Hola de nuevo, omití la referencia a la minoría de edad por la circunstancia de que la Carta hace mención al paciente, con independencia de su edad. Lo que mencionas del derecho a ser informado, etc, es un derecho del paciente. La minoría de edad en este contexto de la información, entiendo juega un papel importante en aras a permitir el concurso de otra persona, y que la ley autoriza, solo que limitada a una persona. He buscado, porque me ha picado la curiosidad, sentencias y demás, y no he encontrado nada, tal vez porque nadie haya sentido esto como un problema. En cualquier caso, lo de la patria potestad y su ejercicio conjunto, amén de que el hospital a lo único que está obligado es a aplicar la normativa sanitaria, puede ejercerse por un progenitor con el consentimiento del otro. Pero que como digo, entiendo que no viene al caso. De todos modos, no entiendo ese empeño de querer entrar los dos, si es que no se llevan bien o qué.
En fin, un saludo y haber si hay otras opiniones más certeras, porque también me interesa.
Un saludo