Hola, javier cillo¡
Estás planteando un perjuicio que se ocasiona en las lagunas de derecho, pero que son reales... Suponía que las bases de datos policiales podrían, tenían y eran de facil acceso a los mismos quienes estaban circulando con seguro obligatorio de vehículos o no, además de aquellos que estuvieran estacionados en las vías sin tener seguro obligatorio y no estuvieran conduciendo y fueran golpeados por otros que sí conducían, sin entrar en la intención maliciosa de los segundos, en un intento de "fraude de ley" que se reviste contra el que conducía.
Por lo cual hay una grave dejación de funciones por los actuantes al no comprobar la documentancion, a todas, todas ilógicas...
La prueba de detección de alcohol en la sangre se aplica a ambos, por estar implicados en una accidente de tráfico, que no se asuste tu amigo Pedro, no había parcialidad en la actuación. Tendría que aplicarse también al conductor que cometiera una infracción a la conducción. No se iban a gastar boquillas de etilíimetros ni na...
La prueba de detección de sangre por etilímetro no basta en un juzgado, tiene que ir acompañada de las apreciaciones de los agentes intervinientes y según el caso de los testigos, de los implicados. Sencillamente porque un etilímetro marca el grado de alcohol en sangre, en un momento determinado, sin ir más allá, de ello se puede desprender, en determinados casos, la influencia de alcohol en el conductor pero no siempre.
Sí se puede detener a un conductor por estar influenciado por alcohol en sangre, aunque el etilímetro no lo marque e incluso cuando sopla en el etilímetro intentando engañar a los agentes y no se perciba que está influenciado por el alcohol, no realizando las pruebas correctamente después de indicarle cómo debe efectuarla.
Siempre que los agentes observen evidencias bastantes para está influencia, pueden proceder a su detención. Por extensión esto es aplicable a otras sustancias que se recogen en el código penal, pero debe ser apreciadas con bastante evidencia por los actuantes, porque aquí van un poco de "culo".
Tú amigo, Pedro, determina subjetivamente que se bajó tambalenado el otro conductor, pero que no era por el impacto del accidente. No obstante los actuantes no determinan lo mismo y las expresión que hacen sobre que pueden ser otras cosa es aplicable a el golpe producido.
El problema es que de la manifestación que hizo el policía no se desprende en forma alguna, que estuviera el conductor implicado en el accidente bajo efectos de alcohol, tampoco dan a entender que esté influenciado por otras sustancias, lo único que expresan es que por lo que marca el etilímetro no está influenciado, sin que se manifiesten que lo puede estar por otras sustancias ni aprecien nada.
En ambos casos, aún con pruebas del etilímetro, negativas, si observan síntomas evidentes de estar influenciado por sustancias en la conducción procede su detención.
El conductor se puede negarse a realizar pruebas de sangre que sólo puede ser obligado por el juez, sin consentimiento de éste. En el juicio oral sigue prevaleciendo lo que han observado los agentes actuantes, en su caso, los testigos e implicados.
Solicitar responsabilidad económica a la administración por sus errores de actuación es un procedimiento costoso en el tiempo, así que... Estamos en las mismas si tú amigo está en el paro, aunque sea en vía administrativa pasará a la contenciosa-administrativa al final y no le va a resolver la papeleta del consorcio de seguros ni del taller...
Lo que yo sigo sin entender es cómo es posible que sigan haciendo sus funciones agentes de policía y de la guardia civil sin aparatos de detección de sustancias químicas como drogas, estupefacientes, sícotropicos, etc... ¿Es qué todavía no se ha inventado ese aparatito? Y de haberse inventado algo eficaz por qué no se han dotado a los cuerpos de la vigilancia del tráfico de ellos, sabiendo el consumo de estas sustancias que hay entre los conductores de nuestra sociedad.
Lo digo porque jugarse una detención ilegal por un policía o guardia civil es jodio...
En otras palabras pa' que lo entiendas, no se lo llevaron detenido porque no quisieron, es su apreciación, y no miraron la documentación del vehículo saltándose los principales pasos básicos de una actuación policial...
Es lo que suele pasar cuando se aplica la costumbre y no el derecho positivo (no detener a alguien que "puede" estar infuenciado) por que las consecuencias penales son muy fuertes, por haberse bebido una copa de más... Lo del seguro, ya me hace más, mucho más que pensar...