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Autor Tema: ¿reclamar ante la Inspeccion?  (Leído 2915 veces)

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Desconectado guilo

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¿reclamar ante la Inspeccion?
« en: 29 de Agosto de 2007, 18:17:25 pm »
Quisiera saber donde y como se hace una reclamación ante la Inspeccion de Trabajo pero contra la propia inspección, es decir, una vez interpuesta la denuncia ante la Inspección de Trabajo, todavia no se ha recibido ningun tipo de contestación y comunicación de esta denuncia interpuesta sobre febrero de 2007 sobre la inspección y puesto en contacto  telefonico con la inspeccion me comunican que realice una reclamacion o escrito ante el Defensor del Pueblo, ante todo esto mi pregunta antes de ir al Defensor es realizar una reclamacion ante este organismo para solucionar lo antes posible este incidente y que se me comunique que ha sucedido con esa denuncia.  ¿donde y como se ha de realizar esta reclamación?   Lo unico que deseo de una vez por todas es que se me comunique por escrito por parte de la Inspección es como va esa denuncia, que ha pasado etc que creo que tengo derecho a recibir.



Desconectado de peage

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Re: ¿reclamar ante la Inspeccion?
« Respuesta #1 en: 29 de Agosto de 2007, 22:18:01 pm »
Yo presentaría escrito ante ese mismo órgano (ojo, lo puedes presentar físicamente donde te de la gana: en cualquier organismo público u oficina de correos) presentado tu queja y lo del defensor del pueblo lo dejaría para después.
Saludos.
F E nbspnbsp  nbspnbsp nbspnbsp Y nbspnbsp  nbspnbsp  nbspnbsp R A Z Ó N

Desconectado Lili

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Re: ¿reclamar ante la Inspeccion?
« Respuesta #2 en: 30 de Agosto de 2007, 12:34:50 pm »


Exacto, al Defensor del Pueblo habrá que molestar cuando no te hacen ningún caso de parte de la Administración. De todas formas esta institución no defiende tus derechos de manera directa sino atiende tus quejas sobre la administración investigando los hechos y sugiriendo un procedimiento de resolución.
Mientras, hay que reclamar ante el mismo órgano o el órgano superior y estar atento a lo del silencio administrativo.
El camino normalmente es este, hay una inspección con un resultado que se puede recurrir  dentro de un plazo. Agotado el plazo no te van hacer caso y habrá que llevar el asunto al Tribunal contencioso-administrativo.
Si el recurso administrativo fue interpuesto en fecha y forma establecidas,   (tienen tres meses para resolverlo) y  no contestan, puedes presentar un recurso de alzada al órgano superior que se resuelve dentro de 3 meses, si no, se considera  desestimado por silencio administrativo.
El proceso contencioso-administrativo requiere abogado y procurador.
Todo lo anterior sin compromiso y con la advertencia de informarse bien.
Abogada Icamalaga

Desconectado guilo

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Re: ¿reclamar ante la Inspeccion?
« Respuesta #3 en: 30 de Agosto de 2007, 20:56:25 pm »
Bueno creo que me estoy liando, lo unico que deseo es saber que ha ocurrido con esa denuncia ante la inspeccion, como no me han dado notificacion por escrito de lo ocurrido, yo quiero quejarme a la inspeccion por que ellos  estan olvidandome, entonces  me aconsejais poner una reclamación ¿donde?, y no entiendo porque no al Defensor del Pueblo que si defiende los derecho establecidos en el titulo I.

Gracias

Desconectado azote

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Re: ¿reclamar ante la Inspeccion?
« Respuesta #4 en: 30 de Agosto de 2007, 21:01:02 pm »
No.

El denunciante nunca tiene la cualidad de interesado (ni por supuesto, de parte), por lo que le es absolutamente ajeno el procedimiento investigador de la Inspección, sin perjuicio de ser interesado si se inicia procedimiento sancionador, todo ello de acuerdo con el art. 13.2 de la Ley 42/1997 de Ordenación de la Inspección de la Seguridad Social, y en el mismo sentido, el art. 9.1 del Reglamento que regula el procedimiento sancionador y liquidatorio, RD 928/1998

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Es igual en todos los procedimientos que se inician mediante denuncia, ver a los mismos efectos la Ley General Tributaria, por ejemplo.

Así que, guilo, lo siento, no puedes hacer nada, y la queja de poco va a servir más que para que te contesten esto que te estoy diciendo.

Desconectado azote

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Re: ¿reclamar ante la Inspeccion?
« Respuesta #5 en: 30 de Agosto de 2007, 21:06:17 pm »
Perdón se me fue el envío

Lili, no confundamos procedimiento administrativo con la mera denuncia. La denuncia per se no inicia ningún procedimiento administrativo, indagatorio o de cualquier otra clase, cuando hablamos de Derecho Administrativo. La Inspección es libre de tomar en consideración o no la denuncia, de investigar y si de una primera investigación no obtiene motivos, archivar sin más trámite-

Por tanto, toda la oposición que se puede hacer a un procedimiento administrativo no cabe en los casos de denuncia, hasta que la Inspección inicie expediente y como resultado del mismo, se te pueda considerar interesado.

