel y lo que te digo vá en serio ( no como otras veces que voy con coña) yo quizás valla a más juicios que tú, porque te recuerdo que por las mañanas trabajo con 2 abogados, y sobre todo aparte de prácticas me hacen ir a todos los juicios que tienen, respecto a lo que alegas de que una vez hechas las alegaciones previas ( y presentadas estas ) yo sí ví como uno de mis jefes aportaba un prueba contundente ( documento de extranjería ) que la jueza si aceptó justo al comienzo del juicio, y ya me avisó mi jefe que seguramente no se lo cojerían pues una vez echas las alegaciones casi es meramente imposible que cojan cualquier prueba, pero en este caso nada dijo la jueza en cuestión ( yo creo que depende del juez ), dicho documento ( prueba documental ) le dio un giro al juicio, pues nosotros representábamos a un marroquí con antecedentes, etc... y como imputado, al final y gracias a susodicho documento ( cojido insitu por la jueza al comienzo del litigio) le libró de entrar en prisión quedándose la condena en accesoria de trabajos en beneficios para la comunidad. Por supuesto y como bien dice la ley es obligación por parte del juez de preguntarle al imputado si estaba dispuesto a la realización de dichos trabajos, en este caso se hizo la pregunta el marroquí contestó que no le importaba realizarlos, y por supuesto queda visto para sentencia, hace poco nos llegó la sentencia con la pena que te acabo de indicar, así que no especifiques tanto y generaliza un poquito más es un consejo, casi siempre las decisiones dependen del buen juicio y criterio del juez pertinente que instruya el caso. SALUDOS