EXAMEN DE FINANCIERO Y TRIBUTARIO I
1. Cuando el inicio de un procedimiento o cualquiera de sus tramites se entiendan notificados por incomparecencia del obligado tributario o su representante, se tendrán por notificadas las sucesivas actuaciones y diligencias de dicho procedimiento. Existen algunas excepciones a la regla, esto es, algunas actuaciones que, pese a concurrir las circunstancias señaladas, deben ser notificadas con arreglo al regimen normal de notificación. ¿De qué actuaciones se trata?
2. Las actuaciones de comprobación limitada no pueden realizarse fuera de las oficinas de la Administración Tributaria, salvo en determinados supuestos. Indique cuales son estos supuestos.
3. El obligado tributario que está siendo objeto de unas actuaciones de inspección de caracter parcial puede solicitar a la Administración tributaria que las mismas tengan caracter general. ¿Qué sucede si la Administración no amplía el alcance de las actuaciones ni inicia la inspección de carácter general en el plazo de seis meses?
4. Se notifica una liquidación tributaria el día 17 de mayo de 2013. Indique la fecha (día, mes y año) en que termina el plazo para realizar el pago en período voluntario.
5. Un sujeto presenta la liquidación del IRPF fuera de plazo y espontáneamente (esto es, sin requerimiento previo de la Administración tributaria). Pasados tres días, procede a ingresar la deuda resultante de la autoliquidación. ¿Qué recargo o recargos se devengan?
6. Ha recibido la notificación de la liquidación de una deuda tributaria por importe de 50.000 euros que ha sido dictada por una Administración de la AEAT (órgano periférico) situada en Madrid. Indique qué recursos y/o reclamaciones puede interponer en la vía administrativa y ante qué órgano u órganos debe hacerlo.