Desconectado de peage

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Re: ¿reclamar ante la Inspeccion?
« Respuesta #6 en: 30 de Agosto de 2007, 21:23:40 pm »
Creo que si hay un petitum, la Administración debe responder, aunque sea para indicarle lo que tú dices. Por tanto, no pierde nada por hacer un escritito solicitando una respuesta. Habría que ver también a qué denuncia se refiere.

Saludos.
F E nbspnbsp  nbspnbsp nbspnbsp Y nbspnbsp  nbspnbsp  nbspnbsp R A Z Ó N

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Re: ¿reclamar ante la Inspeccion?
« Respuesta #7 en: 30 de Agosto de 2007, 21:37:18 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Habría que ver también a qué denuncia se refiere.


¿perdón?

Desconectado de peage

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Re: ¿reclamar ante la Inspeccion?
« Respuesta #8 en: 30 de Agosto de 2007, 21:43:33 pm »
Me refiero a que se trate de una reclamación administrativa y no propiamente una denuncia. Es que no se concreta mucho, la verdad.
F E nbspnbsp  nbspnbsp nbspnbsp Y nbspnbsp  nbspnbsp  nbspnbsp R A Z Ó N

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Re: ¿reclamar ante la Inspeccion?
« Respuesta #9 en: 30 de Agosto de 2007, 21:47:42 pm »
De peage: lo dice claro, denuncia

Si fuera reclamación, hablaría también de cuando le iniciaron expediente o algo así, y dice claro que puso denuncia

Desconectado de peage

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Re: ¿reclamar ante la Inspeccion?
« Respuesta #10 en: 30 de Agosto de 2007, 21:49:18 pm »
Probablemente tengas razón. Sin embargo estaría bien tener más detalles.
F E nbspnbsp  nbspnbsp nbspnbsp Y nbspnbsp  nbspnbsp  nbspnbsp R A Z Ó N

Desconectado azote

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Re: ¿reclamar ante la Inspeccion?
« Respuesta #11 en: 30 de Agosto de 2007, 22:03:43 pm »
Bueno, más detalles ya sería consulta jurídica y eso...  ;)

Desconectado Lili

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Re: ¿reclamar ante la Inspeccion?
« Respuesta #12 en: 31 de Agosto de 2007, 12:35:52 pm »
Denuncia o reclamación , no entendí a qué se refería con denuncia. Tengo entendido que una denunica la presentas en la comisaría, policia...
"La denuncia, en Derecho procesal y administrativo, es la puesta en conocimiento de la perpetración de un hecho constitutivo de delito o infracción administrativa ante la autoridad competente, ya sea ésta el juez, el funcionario del ministerio público, policía u otro funcionario público competente."
Por eso yo supuse que se trataba de una reclamación ante el mismo órgano de administración a la que no habían contestado.
Por otro lado tiene razón Azote, una denuncia ( contra un tercero ) ante la inspección de trabajo puede tenerse en cuenta o no.
Es un supuesto totalmente diferente. ¿Esa denuncia de qué iba , sobre qué hechos?
Respecto del Defensor del Pueblo:
"Esta institución es el alto comisionado de las Cortes Generales, al servicio de los ciudadanos, para defender tus derechos y libertades frente a la actuación de cualquier Administración."
El Defensor del Pueblo no puede intervenir en los siguientes supuestos:
Cuando no haya existido intervención de las administraciones públicas.
Cuando se trate de conflictos entre particulares.
Cuando haya transcurrido más de un año desde el momento en que el ciudadano haya tenido conocimiento de los hechos objeto de su queja.
Cuando se trate de quejas anónimas, sin pretensión concreta, en las que se aprecie mala fe o aquellas cuya tramitación pueda acarrear perjuicios a legítimos derechos de terceros.
Cuando se plantee la disconformidad con el contenido de una resolución judicial.

Muy bien, hasta se puede enviar la queja por internet:https://www.defensordelpueblo.es/index.asp

Pero, estamos igual que al principio si fue una denuncia contra alguién y la inspección no ha respondido es que el Defensor del Pueblo no va a entrar en el fondo de la cuestión sino va a señalar la no obligación de seguir una denuncia contra  tercero por parte de la Inspección de Trabajo
Si fue un recurso por parte del interesado contra el resultado de una inspección va a responder que hay que seguir por la vía administrativa, etc.
Si se trata de una reclamación contra otro particular o empresa no es competente.
Abogada Icamalaga